Consumo Inteligente
¿Cómo operarán los cambios y devoluciones durante el Día sin IVA?
Los consumidores deberán tener en cuenta algunos detalles con respecto a la jornada.
Este viernes 17 de junio se llevará a cabo el Día sin IVA en Colombia, una fecha bastante esperada por aquellos que desean comprar productos autorizados sin el impuesto del 19 %, ahorrándose algunos pesos al momento de la transacción.
En su momento, estas jornadas llegaron como una manera de impulsar la economía cuando había sido golpeada por la pandemia. Mediante la exención del IVA se pretendía incentivar a los consumidores para que acudieran a los comercios y realizaran compras que dinamizaran distintos sectores.
Ahora, cumpliendo lo estipulado por el Gobierno, durante este viernes se desarrollará la segunda jornada del Día sin IVA del 2022. No obstante, antes de participar, es conveniente que los consumidores conozcan algunos detalles referentes a la misma.
El tema de los cambios y devoluciones, por ejemplo, presenta una variación a tener en cuenta. En general, los consumidores tienen derecho a hacer efectivas las garantías de los productos cuando estos resultan defectuosos, así mismo, pueden desistir de la compra y acudir a la figura de devolución.
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Sobre este punto, el Decreto 1314 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público señala: “Cuando se genere la devolución o reintegro del valor del bien, la nueva compra no se encontrará cubierta con la exención en el impuesto sobre las ventas (IVA), a menos que se realice en otro día que aplique este beneficio”.
En ese sentido, es clave entender que las devoluciones de los productos no estarán exentas del cobro del 19 % del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Por otra parte, teniendo en cuenta lo especificado en el decreto del MinHacienda, en caso de que se reintegre el dinero al comprador, deberá esperar una nueva fecha del día sin IVA para poder comprar sin el mencionado impuesto.
¿Cómo se puede comprar durante la jornada?
Los productos que se pueden adquirir están en seis categorías, según lo establecido en la normativa, estas son:
- Prendas de vestir: camisas, jeans, sacos, maletines, gafas, entre otras, con un valor igual o menor a $ 760.080.
- Electrodomésticos, computadores y equipos de comunicaciones: esto incluye los televisores, parlantes de uso doméstico, tabletas, refrigeradores, congeladores, lavaplatos eléctricos, máquinas de lavar y secar para el hogar, aspiradoras, enceradoras de piso, trituradores eléctricos de desperdicios, aparatos eléctricos para preparar y elaborar alimentos, máquinas de afeitar, hornos, planchas y cafeteras, computadores personales, equipos de comunicaciones, calentadores, ventiladores, aires acondicionados, entre otros, que no superen los $ 3.040.320.
- Elementos deportivos: aquí se incluyen las pelotas de caucho, bolas, balones, raquetas, bates, mazos, gafas de natación, trajes de neopreno, aletas, salvavidas, cascos, protectores de manos, codos y espinillas, y zapatos especializados para la práctica de deportes, bicicletas y bicicletas eléctricas, manillas, guantes de béisbol, softbol y boxeo cuyo valor no sobrepase los $ 3.040.320.
- Juguetes y juegos: se tienen en cuenta muñecas, los muñecos que representen personajes, los animales de juguete, muñecos de peluche y de trapo, instrumentos musicales de juguete, naipes, juegos de tablero, juegos electrónicos y videojuegos, trenes eléctricos, sets de construcción, juguetes con ruedas diseñados para ser utilizados como vehículos, rompecabezas y canicas, patinetas y patinetas eléctricas y su valor no sobrepase los $ 380.040.
- Útiles escolares: cuadernos, software educativo, lápices, esferos, borradores, tajalápices, correctores, plastilina, pegantes y tijeras se eximen si su valor no excede los $ 190.020.
- Bienes e insumos para el sector agropecuario: incluye semillas y frutos para la siembra, los abonos de origen animal, vegetal, mineral y/o químicos, insecticidas, raticidas y demás antirroedores, fungicidas, herbicidas, inhibidores de germinación y reguladores del crecimiento de las plantas, sistemas de riego, aspersores y goteros para sistemas de riego, guadañadoras, cosechadoras, trilladoras, partes de máquinas, aparatos y artefactos de cosechar o trillar, concentrados y/o medicamentos para animales, alambres de púas y cercas y su valor no supere los $ 3.040.320.
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo enfatizó en que los consumidores pueden adquirir hasta tres unidades del mismo bien, vendido por el mismo responsable. Superarlas genera la pérdida del beneficio. Cuando se trate de productos que vienen en pares, se entenderá que ese par corresponde a una unidad.
Además, se pueden adquirir los productos, ya sea en la sede de los establecimientos comerciales o a través del comercio electrónico. Y los pagos pueden ser en efectivo o a través de tarjetas débito, crédito y otros mecanismos electrónicos donde intervenga una entidad vigilada por la SuperFinanciera.