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RUT y RUNT: ¿qué son, cómo se diferencian y para qué sirve cada uno?
Ambos son registros obligatorios que debe tener cada colombiano, pero para momentos diferentes.
El Registro Único Tributario (Rut) y el Registro Único Nacional de Tránsito (Runt) son dos trámites totalmente diferentes que la gente suele confundir por la similitud de sus siglas, cometiendo errores que podrían suponer problemas a la hora de realizar los trámites que derivan de estos, ya que uno sirve para temas de movilidad y el otro es un registro tributario muy importante para la creación de empresas en el país. Saber diferenciarlos es clave para no perder el tiempo y tener la certeza de que se está al día con estos requisitos.
El primero de estos, o sea el Rut, es la herramienta usada por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) para identificar, ubicar y clasificar a las personas que deben cumplir requisitos de impuestos o adelantar trámites ante esta entidad. Funciona como un sistema de identificación donde se relacionan los ingresos, egresos y demás trámites de carácter tributario.
Este documento permite contar con información veraz, actualizada, clasificada y confiable de todos los colombianos y extranjeros que tienen la obligación de inscribirse, para desarrollar una gestión efectiva en materia de recaudo, control y servicio que, a su vez, facilite el cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias, así como la simplificación de trámites y reducción de costos.
Al tratarse de un requisito ampliamente solicitado, las personas tienen la posibilidad de inscribirse al mismo o actualizarlo mediante autogestión a través de los canales digitales de la Dian. En el caso de que se requiera una modificación especial y la plataforma no lo permita, se puede solicitar una cita a través de correo electrónico.
Por otra parte, en lo que respecta al Runt, esto se define como un sistema de información que permite registrar y mantener actualizada, centralizada, autorizada y validada la misma sobre los registros de automotores, conductores, licencias de tránsito, empresas de transporte público, infractores, accidentes de tránsito, seguros, remolques y semirremolques, maquinaría agrícola y de construcción autopropulsada y de personas naturales o jurídicas que prestan servicio al sector.
Este registro permite a las autoridades conocer, entre otras cosas, los datos de un conductor, saber si está al día con requerimientos obligatorios como el Soat o tener vigente la licencia de conducción. También si cuenta con multas en mora o si, por el contrario, es un usuario responsable con todos estos trámites.
Así las cosas, queda claro que el Rut está relacionado con todos los trámites fiscales, tributarios y financieros de las empresas o personas naturales; mientras que el Runt recolecta una información totalmente diferente, encaminada al sector de tránsito y transporte en todo el territorio nacional. Los trámites para estos dos procesos son totalmente gratis y se realizan de forma diferente.
¿Cómo diligenciar el Rut?
Hoy en día, este trámite se puede realizar en línea. Únicamente es necesario contar con un celular o computador con conexión a internet, una selfie, una foto de la cédula por ambas caras o, en su defecto, el duplicado de la cédula, si se perdió.
Una vez con esta información a la mano, basta con seguir estas indicaciones:
1. Ingresar a la plataforma oficial de la DIAN www.dian.gov.co y en el listado con el subtítulo ‘RUT’ escoja la opción ‘RUT – Definir tipo de inscripción’.
2. Seleccionar qué tipo de persona es: natural o jurídica. Hay que tener en cuenta que solo las personas naturales pueden tramitar y formalizar el RUT en línea.
3. Diligenciar los datos de identificación, definir cuál es la necesidad de inscripción en el RUT y, al ingresar los datos, el sistema le enviará un código de verificación al correo electrónico registrado. Se deberá ingresar el código para seguir con el proceso de inscripción.
4. Cargar el documento de identidad con imágenes que deben ser nítidas. Solo tendrá dos intentos para hacerlo. También deberá subir una ‘selfie’.
5. Una vez cargue estos archivos, podrá ingresar a registrar los demás datos del RUT. Cada sección desplegará un formulario con la información para diligenciar. Indique los datos solicitados y guarde cada sección.
6. Al completar todas las secciones, haga clic en el botón finalizar para terminar el registro.
Se generará el PDF con el nuevo RUT o puede generarlo en el botón que dice ‘PDF’. Igualmente, la DIAN le enviará un correo con la notificación del trámite y con un archivo adjunto correspondiente al nuevo RUT.
¿Cómo tramitar el Runt?
La inscripción al RUNT se realiza de forma presencial ante un organismo de tránsito y/o Dirección Territorial del Ministerio de Transporte. Este trámite es personal, excepto en el caso en que un apoderado efectúa la inscripción de una persona que se encuentra en el extranjero.