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A partir de agosto, los contribuyentes tendrán que presentar sus impuestos ante la Dian. | Foto: Getty Images/iStockphoto

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¿Cuánto dinero se puede tener en el banco sin declarar en Colombia?

A partir de agosto, los contribuyentes tendrán que presentar sus impuestos ante la Dian.

8 de julio de 2023

Entrada la segunda mitad del año, se acerca el momento clave en materia tributaria, principalmente para quienes deben declarar renta. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) establece ciertos criterios para determinar quiénes deben presentar la declaración de renta en un año determinado. Tenga presente cuáles son y si le toca pagar.

  • El patrimonio bruto al final del año gravable 2022 debe ser igual o superior a $ 171.018.000.
  • Los ingresos totales del año gravable deben ser iguales o superiores a $ 53.206.000.
  • Los consumos mediante tarjeta de crédito deben ser iguales o superiores a $ 53.206.000.
  • El valor total de las compras y consumos debe ser igual o superior a $ 53.206.000.
  • El valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras debe ser igual o superior a $ 53.206.000.

Según el calendario tributario, entre el 9 de agosto y el 19 de octubre, las personas naturales, que cumplan con los anteriores requisitos, deberán declarar y pagar renta. No obstante, estas varían dependiendo cada contribuyente. Para este primer caso, las fechas varían dependiendo del Número de Identificación Tributaria (NIT) o la cédula.

El objetivo es promover la cultura de pago entre los habitantes de Manizales
Según el calendario tributario, entre el 9 de agosto y el 19 de octubre, las personas naturales, que cumplan con los anteriores requisitos, deberán declarar y pagar renta. | Foto: Cortesía Alcaldía de Manizales

En cuanto a los grandes contribuyentes, desde principios de año han tenido la opción de pagar la declaración por cuotas. Las fechas son:

  • Primera cuota: Entre el 7 y el 20 de febrero de 2023.
  • Presentación de declaración y pago de la segunda cuota: Entre el 10 y el 21 de abril de 2023.
  • Pago de la tercera cuota: Entre el 7 y el 22 de junio de 2023. Quiere decir, que el último plazo se vence en menos de una semana.

Las personas jurídicas, sociedades y contribuyentes del Régimen Tributario Especial, diferentes a los clasificados como Grandes Contribuyentes, deberán realizar el pago del Impuesto sobre la Renta y Complementario del año gravable 2022 en dos cuotas iguales:

  • Presentación de declaración y pago de la primera cuota: Del 10 de abril al 8 de mayo de 2023, teniendo en cuenta los dos últimos dígitos del NIT.
  • Pago de la segunda cuota: Del 7 al 21 de julio de 2023, teniendo en cuenta el último dígito del NIT.
Trámites en línea. (AP Photo/Elise Amendola, File)
Hay que tener en cuenta que muchos colombianos cometen errores involuntarios por desconocimiento al llenar los formularios en la declaración y, debido a esto, pueden verse involucrados en problemas o multas más adelante. | Foto: AP

Si tiene que declarar renta, algunos tips para tener en cuenta

Si está pensando en la declaración de renta, hay algunos tips que le pueden ayudar a sacarla adelante. Hay que tener en cuenta que muchos colombianos cometen errores involuntarios por desconocimiento al llenar los formularios en la declaración y, debido a esto, pueden verse involucrados en problemas o multas más adelante.

En cuanto a quiénes deben declarar renta, Álvaro Galvis, gerente de Somos Dash, explicó que varía según las ganancias, salarios y patrimonio de una persona durante el año directamente anterior.

De acuerdo a esas cifras, se pone un tope en esa declaración que es establecida por la Dian. Por ejemplo, los consumos mediante tarjeta de crédito exceden 1.400 UVT, es decir, $53.205.600; el patrimonio bruto en el último día del año excede los 4.500 UVT, es decir $171.018.000; los ingresos brutos son superiores a 1.400 UVT, o sea $205.600.

Así mismo, cuando las compras y consumos exceden 400 UVT, es decir, $53.205.600; o el valor total acumulado de sus consignaciones está por encima de 1.400 UVT, o sea $53.205.600.

DIAN Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Cuando las compras y consumos exceden 400 UVT, es decir, $53.205.600; o el valor total acumulado de sus consignaciones está por encima de 1.400 UVT, o sea $53.205.600. | Foto: CESAR FLECHAS