CONSUMO
Cuentas de ahorro inactivas: si tienen saldo y los usuarios no lo usan, lo utilizará el Estado
Cuando el dinero que quede en estas cuentas no supere las 322 UVR, es decir, unos $92.000 y permanezca quieto por un periodo mayor de 1 año, la plata quedará a disposición de la bolsa pública. No obstante, en el momento que lo estime podrá recuperarla con intereses.
Un polémico artículo aprobado en el proyecto de ley de Presupuesto 2022 pondrá a los colombianos a estar más pendientes de sus cuentas de ahorro.
Muchas veces los ciudadanos tienen un remanente en una cuenta, pero cambian a otra, ya sea porque entraron a un nuevo empleo y les asignaron una que aceptaron porque la entidad bancaria está más a su alcance. Si en esa cuenta olvidada hay hasta $92.000 y ya hace un año que está el dinero quieto, el Estado entrará a hacer uso de los recursos ciudadanos.
La idea propuesta, según sustentaron los ponentes del proyecto de Presupuesto, busca que el Estado, en medio de necesidades de recursos, pueda hacer uso de esos dineros, los cuales vienen siendo utilizados por los bancos.
El artículo en mención motivó un fuerte debate en la Cámara de Representantes, donde la medida se hundió y volvió a ser revivida, pues varios parlamentarios argumentaban que se trataba de una expropiación.
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El artículo finalmente quedó incluido en el proyecto de ley, puesto que había sido aprobado previamente en el Senado y, para unificar los textos, en horas de la noche se reabrió el debate en Cámara y se votó afirmativamente.
Las cifras que hay alrededor del tema dan una idea de la dimensión de la medida, pese a que el hecho de que el Estado tome $92.000 que están congelados en una cuenta de ahorro parece poco, pero de moneda en moneda se puede llegar a grandes sumas.
En 2019, antes de la pandemia, la Superintendencia Financiera presentó un informe de inclusión financiera, en el que se registraba un total de 62,1 millones de cuentas de ahorro, de las cuales, 33,7 millones no habían sido movidas en los últimos 6 meses.
Ahora, el artículo 78 del proyecto de la Ley de Presupuesto para 2022, aprobada ya en el Congreso de la República, señala que los saldos saldos con esas características deberán ser transferidos por las entidades financieras tenedoras, “a título de mutuo a la Nación”.
En la norma incluida también se incluye la posibilidad de que dueño del saldo solicite la activación de la cuenta o cancelación del saldo que permanecía congelado. En ese caso, la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional (en el Ministerio de Hacienda), se encargará de “reintegrar al prestamista la suma correspondiente con los rendimientos respectivos, de acuerdo con los intereses que el depósito devengaba en la entidad financiera como cuenta inactiva, de conformidad con las disposiciones vigentes”, señala el artículo.