Entrevista
MinCultura explica el incentivo tributario del 165 por ciento
Aún hay dudas con respecto a los detalles del incentivo tributario del 165 por ciento para las industrias creativas. ARCADIA habló con la Ministra de Cultura, Carmen Inés Vásquez.
¿Cuáles proyectos pueden beneficiarse, sólo los que están dentro de las Áreas de Desarrollo Naranja (ADN)?
No, el beneficio del incentivo tributario del 165 por ciento en deducción del impuesto de renta es transversal a proyectos de la economía creativa en Colombia.
De los 300 mil millones de pesos de inversión con beneficio tributario aprobados por el Consejo Nacional de Economía Naranja para apalancar proyectos en 2020, 250 mil millones serán destinados a apoyar proyectos culturales y creativos en cualquier lugar del territorio; y 50 mil millones se focalizarán en proyectos que se realicen en las Áreas de Desarrollo Naranja.
La medida beneficia a las actividades contempladas en la “Ley Naranja”: editoriales, audiovisuales, fonográficos, artes visuales, artes escénicas y espectáculos, turismo y patrimonio cultural, educación artística y cultural, diseño, publicidad, contenidos multimedia, software de contenidos y servicios audiovisuales interactivos, moda, agencias de noticias y servicios de información.
La medida también aplica para los Planes Especiales de Salvaguardia de manifestaciones culturales incorporadas en listas representativas de patrimonio cultural inmaterial, acordes con la Ley 1185 de 2008; y para la infraestructura de espectáculos públicos de artes escénicas, prevista en el artículo 4 de la Ley 1493 de 2011.
¿Habrá un banco de proyectos y la oportunidad de presentarlos a inversionistas?
Este beneficio aplica para los proyectos que se seleccionen en el marco de una convocatoria pública que se abrirá en las próximas semanas, a la que se podrán presentar personas naturales, jurídicas, públicas o privadas. Se recibirán proyectos hasta agotar el cupo de inversión aprobado.
Los mismos artistas, creadores y gestores culturales pueden buscar los inversionistas de sus proyectos, e incluso ser beneficiarios directos si son declarantes de renta o si lo hacen como Mipymes (micro, pequeña o mediana empresa).
La implementación de esta medida busca direccionar nuevos recursos para el sector cultural y creativo, complementando las fuentes de inversión pública.
La Corporación Colombia Crea Talento -una entidad mixta de reciente constitución, cuya función principal será la ejecución de programas para fortalecer la cultura y la creatividad en Colombia, así como robustecer las fuentes de financiamiento del sector y lograr una mejor articulación entre lo público y privado-, será fundamental para apoyar a los diferentes agentes del sector en la búsqueda de esa inversión privada.
¿De dónde salen los inversionistas? ¿Deben conseguirlos los propios gestores?
Hay tres opciones: la primera, es que la persona natural o jurídica que sea contribuyente, presente su proyecto y se beneficie en su declaración de renta. La segunda, es conseguir un inversionista de cualquier sector de la economía que decida apostarle al proyecto cultural, teniendo en cuenta que recibirá el beneficio del 165 por ciento en deducción de renta sobre el monto de la inversión y/o donación que realice. La tercera, es preparar y presentar el proyecto, y participar de manera activa en los espacios que se generen desde el Ministerio de Cultura o la Corporación Colombia Crea Talento para atraer inversionistas y donantes.
Si tengo un estudio de música, soy mi único empleado, debo sobrevivir y alguien se interesa en invertir en mi estudio, ¿qué debo hacer? ¿Qué tipo de proyecto es admisible?
Los requisitos de la convocatoria para acceder a este beneficio se darán a conocer en las próximas semanas. Sin embargo, es importante aclarar que este beneficio aplica para el desarrollo de proyectos y no para gastos de funcionamiento, por lo tanto es importante ir preparando desde ya las propuestas y/o generando las alianzas para aprovechar este beneficio.
Si hago parte de un grupo como el editorial, que cuenta con convocatorias, ¿puedo participar?
Sí. Pueden participar todas las actividades contempladas en la “Ley Naranja.” La única excepción es para la producción de proyectos cinematográficos nacionales, que cuentan con un beneficio tributario muy semejante en el artículo 195 de la Ley 1607 de 2012. Las demás actividades audiovisuales sí podrán beneficiarse con este incentivo.