Finanzas
Declaración de renta 2023: estas son las personas que deberían presentarla hoy 22 de agosto
El calendario tributario ya está corriendo y los primeros vencimientos están a punto de cumplirse.
El reloj está en marcha y el plazo se acorta. Hoy, 22 de agosto, es el día señalado para que miles de contribuyentes en Colombia cumplan con uno de los deberes fiscales más importantes: presentar la declaración de renta correspondiente al año 2023. Sin embargo, ¿quiénes son los llamados a cumplir con esta obligación y qué implica este proceso?
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) ha establecido criterios claros para determinar quiénes deben presentar la declaración de renta en este periodo. Principalmente, si en el año 2022 registró un patrimonio igual o superior a $171.018.000 o sus ingresos y consumos por tarjeta de crédito sumaron $53.206.000 o más, entonces está en el radar de la Dian y debe presentar la declaración de renta.
El proceso, que puede parecer complicado a primera vista, se simplifica cuando se comprenden los detalles. Las personas naturales que sean residentes fiscales en Colombia deben prestar atención a los últimos dos dígitos de su Número de Identificación Tributaria (NIT), ya que estos determinan los plazos establecidos para presentar la declaración.
En este sentido, el calendario tributario establece que los contribuyentes cuyos NIT terminen en 17-18 deben presentar la declaración el 22 de agosto, mientras que aquellos con NIT finalizados en 19-20 tienen plazo hasta el 23 de agosto. Los plazos se extienden durante todo el mes, concluyendo el 31 de agosto para aquellos con NIT que terminen en 31-32.
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Es importante recordar que el tiempo es esencial. La no presentación de la declaración a tiempo puede conllevar sanciones por extemporaneidad. Estas sanciones, calculadas en un 5% del impuesto a pagar, aumentan mes a mes hasta que se presente la declaración. La cifra mínima de sanción para este año es de $424.000, incluso si la declaración de renta arroja un saldo a pagar de cero. Es crucial comprender que presentar la declaración y realizar el pago son dos aspectos distintos, y la sanción por extemporaneidad se aplica a la declaración, no al pago.
Para aquellos que cumplen con la obligación de presentar la declaración de renta, pero no tienen la certeza de cómo efectuar el pago, existen opciones. Los contribuyentes pueden efectuar el pago a través de corresponsales bancarios o en bancos autorizados, entre ellos Banco de Bogotá, Bancolombia, BBVA, Davivienda y otros.
El reloj sigue avanzando y los plazos se agotan. Cumplir con la declaración de renta es un deber que no debe tomarse a la ligera. Además de cumplir con la ley, presentar la declaración puede brindar claridad sobre la situación financiera personal y garantizar que todo esté en orden con las obligaciones tributarias. El 22 de agosto marca un hito en el calendario tributario, una fecha que no debe pasarse por alto para quienes deben presentar la declaración de renta en Colombia.
Declaración de renta tendrá nuevo formato a partir del 18 de septiembre
Este año entra a regir una nueva normatividad, por lo que más personas tendrán que tributar, gracias a la reforma tributaria presentada por el Gobierno del presidente Gustavo Petro. Pero los cambios, no solo son en materia regulatoria, pues la entidad encargada del recaudo de la declaración, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), anunció un cambio en la presentación del gravamen.
Dentro de las herramientas tecnológicas de la Dian hay una plataforma llamada Muisca, un sistema integrado en el portal transaccional de la entidad, donde personas naturales y jurídicas, que están inscritas en el Registro Único Tributario (RUT), que le facilita el proceso de la declaración de renta.
De hecho, allí es donde se carga la declaración de renta sugerida, incluyendo los conceptos y valores preestablecidos, a partir de la información de los reportes de la seguridad social y la divulgación de los datos de certificados de ingresos y retenciones.