SUBSIDIOS

Beneficiarios de Colombia Mayor: así se puede cobrar el nuevo giro del beneficio a través de Su Red

El DPS señaló que además de los $80.000 correspondientes del ciclo, también estarán disponibles recursos para adultos mayores que tienen pagos pendientes.

30 de septiembre de 2021
La mayoría de los adultos mayores en el comedor comunitario del centro de Bogotá  trabajan como recicladores y acuden a instituciones como estas por comida y hogar digno.
Adultos mayores en Colombia. | Foto: Guillermo Torres Reina

El Departamento para la Prosperidad Social anunció el inicio de los pagos del nuevo ciclo del programa Colombia Mayor que comenzó el pasado 29 de septiembre, por lo que el giro estará disponible hasta el 12 de octubre para 1.650.374 beneficiarios del programa.

“Para este ciclo, el Gobierno nacional dispuso $145.931.540.000, con el fin de garantizar los recursos para esta población. Son recursos que deben llegar sin contratiempos”, dijo Susana Correa, directora de Prosperidad Social.

Sobre la misma línea, la entidad aseguró que el beneficio se puede retirar en Su Red y aliados. Para revisar los puntos de pago por municipio, los interesados pueden ingresar a la página de Prosperidad Social, en donde encontrarán los detalles sobre el cobro.

Es preciso mencionar que para reclamar el pago del subsidio los beneficiarios deben cumplir los mismos requisitos: acercarse a un punto de pago de Su Red y aliados con el documento de identidad. Los beneficiarios tendrán que cumplir las normas de bioseguridad, es decir se debe hacer uso del tapabocas y conservar la distancia.

Por otro lado, cabe señalar que el pago del subsidio a través de terceros solo se puede realizar por medio de poder autenticado ante juez o notario.

En ese caso, se verificará que el beneficiario esté registrado en el listado de pagos enviado por Prosperidad Social. Así, el tercero apoderado debe:

- Presentar ante el operador de pago su cédula de ciudadanía original (amarilla y con hologramas) y la del beneficiario titular del programa.

- Entregar una fotocopia de la cédula de ciudadanía del beneficiario.

- Entregar el poder original, cuya vigencia no puede ser mayor a treinta días, contados a partir de la fecha de su autenticación.

De igual manera, vale destacar que los subsidios del Programa Colombia Mayor se entregan bajo dos modalidades, la de subsidio económico directo y subsidio económico indirecto.

La primera está representada en dinero que se gira directamente al adulto mayor beneficiario, por intermedio de los operadores de pago establecidos para tal fin; mientras que la otra son recursos girados de manera mensual al Centro de Protección Social al Adulto Mayor (CPSAM) o al Centro Diurno según sea el caso, una vez se haya suscrito convenio entre las partes involucradas.

El CPSAM o el Centro Diurno, utilizan la totalidad de los recursos para financiar los servicios sociales básicos y complementarios que presta a los beneficiarios.

¿En qué consiste el programa Colombia Mayor?

El Programa de Protección Social al Adulto Mayor –Colombia Mayor– busca aumentar la protección a los adultos mayores por medio de la entrega de un subsidio económico, para aquellos que se encuentran desamparados, que no cuentan con una pensión o viven en la indigencia o la extrema pobreza.

Además, el subsidio que se otorga es intransferible y la orientación de sus recursos se desarrolla bajo los principios de integridad, solidaridad y participación.

¿Cómo postularse?

Las inscripciones se realizan en las alcaldías municipales, en la Oficina de Atención al Adulto Mayor, en todos los municipios del país. Para la ciudad de Bogotá, el trámite se adelanta en las subdirecciones locales de la Secretaría de Integración Social.

A estos lugares, el adulto mayor debe presentarse con su cédula de ciudadanía original y la fotocopia ampliada al 150 %.

¿Qué requisitos se deben cumplir?

Los adultos mayores son evaluados y clasificados dentro de los rangos del Sisbén. De acuerdo con Sisbén IV, se toman todos los niveles de los grupos A y B y C hasta el subgrupo C1.

Además, se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Ser colombiano.
  • Haber residido durante los últimos 10 años en el territorio nacional.
  • Tener mínimo tres años menos de la edad que se requiere para pensionarse por vejez (54 años para mujeres y 59 para hombres).
  • Carecer de rentas o ingresos suficientes para subsistir.

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