SALUD

Colombianos que perdieron su trabajo seguirán afiliados a la salud

Los colombianos que perdieron su trabajo durante la emergencia por el coronavirus pasarán del régimen contributivo al subsidiado para garantizar su afiliación a los servicios de salud, según el decreto 800 de 2020 divulgado este viernes por el Gobierno.

5 de junio de 2020
| Foto: Guillermo Torres

Como parte de las medidas para estimular el flujo de recursos en el sector salud y apoyar a la población cesante, el Gobierno colombiano expidió el decreto 800 de 2020 a través del cual las personas que perdieron su trabajo durante la emergencia mantendrán sus servicios de salud en el régimen subsidiado.

La persona beneficiada se mantendrá afiliado a la misma EPS solo que hará el cambio de modalidad de contributivo a subsidiado. 

La afiliación estará disponible para el cotizante y sus beneficiarios. Para acceder a este beneficio la persona debe haber terminado su vínculo laboral durante la emergencia o en los siguientes seis meses.

Además, debe haber aportado al Sistema General de Seguridad Social en Salud sobre un ingreso base de cotización (IBC) hasta por un salario mínimo legal.

La medida también cobija a los cotizantes independientes que cumplan con los anteriores requisitos. El mecanismo estará vigente por un plazo máximo de seis meses aunque esto podría prorrogarse por un tiempo más.

Las personas que accedan al auxilio podrán permanecer en él por un periodo no superior al año. Asimismo, deberán volver al régimen contributivo una vez vuelva a cumplir con las condiciones de pertenencia a dicho régimen.

Flujo de recursos

En el decreto también se afirma que durante el término de la emergencia sanitaria las entidades recobrantes y la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Adres) “podrán suscribir acuerdos de pago parcial para el reconocimiento anticipado del 25% del valor de las solicitudes de recobro que cumplan los requisitos establecidos”.

El valor de los acuerdos de pago será girado directamente a los prestadores y proveedores de servicios y tecnologías de salud, y reportados previamente por las entidades recobrantes.

“Los proveedores y prestadores de servicios y tecnologías de salud con esos recursos priorizarán el pago de salarios, prestaciones económicas y demás obligaciones contractuales con el personal médico, asistencial y de apoyo”, añade el decreto.