Impuestos
Cuidado: ya hay cárcel para quienes evadan impuestos, tras visto bueno de la Corte Constitucional
Se salvó uno de los artículos de la ley. Esto es lo que dice la norma que ahora avala el Alto Tribunal.
En reiteradas ocasiones y siempre que se tramita una nueva reforma tributaria, los colombianos reclaman por el control a la evasión, que daría más plata de la que da una ley que les sube los impuestos a los mismos.
También se ha hablado en el país de apretar las cuerdas para que los evasores vayan a la cárcel como una forma de desestimular el hecho de que le hagan conejo al Estado con los impuestos.
En ese contexto, en la reforma tributaria de 2022, la primera del gobierno de Gustavo Petro, se introdujo la cárcel para los evasores, algo que finalmente salió aprobado del Congreso de la República, pero con cierta laxitud, pues se necesita incurrir varias veces en la conducta delictiva y evadir cierto monto para ir tras las rejas.
Esa norma es la que ahora declara exequible la Corte Constitucional, confirmó el director de la Dian, Luis Carlos Reyes.
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“Habrá cárcel por omisión de activos o inclusión de pasivos inexistentes. La Corte Constitucional declaró exequibles los artículos que fortalecen los tipos penales de la Ley 2277 de 2022. Se logrará evitar el daño que los evasores le causan al recaudo tributario”.
Buenas noticias: Habrá cárcel por omisión de activos o inclusión de pasivos inexistentes. La Corte Constitucional declaró EXEQUIBLES los artículos que fortalecen los tipos penales de la Ley 2277 de 2022. Se logrará evitar el daño que los evasores le causan al recaudo tributario.
— Luis Carlos Reyes (@luiscrh) February 7, 2024
Lo que queda claro, según la información de la Corte, es que “la modificación que se introdujo en la reforma tributaria, a los delitos fiscales, cumplió con los principios de consecutividad e identidad flexible propios del trámite legislativo”.
El Alto Tribunal también declaró: “La determinación del ingreso base de cotización para los independientes y la reducción transitoria de sanciones propuestas o determinadas por la UGPP (Unidad de Gestión de Pensiones y Parafiscales) respecto de contribuciones parafiscales de seguridad social, se ajustaron al principio de unidad de materia”.
En una reciente entrevista de Reyes con la Dian, habló del tema de la evasión, alrededor del cual se mostró sorprendido porque “la reducción de la evasión no era la principal meta operativa de la Dian, no era parte de sus objetivos claves de desempeño”.
Y eso que la evasión en Colombia está en alrededor de 7 % del Producto Interno Bruto (PIB).
Reyes dijo en su momento que el país está empeñado en hacer seguimiento a la evasión, para lo cual implementará nuevos métodos de calcularla.
Resultados de encarcelamiento de evasores
El director de la Dian es de las filas de los que defienden el fortalecimiento de los tipos penales contra la evasión, algo que, según ha dicho, “se logró en la reforma tributaria”.
Agregó: “Es algo que ahora nos toca implementar”. Principalmente, porque “una de las modificaciones que se hicieron en las comisiones terceras del Congreso -cuando se debatía el proyecto de ley- fue que, aunque la visión inicial del Gobierno era que quienes evadieran un monto importante, con dolo, desde la primera fueran a la cárcel. La modificación a la que se llegó en el Congreso fue que la medida se aplicara hasta la segunda reincidencia. Entonces, los resultados van a empezar a verse conforme estos evasores reincidan”.