Movilidad
Facilidades para los conductores: Cómo acceder a los acuerdos de pago por multas en Bogotá
Hay muchos casos en los que los conductores evitan pagar estas multas, sin embargo, las entidades instan a los ciudadanos a estar atentos a estas sanciones, tanto en concepto, como también en costo.
La movilidad ha sido un tema de interés durante los últimos días, principalmente a causa de la ola de colombianos que se vio en la obligación de renovar su licencia de conducción, con plazo hasta el pasado 20 de junio.
Durante estos meses los colombianos han acudieron al llamado que realizó el Ministerio de Transporte para que renueven sus licencias de conducción hasta este pasado 20 de junio, día en el que a más de cuatro millones de personas se les venció este documento.
Con base en esto, las autoridades advirtieron a los conductores, que no se iban a impartir comparendos por no renovar este documento, si serán sancionados aquellos que conduzcan con sus pase de conducción vencido.
El conductor puede ser sancionado con multas, que pueden presentarse en dos casos concretos: no portar la licencia vigente y conducir sin haber obtenido la licencia correspondiente.
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En el primer caso, es decir, no portar la licencia vigente, se aplica una multa de ocho SMLDV, lo que equivale a 309.344 pesos en 2023. Esta infracción se sanciona con el comparendo B-01.
Por otro lado, conducir sin haber obtenido la licencia correspondiente se considera una infracción más grave, en este caso la sanción implica una multa de 30 días de salario mínimo, lo que equivale a 1.160.000 pesos en 2023.
Esta infracción está catalogada como D.1 y se refiere a “guiar un vehículo sin haber obtenido la licencia de conducción correspondiente”. Además de la multa, si un conductor es sorprendido conduciendo sin licencia, su vehículo quedará inmovilizado en el lugar de los hechos hasta que una persona autorizada con licencia de conducción pueda recogerlo.
Hay muchos casos en los que los conductores evitan pagar estas multas, sin embargo, las entidades instan a los ciudadanos a estar atentos a estas sanciones, tanto en concepto, como también en costo.
Incluso en algunos casos, la Secretaría Distrital de Movilidad permite brindar soluciones a los bogotanos, con el fin de que estos puedan pagar de manera progresiva estas multas, en caso de no tener el dinero completo.
Estos son llamados acuerdos de pago, sin embargo, para esto, la deuda y el deudor deben cumplir ciertos requisitos, por ejemplo, esta debe ser superior a 24,65 unidades de valor tributario (UVT), incluidos los intereses de este comparendo.
En estos casos, el valor de la primera cuota no puede ser inferior al 40 % de la deuda, o en su defecto, 9,86 UVT, mientras que las siguientes cuotas deben ser superiores a 210.000 pesos.
Si este acuerdo es mayor a 12 cuotas de pago, se debe presentar una garantía que respalde la deuda, tal como un inmueble o demás propiedades del deudor; sin embargo, esta posibilidad de pago no está disponible, en caso de que el comparendo esté en impugnación.
Para poder solicitar esta posibilidad, el deudor tendrá que cumplir una serie de requisitos en materia de documentación, entre lo que resalta: Formulario de solicitud para la radicación del acuerdo de pago, documento de identidad original o fotocopia del deudor, copia del último recibo de servicio público de la residencia en la que se encuentre inscrito el deudor, certificaciones laborales y bancarias menores a 30 días.
Cabe aclarar que de aprobarse esta modalidad de pago, y se pasan 90 días sin pagar la cuota, el deudor será reportado a las entidades de información financiera, y tendrá que pagar el comparendo en su totalidad junto con los intereses ya incluidos.