Con licencia para delinquir | Putumayo y Amazonas: corrupción desbocada
Un gobernador firmó un convenio con una fundación fantasma, otro vendió actos oficiales e incurrió en falsedad para favorecer a amigos, otro más se dedicó a la minería ilegal. Por Alberto Donadio.
Carlos Alberto Palacios Palacio, gobernador de Putumayo de 2004 a 2006, fue condenado en primera instancia en 2021 a 51 meses de prisión por la Corte Suprema de Justicia por el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales. Palacios Palacio firmó un convenio con una fundación fantasma para construir 2.400 viviendas de interés social. La dirección en Cali de la Fundación Ecológica y de Desarrollo Social, Fedes, resultó ser la sede de un juzgado. El convenio se firmó por 65.280 millones de pesos y el exgobernador promovió el proyecto por distintos medios publicitarios, pero no se construyó una sola vivienda. El departamento no hizo erogaciones. Las casas supuestamente se construirían con aportes del Centro Americano de Filantropía, otra entidad inexistente. Unas 90 familias del Putumayo consignaron el valor del formulario de inscripción, la póliza de seguros y la cuota inicial de un millón de pesos. Los 379 millones de pesos consignados en una cuenta bancaria fueron retirados por la Fundación Patía 2000, con la cual se había asociado la fundación fantasma Fedes. El exgobernador firmó el convenio con el representante legal de Fedes, Diego Fernando Fernández Valencia. Este no precisó qué era el Centro Americano de Filantropía, que debía financiar las viviendas: “Siempre nos abordó ese señor del Centro de Filantropía Americano, sí, no más nos abordó un señor”. No indicó su nombre ni otros detalles sobre la inexistente entidad. El exgobernador “menoscabó la confianza general de la sociedad en la vigencia de las normas, las cuales fueron burladas en detrimento del interés general”, según la sentencia.
En otro proceso, la Corte Suprema de Justicia condenó en 2010 a Carlos Alberto Palacios Palacio a nueve años y un mes de prisión por los delitos de concusión e interés indebido en la celebración de contratos. Palacios Palacio exigió dinero a la persona que distribuía en el Putumayo los productos de la Industria de Licores de Caldas, Jaime Osorio Ríos. Pidió 5.000 pesos por la venta de cada caja de Ron Viejo de Caldas y de Aguardiente Cristal y 1.000 pesos adicionales para un asesor externo de la gobernación, Libardo Hernández Burbano. El exgobernador reconoció que era suya la voz de una grabación que hacía la exigencia al distribuidor. En la grabación, Palacios Palacio pide al distribuidor que le suba “un puntico” con destino al asesor externo “y yo sigo con los mismos cinco”. El exgobernador “causó grave lesión a la administración pública, pues abusando de su investidura oficial pretendió obtener una indebida utilidad en dinero”, según la sentencia.
En un tercer proceso, también de 2010, la Corte Suprema de Justicia dictó otra condena contra Palacios Palacio por el delito de intervención en política y lo condenó al pago de una multa de 1.158.000 pesos. Como gobernador, expresó públicamente su apoyo al candidato a la alcaldía de Orito. En un discurso conminó a los funcionarios de la gobernación a votar por el candidato Alirio Martínez Vega, so pena de perder el empleo.
El filósofo Carlos Alberto Palacios Palacio nació en Mocoa en 1963.
Jimmy Harold Díaz Burbano, gobernador del Putumayo entre 2012 y 2015, fue condenado en primera instancia en 2021 por la Corte Suprema de Justicia a 119 meses de prisión por los delitos de concierto para delinquir agravado, contrato sin cumplimiento de requisitos legales, peculado por apropiación a favor de terceros y receptación, y como cómplice del delito de contaminación ambiental por explotación de yacimiento minero.
NI EXPERIENCIA NI TRAYECTORIA TENÍA UNA FUNDACIÓN ESCOGIDA POR EL PUTUMAYO PARA CONSTRUIR VIVIENDA POPULAR. TAMPOCO TENÍA SEDE. ERA UNA ENTIDAD FANTASMA.
