La cifra de registro de empresas ha aumentado con relación al año inmediatamente anterior. | Foto: Creación de empresas 123rf

EMPRESAS

Todo sobre creación y registro de empresas

El subdirector de servicios registrales de la Cámara de Comercio de Bogotá (CCB) Martín Salcedo, explicó todo lo relacionado con la creación y registro de empresas en nuestro streaming exclusivo de Dinero.

23 de marzo de 2017

En entrevista a Dinero el subdirector de servicios registrales de la Cámara de Comercio de Bogotá (CCB) Martín Salcedo, afirmó que lo primero que debe hacer el emprendedor al tener clara la idea de negocio en la cual quiere trabajar, es acercarse a la Cámara de Comercio para validarla y recibir asesoría sobre la creación y la realización de su sueño empresarial.

Después viene la parte de la formalización, el trámite es muy sencillo, este se  puede hacer de manera presencial o por medio de nuestro portal web. Luego debe acercarse a la sede de la Cámara de Comercio y entrega el formulario cancelando el valor correspondiente, que varía dependiendo del valor de los activos y con esto tiene su empresa inmediatamente.” Agrega Salcedo.

Más allá de los deberes que tienen los empresarios colombianos, Martín Salcedo afirma que la Cámara de Comercio brinda una serie de beneficios a las empresas que se encuentran registradas.

En el diálogo que tuvo con Dinero resumió estos beneficios en 4 puntos

  1. El principal beneficio es la formalidad: estar legalmente constituida y así poder prestar servicios o vender
  2. Acompañamientos permanentes brindados por la Cámara a todos los emprendedores en temas básicos como contabilidad, servicio al cliente y ventas
  3. Apertura de puertas para la obtención de créditos bancarios
  4. Tener derecho a la postulación de programas de emprendimiento ofrecidos por el Distrito Capital y el Gobierno Nacional.

Con relación a los acompañamientos brindados, Salcedo afirma que existen dos niveles, el primero que comprende talleres, cursos y acompañamientos son gratuitos, pero existen otros asociados a la agencia de formación empresarial que realiza diplomados, seminarios y cursos especializados. En estos últimos aclara el vicepresidente obtienen descuentos los empresarios que están al día en sus pagos.

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Beneficios para los emprendedores menores de 35 años

Existe una ley que cobija a los emprendedores menores de 35 años de edad, esta es la 1780 de 2016 que brinda privilegios en el registro a los emprendedores como lo es el eximirlos del pago del registro de la matrícula mercantil, así como también el pago de la renovación de esta al año siguiente.

Es decir, por dos años no pagan absolutamente nada, dos años en los cuales pueden madurar su negocio, y cuando ya esté estabilizada ahí sí comenzarán a realizar los pagos normales que corresponden a la renovación de la matrícula que es una obligación que se tiene cada año antes del 31 de marzo.” Comentó.

Las empresas más populares y las más innovadoras

Al preguntarle cuáles son las empresas más populares registradas en la CCB, afirmó que son las que corresponden al régimen Servicios, aclarando que allí se encuentran los restaurantes. Otro que se suma a la lista es el comercio al por menor y al detal como ferreterías, pequeñas tiendas, misceláneas entre otros.

Ese es el entramado empresarial de Bogotá y la región, micro empresas y pequeñas empresas, que representan más del 96% del total de las 694 mil unidades productivas que tenemos en la capital.” Añade Salcedo.

Para la CCB las empresas más innovadoras que son las relacionadas con temas tecnológicos y las denominadas fintech como páginas web y aplicaciones. Por lo que a la pregunta realizada por uno de los lectores de Dinero sobre si se puede registrar una empresa en línea la respuesta es sí.

Los retos de los emprendedores

El vicepresidente de servicios registrales de la CCB piensa que el principal muro que tienen los emprendedores es la materialización de sus ideas de negocio, ya que existen unas que son muy creativas pero demanda un amplio esfuerzo llevarlas a cabo.

Además de lo anterior, Salcedo argumenta que uno de los principales obstáculos que tienen los emprendedores al momento de formalizar su empresa son los miedos en el registro de la misma.

“Piensan que esto va a ser un costo muy grande o que simplemente va a ser un gasto más, y resulta que con la formalización están abriendo un sin número de posibilidades para apoyar su empresa y su negocio”, argumenta.

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La cifra de creación de empresas crece

En el diálogo se informó que las cifras de cierre de 2016 con las del año inmediatamente anterior indican que hubo un poco más del 16% de crecimiento en la creación de empresas. Según lo explicó Salcedo esta cifra se obtiene a partir de una moderación entre la cancelación de empresas y las nuevas.

Además agrega Salcedo que “Bogotá y la región representan el 30% del PIB nacional, por lo que se configuran como un músculo muy importante de la economía nacional y tenemos una dinámica de crecimiento que supera el 17%.”

Los montos que pagan las empresas a la CCB

Salcedo califica que estas tarifas como mitos que se han generalizado, por lo que aclara que los montos a pagar varían dependiendo de los activos que tienen las empresas. Es así como el monto mínimo a pagar para las empresas que tienen unos activos de 150 mil pesos es de $39.000, pasando por las que  las que cuentan con unos de 10 millones de pesos que pagan $132.000, hasta las que  las que tienen unos activos asociados a más de $22.000 millones que pagan por la renovación de su matrícula mercantil la cifra de $1.900.000.

Las consecuencias de no pagar a tiempo la renovación de la matrícula

En medio del diálogo se recordó el plazo que tienen los empresarios y comerciantes para renovar su matrícula mercantil que vence el 31 de marzo.

Martín Salcedo advirtió que son tres las principales consecuencias que recibirían aquellos que incumplan con el requisito:

  1. Puede ser sujeto a multas y sanciones por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio que pueden ir hasta los $12 millones.
  2. Se cancela la matrícula del negocio y se pone en disolución y liquidación la sociedad. Lo que se traduce en que ya no podrá seguir prestando la actividad comercial de manera legal.
  3. Con la entrada en vigencia del nuevo Código de Policía, las autoridades podrán exigir la matrícula mercantil al día y de no tenerla el establecimiento puede ser sellad o clausurado