Inversionistas
¿Qué hacer si un colombiano fallece y ha invertido en bienes en EE. UU.?
Colombia es uno de los países con mayor participación en el mercado inmobiliario estadounidense.
Con el cambio político y la actual situación del país, cada vez más colombianos invierten o quieren invertir en Estados Unidos y aprovechar, entre otras cosas, factores como la disparada del dólar o la creciente demanda de activos refugio en los diferentes mercados estadounidenses. No obstante, en muchas ocasiones se arriesgan sin conocer cómo funciona o cuáles son las reglas vigentes en este país.
Según la National Association of Realtors (NAR), Colombia fue el décimo país con más participación de compras de bienes raíces en Estados Unidos por parte de ciudadanos extranjeros en el 2021. En medio de esto, expertos recuerdan que para hacer este tipo de negocios, es muy importante tener en cuenta distintos aspectos jurídicos, para que el activo no se vuelva un dolor de cabeza.
Un ejemplo de esto se da con los impuestos, ya que según Isbely Glazer, de US Prime Realty LLC, no se recomienda comprar un bien raíz a título personal, pues esto genera un sobrecosto del impuesto del 15 % adicional a los impuestos cotidianos, y en el tema sucesorial también se generan tributos. Específicamente, el Estado de Florida se puede quedar con hasta 30 % de una propiedad si no se hacen planes con anterioridad.
De esta forma, para ciudadanos extranjeros que compran legalmente propiedades residenciales en los Estados Unidos o están casados/as con ciudadanos americanos que poseen bienes en EE. UU., la pregunta constante es: ¿Qué se debe hacer en caso de que el colombiano/a o el ciudadano/a americano casado con colombianos fallece?.
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Según el abogado colombiano experto en derechos sucesiones en Colombia y Estados Unidos, Cristhian Mancera Mejía, se deben seguir las siguientes recomendaciones si se tiene un bien en el exterior y no es ciudadano americano o residente permanente:
1. Asegurarse de tener una visa americana vigente en caso de que su familiar fallezca y usted se vea obligado a emigrar para adelantar los trámites de sucesión.
2. Verificar que la propiedad esté al día en impuestos.
3. Tener un abogado de confianza en Colombia o EE. UU. que conozca la ley de sucesiones en ambos países y lo pueda guiar de forma efectiva.
“Hay que recordar que en EE. UU. todo se paga en dólares, un abogado en Estados Unidos le saldrá muy costoso si no está debidamente preparado para enfrentar un fallecimiento de un familiar con bienes raíces en el exterior”, dijo Mancera.
Estos expertos recordaron que todo Estado posee jurisdicción y soberanía exclusivas sobre las personas y los bienes dentro de su territorio, razón por la cual vale la pena conocer muy bien las reglas vigentes en cada uno de ellos, con el fin de evitar sorpresas de carácter fiscal y legal.
“Para poner un ejemplo, si un difunto no es ciudadano de los EE. UU. y no tiene domicilio en California, este estado todavía tiene jurisdicción sobre la propiedad dentro de sus fronteras. Sin embargo, si el difunto poseía bienes, inmuebles o muebles, en su país de domicilio, puede ser necesario un procedimiento primario para distribuir esos bienes a los herederos apropiados, generalmente de conformidad con las leyes del domicilio del difunto”, agregó Isbely Glazer.
En síntesis, para evitar cualquier inconveniente en caso de que se presente una situación como esta, es tener todos los documentos al día, un plan patrimonial claro para seguir una vez la persona fallezca, y que, si se está en Colombia, tenga la visa vigente para poder viajar y adelantar el proceso ante una corte de sucesión.
“No solo es comprar una propiedad en el exterior, sino estar bien preparado para lo no previsible y evitar complicaciones que pueden llevar a una familia a perderlo todo solo por no estar bien preparado e informado”, concluyó Cristhian Mancera Mejía.