Díaz Burbano adquirió oro en cantidades cercanas a los 500 gramos en tres ocasiones. Conocía su origen ilícito. De ahí el delito de receptación, que consiste en adquirir objetos ilícitos o robados. Entre el exgobernador y el minero Humberto Ramírez Leal, alias Barbas, existió un acuerdo para cometer delitos contra el medioambiente mediante la explotación ilícita de un yacimiento ubicado en los ríos Caquetá y Putumayo, según la sentencia. Sin permisos ambientales, la red del minero poseía 70 dragas que trabajaban 20 horas diarias por el sistema de succión en los lechos de los ríos y producían mensualmente 87,5 kilos de oro, avaluados en más de 10.000 millones de pesos. Utilizaban 140 kilos de mercurio. El exgobernador se alió “con el regente de una organización criminal dedicada a la explotación y comercialización ilegal de oro, a fin de brindarles protección”, indicó la sentencia. El exgobernador firmó un contrato por 86 millones de pesos para comprar a una fundación equipos de lavado de oro. La fundación los compró al minero Humberto Ramírez Leal, amigo personal del exgobernador. Los equipos se compraron a precios “que excedían ostensiblemente los del mercado”, según el fallo. El sobrecosto fue del 500 por ciento.
El arquitecto Jimmy Harold Díaz Burbano nació en Mocoa en 1953.
Jorge Fuerbringer Bermeo, gobernador del Putumayo de 1995 a 1997, fue condenado por la Corte Suprema de Justicia en 2009 a 73 meses de prisión por los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y falsedad material en documento público. El exgobernador firmó un contrato por 29.700.000 pesos con una empresa de impresores para publicar 1.000 libros sobre el plan de desarrollo, 2.000 revistas y 5.000 afiches. Los gerentes de otras dos impresoras negaron haber presentado las cotizaciones que llevaban sus firmas. Esas cotizaciones fueron posteriores a la firma del contrato. La fecha de la resolución que autorizó el anticipo del contrato fue adulterada. “La actividad falsaria de Jorge Fuerbringer Bermeo no se limitó a la adulteración de documentos privados, sino que determinó la adulteración de documentos que reposaban en las dependencias de la gobernación”, según la sentencia.
Jorge Fuerbringer Bermeo nació en Mocoa en 1945.
DEPARTAMENTO DEL AMAZONAS
Manuel Antonio Carebilla Cuéllar fue elegido gobernador del Amazonas para el periodo 2016-2019. En abril de 2016 fue suspendido en el cargo por medida de aseguramiento dictada por la Corte Suprema de Justicia por hechos ocurridos cuando Carebilla fue representante a la Cámara entre 2006 y 2014. En 2017, la Corte Suprema lo condenó a 175 meses de prisión por los delitos de peculado, cohecho impropio, concusión y falsedad ideológica en documento público. No se ha resuelto una impugnación presentada por el reo. El excongresista “ofreció en venta cargos públicos al mejor postor, designó formalmente a personas que nunca cumplieron labores, certificó falsamente cumplimiento de labores que nunca se desempeñaron, solicitó indebidamente a sus subalternos el pago de obligaciones contraídas por él”, según la sentencia. La Unidad de Trabajo Legislativo de Carebilla “fue convertida en una empresa particular cuyo único objetivo fue el lucro, haciendo a un lado las funciones constitucionales y legales asignadas a Carebilla Cuéllar para convertirse en un mercader”, subrayó la Corte Suprema de Justicia. Los ilícitos por los que fue condenado “fueron realizados con intención y propósito de vender la función pública, alterar la verdad, de apropiarse de dineros del Estado así como la de solicitar utilidades indebidas”, según el fallo.
LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA LLAMÓ “MERCADER” AL EXGOBERNADOR DEL AMAZONAS MANUEL ANTONIO CAREBILLA.
El licenciado en historia Manuel Antonio Carebilla Cuéllar nació en La Pedrera en 1972.
Félix Francisco Acosta Soto, gobernador del Amazonas entre 1995 y 1997, fue condenado por la Corte Suprema de Justicia en 2009 a 72 meses de prisión por el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales. Evadiendo la licitación, el exgobernador firmó por la vía directa 68 contratos en cuantía total de 1.000.000.000 de pesos para mejoramiento de la carretera Leticia-Tarapacá, incurriendo en fraccionamiento. Acosta Soto alegó que firmó contratos de baja cuantía para beneficiar al mayor número de familias desempleadas. Según el fallo: “El cumplimiento de fines altruistas no constituye una excusa válida para situarse, libre y voluntariamente, al margen de la ley.” La conducta del exfuncionario fue “dolosa”, pues “se encaminó a la ejecución de la conducta prohibida de manera libre y voluntaria”, señaló la sentencia. Se escogieron contratistas inexpertos, y por mala calidad de los materiales se produjo un “deterioro prematuro de la obra”, indicó el fallo.
Félix Francisco Acosta Soto, nacido en Maicao en 1955, cursó estudios tecnológicos en el Instituto Técnico Agropecuario de Lorica.