Créditos
¿Le pueden embargar el sueldo por una deuda con un banco?
Esta es una herramienta de cobro que está definida por la legislación en Colombia.
Tener deudas es algo que no se puede tomar a la ligera si se quiere tener una vida financiera estable, puesto que no solo influye en la puntuación para acceder a la oportunidad de tener nuevos créditos, sino que también impacta directamente las finanzas en el día a día.
Si bien la obtención de un préstamo, sacar una tarjeta una tarjeta de crédito o acceder a financiación para estudio o vivienda son elementos que pueden ayudar a crecer financieramente si se saben utilizar, abusar de estos mecanismos puede llegar hasta el embargo del salario que se gana mes a mes, según lo que estipula la legislación colombiana, disminuyendo los ingresos del hogar.
En Colombia existe la posibilidad de que un acreedor solicite un embargo de salario para el cobro de deudas. Sin embargo, este proceso está sujeto a ciertas limitaciones y regulaciones establecidas por la ley. Expertos sostienen que lo más importante para evitar verse en una situación incómoda como esta, parte de ser responsable con este tema y asesorarse para llevar un control del dinero que se debe.
Según el Consultorio Jurídico de la Universidad Libre, un embargo es una figura jurídica que se ha creado para garantizar el cumplimiento de una futura sentencia en donde se establezca que una persona, natural o jurídica, debe pagar una suma de dinero a otra persona como consecuencia de un préstamo o de unos daños causados. Se pueden embargar diferentes tipos de bienes como casas, apartamentos, vehículos automotores, dineros depositados en cuentas bancarias, acciones de empresa, entre otros.
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“Es posible embargar el salario de una persona, pero solo el excedente del salario mínimo legal vigente en una quinta parte de conformidad con artículo 155 del Código Sustantivo del Trabajo. Lo anterior significa que en Colombia no es posible embargar la totalidad del salario sino solo una parte de este, pues debe garantizarse al trabajador que pueda seguir disfrutando de su salario para satisfacer sus necesidades básicas”, explicaron estos expertos.
No obstante, vale la pena aclarar que para que haya un embargo de un salario, el acreedor debe iniciar un proceso judicial y solicitar dicho embargo, el cual puede ser ordenado por el juez quien informará al empleador de dicho embargo. El empleador tiene la obligación de consignar dicha parte del salario a órdenes del juzgado, pues de no hacerlo de esta forma se puede convertir en un deudor solidario.
“En relación a los salarios que devenga una persona, estos pueden ser objeto de la medida de embargo, pero siguiendo las siguientes reglas: El salario mínimo tiene el carácter de inembargable, esta regla tiene excepciones cuando el acreedor reclama alimentos o se trata de una entidad cooperativa, caso en el cual se le puede embargar hasta el 50 % de cualquier tipo de salario que devengue el trabajador incluido el mínimo legal”, agregaron.
En los demás tipos de obligaciones por ejemplo civiles como contratos de arrendamiento, con entidades financieras, con personas naturales, entre otras, solo se puede embargar lo que exceda una quinta parte o 20 % del salario mínimo legal.
“No es inmediato. El acreedor con ocasión del incumplimiento de la obligación cuenta con la facultad de iniciar una demanda contra el deudor, denominada proceso ejecutivo ante un juez civil, de familia o laboral, dependiendo el tipo de obligación, en la que también puede hacer uso de la facultad de relacionar los bienes que conoce del deudor para que sean objeto de la medida de embargo”, dice en un estudio la Universidad Libre.
Por último, vale la pena destacar que el juez es quien ordena el embargo sobre los bienes relacionados por el acreedor, ya sea desde la presentación de la demanda o posterioridad, para el efecto se debe enviar una comunicación para que se haga efectiva la orden la cual puede recaer sobre el salario, bienes muebles (vehículos, joyas, etc) o inmuebles, recibida la orden y acatada la misma por quien deba cumplirla es cuando formalmente decimos que los bienes han sido objeto de embargo, lo cual se le comunica al juez que tramita el proceso.
Términos clave a tener en cuenta
Proceso legal: Para que se pueda embargar el sueldo de una persona por deudas con un banco, es necesario que el acreedor inicie un proceso legal. Esto implica presentar una demanda ante un juez y obtener una orden judicial que autorice el embargo.
Máximo embargable: Según la ley colombiana, el salario mínimo legal vigente (SMMLV) está protegido y no puede ser embargado en su totalidad. Solo se permite el embargo de un porcentaje determinado, el cual puede variar dependiendo de la cuantía de la deuda y el tipo de obligación.
Límite de deducción: En el caso de los salarios superiores al SMMLV, la ley establece que solo se puede embargar un porcentaje máximo del salario, el cual no puede superar el 50%. Esto se hace para asegurar que el deudor tenga recursos suficientes para cubrir sus necesidades básicas y mantener un nivel de vida digno.
Excepciones y prioridades: Algunos conceptos salariales pueden estar exentos de embargo, como las prestaciones sociales y los pagos por concepto de alimentos en caso de obligaciones familiares. Además, existen ciertas prioridades establecidas por la ley en cuanto a los embargos, como los pagos por concepto de seguridad social y obligaciones alimentarias.
Acuerdos y negociaciones: Antes de llegar a un embargo de salario, es recomendable buscar alternativas de negociación con el acreedor. Muchas veces, los bancos están dispuestos a establecer acuerdos de pago o reestructuración de la deuda que puedan ser más favorables para ambas partes.