Finanzas
¿Cómo saber si se tiene una deuda con la Dian?
Es importante registrarse en la página oficial de la Dian para acceder a sus consultas y saber si está al día con sus responsabilidades fiscales.
Aquellos ciudadanos inscritos en el Registro Único Tributario (RUT) y con una cuenta de usuario habilitada pueden acceder a la información reportada por terceros, conocida como “información exógena”, sobre los hechos económicos ocurridos durante el año gravable. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) de Colombia ofrece esta herramienta para facilitar el diligenciamiento de la declaración de impuestos que son bastante útiles para realizar la declaración de renta de este año.
Para acceder a la consulta de la información exógena, los ciudadanos deben ingresar al sitio web de la Dian y dirigirse al menú “Transaccional”, donde encontrarán la opción “Usuario Registrado”. Es esencial comprender que esta información no es indispensable para completar la declaración de impuestos y no reemplaza la realidad económica del declarante, por lo que es fundamental declarar los valores reales y precisos.
Cuando un ciudadano se inscribe en el RUT, debe esperar una semana para acceder al servicio de consulta de información reportada por terceros a través de su cuenta de usuario habilitada. Si al revisar la información exógena se encuentran inconsistencias, se recomienda comunicarse directamente con la persona o entidad que suministró dicha información a la Dian, cuyos datos de identificación se encuentran en la columna denominada “persona que reporta”. Es importante tener en cuenta que la Dian no tiene la facultad para corregir esta información de manera directa.
Para obtener la información exógena tributaria como persona natural, se debe ingresar al portal de la Dian en la Zona Transaccional, seleccionar la opción “Consultar Información Exógena/Información Reportada Por Terceros”, leer las condiciones del servicio y aceptarlas. Luego, se debe seleccionar el año gravable (disponible desde el 2014), consultar la información y guardar el archivo generado en formato Excel.
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La información exógena reportada por terceros para el año gravable 2020 comprende diversos aspectos relevantes para la declaración de impuestos, como consumos y consignaciones bancarias, valor de consignaciones e inversiones financieras, consumos de tarjeta de crédito, información patrimonial, rentas laborales, rentas de capital, ingresos por otros conceptos, entre otros. Esto proporciona una visión más completa de la situación financiera del contribuyente.
Para tener claridad sobre la importancia de la declaración de impuestos, es relevante resaltar que la información exógena no es imprescindible, pero puede ser útil para verificar y comparar con los datos propios antes de presentar la declaración de renta. La consulta de la información exógena es una herramienta valiosa para los contribuyentes, pero siempre se debe validar la información antes de presentar la declaración.
Es fundamental que los ciudadanos estén al tanto de sus obligaciones tributarias y que realicen la declaración de impuestos de manera responsable y precisa, ya que cualquier error o discrepancia puede tener implicaciones legales y fiscales. La información exógena es una valiosa ayuda para los contribuyentes, pero la responsabilidad de declarar los valores reales recae completamente en cada ciudadano.
¿Quiénes deben declarar renta en agosto?
De acuerdo con el calendario tributario, el primer ciclo de declaraciones se hará entre el 09 de agosto y el 31 de agosto. Los turnos para hacer dicho proceso se harán dependiendo de los últimos dos dígitos de la cédula. Si su documento termina en alguno de estos, usted deberá declarar renta durante este periodo.
- 09 de agosto: 01 - 02
- 10 de agosto: 03 - 04
- 11 de agosto: 05 - 06
- 12 de agosto: 07 - 08
- 16 de agosto: 09 -10
- 17 de agosto: 11 - 12
- 18 de agosto: 13 - 14
- 19 de agosto: 15 - 16
- 22 de agosto 17 - 18
- 23 de agosto: 19 - 20
- 24 de agosto: 21 - 22
- 25 de agosto: 23 - 24
- 26 de agosto: 25 - 26
- 29 de agosto: 27 - 28
- 30 de agosto 29 - 30
- 31 de agosto: 31 - 32
Recuerde que no presentar la declaración de renta en el plazo estipulado, incumplir el pago de la misma o reportarla de forma incorrecta, puede acarrear una multa de 424.000 pesos.