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Atentos: Fotos y videos de ciudadanos sí servirán para imponer comparendos de tránsito
Ahora podrán atrapar a los infractores con mayor facilidad.
Las multas de tránsito son sanciones definidas por las autoridades de tránsito en casi cualquier país, para regular el comportamiento de los conductores en las vías y así evitar accidentes y otro tipo de problemas que se pueden dar tras maniobrar incorrectamente un vehículo.
En Colombia, el Código de Tránsito ha dividido las infracciones por categorías. En estas se agrupan las leves y las que son de mayor gravedad o que ponen en riesgo la vida de los diferentes actores viales.
Dependiendo del tipo de infracción se define también el valor a pagar por la sanción. Para 2024, estos valores van desde el rango de los $173.333 para infracciones tipo A, hasta los $3.900.000, y en algunos casos pueden llegar a los $62.400.000, en la categoría F.
Cada vez más, las autoridades están perfeccionando sus sistemas para detectar de una manera más eficaz a los conductores que cometen infracciones. Hace algunos años decidieron adelantar la instalación de cámaras para multar a quienes excedan los límites de velocidad en varios puntos de la ciudad. Ahora, el Ministerio de Transporte adaptó una nueva herramienta para este proceso.
Nueva herramienta para sancionar infractores de normas de tránsito en Colombia
La cartera habilitó el ‘Registro de condiciones de riesgo en los desplazamientos récord’, que es una herramienta tecnológica que permitirá realizar un registro de material audiovisual en donde se puedan ver las diferentes infracciones a las normas de tránsito, con el fin de que las autoridades identifiquen los vehículos responsables e inicien los respectivos procesos sancionatorios.
En pocas palabras, si un ciudadano evidencia que cualquier actor vial está cometiendo una infracción, lo que podrá hacer es entrar al portal dispuesto para ello y subir las pruebas que muestren las presuntas violaciones a las normas.
Para subir el video o las fotos deberá seguir los siguientes pasos:
- Ingresa a la página web del Ministerio de Transporte (www.mintransporte.gov.co).
- Deberá buscar el banner del Registro de condiciones de riesgo en los desplazamientos – RECORD y hacer clic en el enlace.
- Luego debe llenar un formulario con datos como: Dirección de infracción (departamento y ciudad), fecha del evento, hora aproximada del evento, cargue de evidencia, nombre de quien reporta (opcional), número de contacto (opcional) y finalmente debe aceptar términos y condiciones.
Frente a la implementación de la nueva herramienta, el ministro de Transporte aseguró que “esta decisión atiende a la frecuente divulgación de videos en redes sociales o en medios de comunicación, donde se registran hechos que van en contra de las normas de tránsito y que ponen en peligro la vida de todos los conductores y peatones. Con este documento buscamos que los autores sean identificados y que cada autoridad municipal adelante los debidos procedimientos de citación y, si es el caso, comparendos”.
Es por ello que cuando se tenga conocimiento de algún hecho como maniobras irresponsables, que un vehículo invada el carril exclusivo de Transmilenio, que los vehículos transiten por andenes o hasta un reabastecimiento de combustible con pasajeros al interior, además de la violación de límites de velocidad, se debe registrar el hecho en un video y seguir los pasos posteriores.
Con ello, las autoridades municipales podrán citar a los propietarios de vehículos para que comparezcan en una audiencia. Esta citación se hará identificando la Placa Única Nacional que tiene cada vehículo que circula en el país.
Respecto a los casos de aquellos que sean de transporte público, cuando no sea posible determinarla, se relacionará a partir de números internos y de los distintivos que permitan conocer de qué empresa se trata, como es el caso del SITP y de vehículos de transporte público o privado.
“Con la citación al propietario se pretende identificar al conductor responsable, para que posteriormente se pueda emitir una orden de comparendo formal, citando a este último al proceso, de forma que sea válida la actuación sancionatoria subsiguiente”, indica la cartera a través de un comunicado.