Subsidios
Este lunes inician los pagos de Colombia Mayor: ¿cómo acceder y cuánto dinero entrega el programa?
Los adultos mayores tendrán disponible la transferencia desde el 24 de abril hasta el 8 de mayo.
El Departamento de Prosperidad Social (DPS) informó que a partir de este lunes, 24 de abril, estará disponible la transferencia monetaria, que corresponde a marzo de 2023, para 1,6 millones de beneficiarios del programa Colombia Mayor.
Según detalló el DPS, el Gobierno nacional destinó más de 135.000 millones de pesos para garantizar este pago –ciclo tres del año– a los beneficiarios del programa en todo el país, quienes recibirán 80.000 pesos. La transferencia estará disponible hasta el próximo 8 de mayo.
En Bogotá, las personas mayores participantes recibirán, adicionalmente, 50.000 pesos, por cofinanciación de la Alcaldía Distrital: 130.000 pesos en total.
Los beneficiarios del programa Colombia Mayor tendrán disponible la transferencia en los puntos de pagos de SuperGIROS y aliados. No obstante, desde el pasado ciclo, los adultos mayores de 90 años y con movilidad reducida pueden recibir la transferencia a domicilio, previa solicitud con historia clínica, y siempre y cuando lo acepten.
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El Departamento de Prosperidad Social anunciará el inicio del ciclo, a través de mensajes de texto, a los beneficiarios. Es importante que, en el punto de pago, los adultos mayores manifiesten su intención de cobrar la transferencia de Colombia Mayor, y reciban el dinero y lo cuenten delante del cajero.
Adicionalmente, deben solicitar la tirilla de pago y verificar que el valor corresponda al recibido.
#ModoPagos | A partir del lunes 24 de abril, iniciamos con la dispersión del pago de #ColombiaMayor, correspondiente al mes de marzo.
— Prosperidad Social (@ProsperidadCol) April 22, 2023
Esta entrega que será de $80.000, está destinada para 1,6 millones de beneficiarios del programa.
Aquí la información: https://t.co/rSONap8kVT pic.twitter.com/IeElVJXX76
¿Cómo ser beneficiario del programa Colombia Mayor?
En su página web, Prosperidad Social expone que el Programa de Protección Social al Adulto Mayor – Colombia Mayor- busca aumentar la protección a los adultos mayores por medio de la entrega de un subsidio económico para aquellos que se encuentran desamparados, que no cuentan con una pensión, o viven en la extrema pobreza.
En ese orden de ideas, precisa cuáles son los requisitos que deben cumplir aquellos que deseen ser beneficiarios:
- Ser colombiano.
- Haber residido durante los últimos diez (10) años en el territorio nacional.
- Tener mínimo tres años menos de la edad que se requiere para pensionarse por vejez (Actualmente 54 años para mujeres y 59 para hombres).
- Carecer de rentas o ingresos suficientes para subsistir. De acuerdo con SISBÉN IV, se toman todos los niveles de los grupos A y B y C hasta el subgrupo C1.
Respecto al valor del pago, el Gobierno nacional unificó el valor del subsidio mensual del Programa Colombia Mayor en $ 80.000 para todos los beneficiarios a nivel nacional.
Sin embargo, en el caso Bogotá D.C, los beneficiarios del programa reciben, además del valor del subsidio citado anteriormente, una suma adicional cofinanciada por el Distrito.
Proceso de inscripción
Si el interesado cumple con los requisitos, debe acercarse a la alcaldía de su municipio con su cédula de ciudadanía en físico. En la mayoría de los entes territoriales el trámite se realiza en la Oficina de Atención al Adulto Mayor, en la ciudad de Bogotá se adelanta en las Subdirecciones Locales de la Secretaría de Integración Social, antiguos COL.
“La persona responsable del trámite en la alcaldía municipal o distrital verifica el cumplimiento de los requisitos revisando su cédula de ciudadanía en físico y diligenciando la inscripción en el Sistema de Información de Colombia Mayor. Posteriormente a través del cruce con bases de datos externas se verifica y valida que el ciudadano inscrito no reciba pensión alguna o perciba renta”, explica el DPS.
En seguida, a través del sistema, se procesa la información de los potenciales beneficiarios a quienes se les aplican los criterios de priorización, los cuales determinan el orden para asignar cupos una vez se tengan disponibles.
Es clave entender que los listados de priorización son indispensables debido a que cada municipio tiene un número de cupos establecidos para el programa. En tal virtud, en la medida que estos se liberan, la asignación se realiza siguiendo en estricto orden los turnos asignados en cada ciclo.