Movilidad
¿Quiénes pueden recibir descuento del pasaje de TransMilenio y SITP en 2023?
El beneficio es del 15,2 %.
Más de 900.000 personas podrían beneficiarse de los subsidios en la tarifa de TransMilenio, según anunció la Secretaría Distrital de Movilidad. Es de recordar que desde el pasado 1 de febrero comenzó a aplicar el descuento para los mayores de 16 años que estén en la base de datos del Sisbén IV en la categoría A1 y B7. Este beneficio también aplica para buses del SITP.
Un pasaje de Transmilenio cuesta 2.950 pesos, y el beneficio es del 15,2 %, es decir que la reducción será de 450 pesos, quedando en 2.500 pesos por cada cobro de pasaje. En cuanto a las tarifas del SITP, que están en 2.750 pesos, la rebaja es del 18,1 %, entonces el pasaje va a quedar en 2.250 pesos.
“El Distrito hace un gran esfuerzo para ayudar a esta población que tanto lo necesita en la ciudad. De esta manera, se atiende a la ciudadanía de menores ingresos de forma integral”, Óscar Julián, secretario encargado de Movilidad de Bogotá.
La Secretaría de Movilidad agregó que el beneficio solo puede emplearse para 30 viajes en el mes y no aplica para los trasbordos que se hagan en el sistema.
Lo más leído
Para aplicar al subsidio el usuario que cumple con los requisitos debe llevar una tarjeta Tullave y su cédula de ciudadanía a un punto de personalización Allí podrá pedir el beneficio. Al momento de hacerlo se le exigirá la encuesta del Sisbén IV, que puede tramitarse por medio de la web oficial ejecutando estos pasos:
- Presionar la opción Sisbén.
- En Consultas aparece el botón ‘Consulte Aquí el Trámite de solicitud de encuesta Sisbén - Ver enlace De encuesta Sisbén’.
- Allí pedirán el número de documento y al rellenar los datos la página brindará la información.
En el segundo grupo para aplicar a los subsidios se encuentra la población con discapacidad permanente. En este caso, cuando adquieren la tarjeta Tullave plus especial los usuarios pueden tener un beneficio de 29.500 pesos. Este monto se les abonará cada mes a la tarjeta.
En cuanto a las tarifas, el valor de los servicios troncales, incluido TransMiCable, seguirá vigente en $2.950 pesos y $2.750 pesos para servicios zonal de este tipo de poblacional.
Las personas en condición de discapacidad permanente deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Estar inscrito en los sitios dispuestos por la Secretaría de Salud a través de los Hospitales de primer y segundo nivel de la Red Pública en las distintas localidades de Bogotá.
- Certificar médicamente la discapacidad y la persona debe estar inscrita en el Registro para la Localización y Caracterización de las Personas con Discapacidad de la ciudad de Bogotá, el cual es administrado y actualizado por la Secretaría Distrital de Salud. Al punto de registro debe asistir la persona con discapacidad, ya que la información solicitada, parte del auto reconocimiento de dicha condición.
- Ser residente permanente (mínimo seis meses) en la ciudad de Bogotá.
En casos excepcionales el cuidador(a), podrá solicitar una visita domiciliaria para realizar el registro, siempre y cuando la persona con discapacidad presente una imposibilidad total para acercarse a uno de los puntos.
Por tanto, presentar los siguientes documentos:
- Original del documento de identidad, según corresponda (registro civil, tarjeta de identidad, cédula de ciudadanía, pasaporte de extranjería).
- Afiliación al sistema de salud: (carné EPS, Sisbén)
- Fotocopia u original de algún recibo de servicio público del lugar de residencia (gas, acueducto, luz, teléfono).
- Soporte médico donde se encuentre relacionado el diagnóstico de salud asociado a la condición de discapacidad.
- El subsidio únicamente se otorgará a personas con discapacidad permanente, es decir, personas con deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo, que al interactuar con entornos sociales, económicos, políticos y demás, encuentran diversas barreras que puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad (Ley 1346 de 2009).