Impuestos
¿Cómo se puede pagar el Impuesto al Patrimonio 2023? Esto es todo lo que debe saber
Este tributo tuvo un ajuste en la recién aprobada reforma tributaria.
El impuesto al patrimonio se ha convertido en uno de los principales tributos que toma en cuenta a personas naturales, jurídicas, empresas y sociedades en Colombia. Este tributo pasó de ser temporal a ser permanente con la reforma tributaria presentada por el Gobierno Petro. En este sentido, se han establecido nuevas reglas para el pago de este impuesto en 2023, que aquí presentamos.
El impuesto al patrimonio 2023 aplica a aquellos contribuyentes que tengan un patrimonio igual o superior a 72.000 UVT, lo que equivale a $ 3.053.664.000. Es importante destacar que no deben pagarlo los contribuyentes que sean declarantes de renta.
El pago de la primera cuota del impuesto al patrimonio inicia a partir del 9 de mayo del 2023 y se extiende hasta el 23 de mayo del mismo año. La segunda cuota deberá ser cancelada entre el 7 y el 20 de septiembre del 2023. Es importante tener en cuenta que los pagos se harán según el último dígito del número de identificación tributaria (NIT) y que este impuesto se calcula tomando en cuenta el valor neto del patrimonio.
La nueva versión del impuesto al patrimonio establece que el valor intrínseco contable de las cuotas ahora será tomado en cuenta, lo que no se hacía en la versión anterior. Además, existen novedades que están incluidas en los artículos 292-3 a 297-3 del Estatuto Tributario y en los artículos 35 a 39 de la Ley 2277 de 2022, relacionadas con el valor fiscal de las cuotas en sociedades nacionales y del exterior.
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En cuanto a las sanciones por inexactitud, el contribuyente que no cancele este gravamen podría acarrear una multa equivalente al 100 % de la diferencia entre el saldo que debe pagar o saldo a favor, según sea el caso, el cual está determinado en la liquidación oficial y el declarado por el contribuyente.
La tarifa del impuesto al patrimonio varía según el valor del patrimonio. A partir de las 72.000 UVT ($ 3.053 millones en 2023) aplica una tarifa de 0,5 %, entre 122.000 ($ 5.174 millones) y 239.000 UVT ($ 10.136 millones) la tasa se ubicará en 1 %, y desde las 239.000 UVT habrá una tarifa de 1,5 % por cinco años. A partir de 2027, todo patrimonio mayor a los 122.000 UVT pagará una tasa del 1 %.
Es importante mencionar que las personas naturales pueden excluir las primeras doce mil (12.000) UVT del valor patrimonial de su casa o apartamento de habitación, siempre y cuando sea el lugar en donde residen la mayor parte del tiempo. No quedan cobijados por esta exclusión los inmuebles de recreo, segundas viviendas u otros inmuebles que no cumplan con la condición de ser el lugar en donde habita la persona natural.
Respecto a las formas de pago, hay que recordar que se puede elegir entre dos maneras de ingresar a realizar el pago electrónico:
- Desde los servicios digitales de la Dian a la dirección virtual del banco que escoja como contribuyente, usuario aduanero o declarante. Se debe tener en cuenta que algunos bancos exigen como requisito que la entidad destinataria del pago se encuentre previamente inscrita.
- Directamente a la dirección virtual o canal de pago del banco que escoja.
En caso de recurrir al pago presencial, lo primero que se debe tener presente es que primero hay que diligenciar el recibo oficial de pago, por medio de los servicios digitales de la Dian.
En el evento que no sea posible realizar la transacción de pago por canales electrónicos con el banco, hay que generar un archivo .pdf del recibo e imprimir 2 ejemplares en papel tamaño carta, no reciclada, para pagar presencialmente en banco. Dichas entidades recibirán el pago en efectivo, tarjetas débito, tarjeta de crédito o mediante cheque de gerencia o cheque girado sobre la misma plaza de la oficina que lo recibe y únicamente a la orden de la entidad financiera receptora.
En resumidas cuentas, el impuesto al patrimonio 2023 es un tributo importante que debe ser pagado por los contribuyentes con un patrimonio igual o superior a 72.000 UVT. Es fundamental tener en cuenta las fechas límites de pago, así como las novedades que se incluyen en la reforma tributaria. El no cumplir con este impuesto puede acarrear sanciones por inexactitud, que equivalen al 100 % de la diferencia entre el saldo que debe pagar o saldo a favor, según sea el caso, el cual está determinado en la liquidación oficial y el declarado por el contribuyente.