Prestaciones sociales
Prima laboral: así se puede calcular correctamente la prima de diciembre
Todas las personas que tengan un contrato formal y cuyo salario no supere los $12 millones, tienen derecho a recibir este pago.
Los trabajadores que cuenten con un contrato formal y cuyo salario no supere los $12 millones, aproximadamente, tienen derecho a recibir la prima, siempre y cuando su contrato no sea por prestación de servicios.
La prima corresponde a un salario y se divide en dos entregas del 50 %. Una en junio y la otra en diciembre. Dicho pago se hace por todo el semestre trabajado o una cifra proporcional al tiempo laborado sobre el valor total del contrato.
Es decir que si usted no lleva seis meses con contrato formal, su prima corresponderá al tiempo que lleve laborando con su empleador, tiempo que deberá ser, mínimo, de tres meses. La prima también aplica para el trabajo doméstico que, según el Gobierno, corresponde a “toda persona natural que presta sus servicios a los hogares en tareas como aseo, cocina, lavado, planchado, jardinería, conductor de familia y trabajadores de finca, entre otros”.
Por lo anterior, puede calcular su prima total o llamada prima de servicios, haciendo la siguiente operación matemática:
PRIMA DE SERVICIOS = (SALARIO X TIEMPO LABORADO EN DÍAS) / 360 DÍAS
El salario lo multiplica por el tiempo que ha laborado en días y el resultado lo divide en 360. Así quedará determinado cuánto debería usted recibir en total cuando finalice el año 2021. Para determinar su prima de junio de este año, es necesario dividir el resultado en dos para que sepa cuánto le corresponde hasta este mes.
Esta es una prestación social cuya responsabilidad está a cargo del empleador y corresponde al pago de 15 días por semestre laborado. Se debe pagar el último día del primer semestre, es decir, el 30 de junio y el 20 de diciembre directamente al trabajador.
Del mismo modo, los empleadores que contraten personas que hagan trabajos en el hogar deberán pagarles una prima de servicios, desde que fue expedida la Ley 1788 en julio de 2016.
Quién recibe la prima laboral y pago anticipado
Todo trabajador formal que tenga un vínculo laboral con una compañía tiene derecho a la prima, al igual que los trabajadores domésticos a quienes también se les debe pagar la prima laboral de servicios.
Por su parte, y con el fin de evitar las aglomeraciones en las compras de fin de año, el Gobierno autorizó que las compañías pudieran adelantar el pago de la prima de servicios de diciembre a sus empleados. De hecho, fueron varias las compañías que decidieron realizar el pago de esta prima al finalizar noviembre.
Las empresas también pueden optar por pagar la prima laboral de manera mensual, siempre y cuando llegue a un acuerdo con el trabajador y se identifique plenamente las contribuciones a la prima cada mes.
“La ley laboral no prohíbe que la prima de servicios sea pagada con antelación a las fechas previstas, de ahí que sea dable entender que estas fechas solo constituyen plazos últimos concedidos al empleador para cancelar la prestación”, dijo la Corte Suprema de Justicia en sentencia 2846 del 12 de junio de 1990.
Consecuencias si no se paga la prima
En caso tal de que el empleador demore o retrase el pago de la prima, la ley no especifica una sanción o consecuencia directa. No importa el tiempo que tarde el empleador en pagar la prima, este no tendrá sanciones ni deberá asumir el pago de intereses si se pasa de las fechas establecidas por la ley.
Sin embargo, en caso de que el empleador demore en el pago de la prima laboral y el contrato de su empleado ya haya finalizado, se puede causar una indemnización moratoria que puede llegar a ser igual al último salario diario por cada día de retardo.
Ayudas para pagar la prima
El impacto de la crisis del coronavirus en el desempeño de las empresas en Colombia hizo que el Gobierno creara el Programa de Apoyo para el Pago de la Prima (PAP), el cual otorga recursos a las compañías afectadas por la pandemia para que paguen la prima a sus empleados.
Esta iniciativa entrega a los empresarios que cumplan con los requisitos establecidos $220.000 por cada empleado cuyo Ingreso Base de Cotización (IBC) esté entre un salario mínimo legal mensual vigente y un millón de pesos.
Esta ayuda, que se implementó en el pago de la prima de junio, fue ampliada por el Congreso de la República hasta marzo del 2021.