Impuestos
¿Cuándo es necesario actualizar el RUT? Esto dice la Dian
Luis Carlos Reyes, director de la Dian señala que el RUT solo se debe actualizar cuando hay cambios en alguno de los datos personales.
El Registro Único Tributario (RUT), administrado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), es un mecanismo único para identificar, ubicar y clasificar a las personas de obligaciones administradas por la entidad, así como aquellos que por disposición legal deban hacerlo o por decisión de la entidad, conforme con las normas legales y reglamentarias vigentes.
De acuerdo con información de la Dian, este registro permite desarrollar una gestión efectiva en materia de recaudo, el control y servicio para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias, así como la simplificación de trámites y reducción de costos.
Como tal, este documento suele solicitarse a varias categorías de personas, como aquellos que trabajan como contratistas, por ejemplo. Por ello, al tratarse de un requisito ampliamente solicitado, las personas tienen la posibilidad de inscribirse al mismo o actualizarlo mediante autogestión a través de los canales digitales de la Dian. En el caso de que se requiera una modificación especial y la plataforma no lo permita, se puede solicitar una cita a través de correo electrónico.
Ante los casos en los que se debe actualizar el RUT, la Dian entregó mayores detalles sobre este proceso, ya que la vigencia de este documento es indefinida y no requiere ajustarse cada vez que se vaya a emitir.
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Por su parte, Luis Carlos Reyes, director de la Dian, aseguró por medio de su cuenta de Twitter que “solo se debe actualizar cuando hay cambios en alguno de los datos. En vez de pedirlo “actualizado”, puede simplemente si toda la información es vigente”.
Antes de pedir RUT “actualizado”, recuerde que el RUT es permanente. Solo se debe actualizar cuando hay cambios en alguno de los datos. En vez de pedirlo “actualizado”, puede simplemente preguntar si toda la información está vigente.
— Luis Carlos Reyes (@luiscrh) February 22, 2023
“El RUT se debe actualizar cuando haya cambios en ubicación, actividades, nuevas responsabilidades, reformas, cambios de representante, socios, miembros de junta directiva, contador y/o revisor fiscal. Si nada de eso ha cambiado, está vigente y está actualizado”, escribió Reyes.
Asimismo, explicó que “en el formulario del RUT aparecen dos fechas. Una, la de inscripción o de actualización del documento, y otra, de generación o descarga de la copia, en la parte inferior derecha”
Con lo anterior, la Dian entrega claridad a quienes deben solicitar el RUT en Colombia para diversos trámites, pues algunas entidades piden que este documento sea expedido en una fecha reciente. Incluso, algunas oficinas se niegan pagos de cuentas de cobro por no tener este documento “actualizado” o “vencido”.
Ante este panorama, el director de la Dian confirmó que no se requiere cambiar la cédula de impuestos si los datos no han variado.
“Al descargar una copia del RUT, usted acredita que la información al momento de la descarga está vigente. Si no tiene cambios en sus datos, no necesita actualizar el RUT, exactamente del mismo modo que no necesita “actualizar” su cédula de ciudadanía si no ha cambiado de nombre”, asegura Reyes.
¿Cómo saber si se tiene el RUT activo?
Las personas interesadas en adelantar este trámite deben ingresar a la página web de la Dian, buscar en la parte inferior la sección ‘Servicios a la Ciudadanía’ y hacer clic allí. Luego de esto se deberá seleccionar la opción ‘Consulta Estado RUT’ en la columna ‘Servicios tributarios’ y digitar el número de identificación. Por último, se debe entrar a la opción ‘Buscar’ y allí se le indicará si está activo o no.
Vale la pena resaltar que si el RUT está activo, la plataforma mostrará la información tributaria del solicitante. Sin embargo, si aparece inactivo, tendrá que actualizar el respectivo registro.
Es muy importante tener en cuenta que la declaración de renta se puede presentar sin la necesidad de esperar hasta el último día establecido por la Dian, para que los colombianos se eviten inconvenientes de última hora por no cumplir con esta obligación en los plazos establecidos.