FERNANDO BUSTOS

Coronavirus: así va a funcionar el esquema de insolvencia empresarial

El Decreto 560 del 15 de abril de 2020 creó algunos mecanismos que permiten la recuperación empresarial. ¿Cuáles son? Un análisis de Fernando Bustos*.

16 de abril de 2020
| Foto: Getty Images

Facilitación y agilización de la entrada al trámite de la ley de insolvencia, creación de un procedimiento “exprés” de recuperación empresarial y de un “procedimiento de emergencia”, facilidades para obtener financiación dentro del proceso de reorganización y beneficios tributarios para los empresarios, son algunos de los beneficios introducidos mediante el nuevo Decreto 560 del 15 de abril de 2020, que implementa nuevos mecanismos especiales de recuperación empresarial, para salvar cientos de compañías, empleos y contribuye así a mitigar los efectos económicos de la pandemia. 

Este nuevo decreto constituye una herramienta valiosísima, altamente eficaz y democrática, ya que tiene la ventaja de estar al alcance de todas las empresas que lo necesiten. A diferencia de otras medidas anunciadas, esta herramienta está disponible de manera inmediata y efectiva, y puede ser usada por empresas de todos los tamaños y sectores de la economía nacional, que enfrenten dificultades por los efectos pandemia, para salvarse y recuperarse. 

En primer lugar, se agiliza y se flexibiliza el análisis de la solicitud de admisión al proceso de reorganización, permitiendo a la empresa acogerse rápidamente al trámite que congela sus pasivos y la protege de demandas de cobro, embargos y procesos de restitución, entre otros, lo cual constituye un gran alivio para muchos empresarios que no podrían aguantar los cerca de cinco meses que tomaba normalmente una admisión.

Adicionalmente, se incorpora una serie de alivios financieros para las empresas en reorganización, como la facilitación del pago de obligaciones mediante la capitalización de pasivos, entre otras posibilidades, e incluso se prevé una descarga de los pasivos, en ciertos casos, y se introducen mecanismos especiales para reperfilar o replantear obligaciones con el sector financiero. Esto permitirá al empresario realizar acuerdos más flexibles y más acordes con sus necesidades, proyecciones y planes de negocios. 

Dentro de los alivios financieros también se incorporan poderosas alternativas para facilitar, estimular y promover la financiación y se introduce la posibilidad de que la Dian y las entidades del Estado, con el fin de preservar la empresa y el empleo, puedan hacer rebajas de sanciones, intereses e incluso, de capital adeudado. También se introduce un mecanismo para evitar que la empresa viable que no haya podido superar la crisis de liquidez vaya a liquidación y de esta forma pueda seguir operando, conservando así la unidad productiva y manteniendo los empleos.

Por otra parte, el decreto crea un procedimiento de emergencia, que permite a las empresas reorganizar sus pasivos mediante un trámite liviano y expedito, de tan solo tres meses de duración, dentro del cual, como gran innovación, se permite hacer acuerdos por categorías, es decir, la empresa podría reorganizar únicamente los pasivos que más le afectan, como fiscales, financieros, proveedores, etc., o escoger varias categorías, según la estructura de sus pasivos y sus requerimientos de liquidez. 

Se abre así mismo la posibilidad de adelantar ante las cámaras de comercio procedimientos de recuperación empresarial, con duración de solo tres meses, y cuyo inicio tiene como efecto la suspensión de procesos de cobro, de restitución y de ejecución de garantías en contra de la empresa. 

Finalmente, el decreto contempla importantes beneficios tributarios para las empresas que se acojan a estos procedimientos: no estarán sometidas a retención o autorretención a título de renta y también estarán exoneradas de pagar el anticipo de renta establecido en el Artículo 807 del Estatuto Tributario, y tampoco serán sujetos de renta presuntiva por el año 2020. 

Es muy importante hacer una buena difusión para dar a conocer los beneficios y las posibilidades que este nuevo decreto ofrece; lo que permitirá salvar un número muy importante de empresas y de empleos.

Actualmente, muchas empresas están intentando mantener al día sus nóminas y cubrir gastos de administración. Sin embargo, su liquidez está cada vez más deteriorada y prevén una incapacidad de pago inminente. Debe haber una muy buena difusión de este decreto, que constituye una herramienta de oro, eficaz y ágil, a la mano todos los empresarios del país y que ayudará a salvar miles de empleos y, especialmente pequeñas y medianas empresas, que conforman más del 90% del aparato productivo del país y que no cuentan con la capacidad para aguantar con sus propios recursos el coletazo del coronavirus en la economía. Los empresarios deben asesorarse de expertos en ley de insolvencia para analizar las condiciones particulares de cada caso y así acceder a los procedimientos creados para la conservación de la unidad productiva. Ninguna empresa viable debería perderse.

*El autor es experto en procesos de insolvencia y recuperación empresarial – Director de Bustos y CIA.