Finanzas Personales
Así puede consultar si debe declarar renta en septiembre de 2024
La Dian ya definió el calendario de ese impuesto para personas naturales.
La declaración de renta es un documento tributario fundamental que muchos colombianos deben presentar cada año. Este informe recopila los ingresos, gastos e inversiones de cada persona, permitiendo al Estado evaluar su patrimonio y asegurarse de que se han pagado los impuestos correspondientes.
Este proceso se realiza ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) y se utiliza para calcular con precisión el monto que cada contribuyente debe abonar. En algunos casos, los contribuyentes solo necesitan presentar la información sin incurrir en costos adicionales. Sin embargo, aquellos cuyos patrimonios o transacciones exceden un cierto límite, están obligados a pagar el impuesto de renta.
Anualmente, la Dian publica un calendario tributario que indica las fechas límite para presentar la declaración de renta. Este proceso se extiende por varios meses y se organiza de acuerdo con el número de cédula de los contribuyentes.
Antes de verificar su fecha límite para presentar la declaración, es esencial determinar si está obligado a hacerlo, según los umbrales establecidos por el Gobierno. Si su patrimonio bruto al cierre del año gravable 2023 supera los 4.500 UVT, que son aproximadamente $ 211.792.500, deberá presentar la declaración. También está obligado si sus ingresos brutos alcanzan los 1.400 UVT, lo que equivale a $ 65.891.000 para este año. Este mismo monto se aplica como límite para el consumo con tarjetas de crédito.
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Si cumple con alguno de estos criterios, debe asegurarse de presentar su declaración de renta dentro de las fechas establecidas, de acuerdo con los dos últimos dígitos de su cédula.
Septiembre
Día - últimos dos dígitos del NIT
2: 27-28
3: 29-30
4: 31-32
5: 33-34
6: 35-36
9: 37-38
10: 39-40
11: 41-42
12: 43-44
13: 45-46
16: 47-48
17: 49-50
18: 51-52
19: 53-54
20: 55-56
23: 57-58
24: 59-60
25: 61-62
26: 63-64
27: 65-66
Octubre
Día - últimos dos dígitos del NIT
1: 67-68
2: 69-70
3: 71-72
4: 73-74
7: 75-76
8: 77-78
9: 79-80
10: 81-82
11: 83-84
15: 85-86
16: 87-88
17: 89-90
18: 91-92
21: 93-94
22: 95-96
23: 97-98
24: 99-00
Es fundamental anotar esta fecha en su calendario, ya que si presenta la declaración fuera del plazo estipulado, no podrá completar el proceso y se enfrentará a diversas sanciones. La Dian aplica una multa por extemporaneidad equivalente al 5 % del impuesto a pagar, aumentando con cada mes o fracción de mes que pase después de la fecha límite.
El organismo advierte que, incluso si se excede el plazo por solo un día, deberá abonar una multa de $ 424.000. La Dian enviará una notificación sobre el vencimiento y dará un plazo máximo de un mes para realizar dicho pago.
Es esencial recordar que si no presenta la declaración de renta, aún deberá enfrentar una sanción del 20 %, calculada en función de sus consignaciones bancarias o los ingresos brutos del año fiscal correspondiente.