Vivienda
Subsidio de vivienda: ¿cómo acceder al beneficio con la Secretaría del Hábitat en Bogotá?
Entre los requisitos está contar con ingresos mensuales de hasta cuatro salarios mínimos legales vigentes ($3.634.104).
Muchos colombianos sueñan con tener casa propia, un sueño que en ocasiones es más difícil de lograr de lo que parece. Las altas tasas de interés o la falta de conocimiento de beneficios puede hacer que el acceso a la compra no se pueda dar.
En el país, según datos del Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane) arrojados en la Encuesta de Calidad de Vida, solo 34,9 % de los hogares colombianos en el año 2022 tenían casa propia. Si se compara el dato con 2021, el porcentaje vio un leve aumento de 0,2%, sin embargo, al momento de hacer el análisis con 2019, antes de la pandemia, todavía no se llega a ese nivel. Con respecto a 2019 presentó una caída de 6,7 puntos porcentuales.
Una de las opciones que permite acceder a vivienda en los estratos uno, dos y tres son los subsidios de Vivienda que ofrece el Gobierno Nacional, entre esos Mi Casa Ya. Este subsidio, de acuerdo con lo que ha dicho el Ministerio de Vivienda es un programa dirigido para colombianos interesados en adquirir vivienda nueva, que no han sido beneficiarios de otro subsidio de vivienda o cobertura a la tasa de interés y que no son propietarios en el territorio nacional.
Otro de los requisitos para acceder al programa es hacer parte del Sisbén IV y tener una clasificación entre A1 y D20 para hogares urbanos y rurales.
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Hay otros programas como el Subsidio Complementario de vivienda, el cual se suma al de la Nación y en concurrencia con los de las Cajas de Compensación Familiar, esto con el fin de garantizar un mayor acceso a la vivienda propia en Bogotá.
¿A qué tipo de vivienda se puede acceder con el Subsidio Complementario?
De acuerdo con lo que ha dicho la Alcaldía de Bogotá, el objetivo es que las familias de menores recursos puedan adquirir vivienda, ya sea de tipo VIS (Vivienda de Interés Social) o VIP (Vivienda de Interés prioritario), siempre y cuando estén ubicadas en la capital del país. Además, el valor de la vivienda VIS no supere los 150 salarios mínimos legales vigentes, que para este año corresponde a $136.278.900, y que el valor de la VIP no supere los 90 salarios mínimos legales vigentes, lo que serían $81.767.340.
Requisitos del Subsidio Complementario de Vivienda
El subsidio se denomina complementario porque se entrega a las familias que obtengan el subsidio de vivienda ‘Mi Casa Ya’ del Gobierno Nacional, es decir, este distrital se suma al de subsidio de la Nación.
Adicionalmente, los hogares que accedan a este subsidio podrán recibir una cobertura a la tasa de interés por los primeros siete años del crédito o leasing, según el valor de la vivienda, de la siguiente forma:
- Cinco puntos porcentuales: cuando el valor de la vivienda no supere los 90 salarios mínimos legales vigentes.
- Cuatro puntos porcentuales: cuando el valor de la vivienda sea superior a 90 SMMLV y de hasta 150 SMMLV.
Los hogares que tengan ingresos de hasta dos salarios mínimos legales vigentes ($1.817.052), el Distrito les entregará un subsidio de 10 salarios mínimos legales vigentes ($9.085.260) y si tienen ingresos de más de dos SMMLV y hasta de cuatro SMMLV ($3.634.104) el subsidio distrital será hasta de ocho SMMLV ($7.268.208).
Requisitos
- Contar con ingresos mensuales de hasta cuatro SMLMV ($3.634.104).
- No ser propietarios de una vivienda en el territorio nacional.
- No haber sido beneficiario de las coberturas de tasa de interés.
- Buscar acceder, a través de operaciones de crédito hipotecario o leasing habitacional, a una Vivienda de Interés Prioritario – VIP que no exceda los 90 SMMLV o de Interés Social - VIS que no exceda los 150 SMMLV.
- No estar reportado en las centrales de riesgo.