Economía

Declaración de renta: multas y beneficios a los que puede acceder si no la ha presentado

Queda poco más de un mes para cumplir con este trámite ante la Dian.

Redacción Semana
5 de septiembre de 2023
Declaración de Renta - Dian
Por ahora la atención de los contribuyentes se centra en entender los posibles beneficios y las sanciones que podrían enfrentar si no cumplen con este importante trámite tributario. | Foto: Cortesía - Dian

A medida que se acerca la fecha límite para la declaración de impuestos en Colombia, la atención de los contribuyentes se centra en entender los posibles beneficios y las sanciones que podrían enfrentar si no cumplen con este importante trámite tributario. La declaración de renta es una responsabilidad que todos los ciudadanos con ingresos suficientes deben afrontar, y aunque a veces puede parecer abrumadora, comprender sus aspectos clave puede resultar en ahorros significativos o evitar sanciones onerosas.

El próximo 19 de octubre se vence el último plazo para declarar y pagar el impuesto sobre la renta del 2022 por parte de personas naturales, según lo estipulado por la DIAN. Sin embargo, como es común cada año, muchos colombianos aún no han cumplido con esta obligación tributaria.

Formulario declaración de renta
El próximo 19 de octubre se vence el último plazo para declarar y pagar el impuesto sobre la renta del 2022 por parte de personas naturales. | Foto: Semana

Algunos han dejado pasar su fecha dispuesta para tributar, ya sea por razones personales o simplemente por desconocimiento de si están obligados a hacerlo. Es esencial comprender que este proceso no debe ser tomado a la ligera, ya que la falta de cumplimiento puede conllevar sanciones económicas considerables.

Andrés Vélez, CEO de Tributi.com, una plataforma colombiana especializada en temas fiscales, destaca que “cada año es necesario hacer seguimiento al calendario tributario establecido por la DIAN, puesto que esto le permitirá evitar sanciones. Por ejemplo, hoy, si una persona deja pasar un día de su fecha estipulada, deberá pagar una multa mínima de 424.000 pesos”.

Billetes de cincuenta y veinte mil pesos
El próximo 19 de octubre se vence el último plazo para declarar y pagar el impuesto sobre la renta del 2022 por parte de personas naturales. | Foto: Nathalia Garzón

Esta multa, aunque significativa, es solo el comienzo, ya que Vélez agrega que “si las personas deciden omitir esta obligación, se enfrentarían a una sanción más severa por no declarar, la cual puede ser de hasta el 20 % de sus ingresos brutos”.

Sin embargo, no todo son malas noticias para los contribuyentes, puesto que independientemente de si han dejado pasar la fecha establecida para declarar o no, la ley establece que todos los colombianos pueden recibir beneficios tributarios en su impuesto sobre la renta si realizan gastos específicos.

La declaración de renta es un cargo que las personas naturales deben pagar al Estado.
La declaración de renta es un cargo que las personas naturales deben pagar al Estado. | Foto: Getty Images

Beneficios tributarios para ahorrar dinero

Existen diversas deducciones y beneficios tributarios disponibles para los colombianos que pueden ayudar a reducir su carga fiscal. Los expertos de Tributi mencionaron algunas, resaltando que es antes de pensar en acceder una de ellas, es necesario asesorarse de un experto para evitar errores en los documentos.

1. Pago de medicina prepagada: Si un colombiano paga por medicina prepagada o una póliza de salud, puede acceder a este beneficio. Sin embargo, este beneficio aplica solo para personas que reciban ingresos por rentas de trabajo y realicen pagos para su propio beneficio, el de su cónyuge, el de sus hijos y/o dependientes económicos, siempre y cuando estos pagos no superen las 16 Unidades de Valor Tributario (UVT) mensuales, es decir, $608.000 en el 2022, que es el año por el cual se declara renta en el 2023.

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2. Intereses del ICETEX: Aquellas personas que tengan créditos con el ICETEX pueden deducir los intereses pagados, siempre que estos no superen un valor de 100 UVT por año, es decir, los $3.800.000 en el 2022.

3. Intereses de crédito hipotecario: Si un colombiano adquirió vivienda a través de un préstamo, puede acceder a la deducción por intereses o corrección monetaria, la cual para el 2022, no debe superar las 100 UVT ($3.800.000) al mes o las 1.200 UVT ($45.605.000) al año.

DIAN Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Si un colombiano adquirió vivienda a través de un préstamo, puede acceder a la deducción por intereses o corrección monetaria, la cual para el 2022, no debe superar las 100 UVT ($3.800.000) al mes o las 1.200 UVT ($45.605.000) al año. | Foto: CESAR FLECHAS

4. Donaciones: Las personas que hayan realizado donaciones a entidades sin ánimo de lucro y que estén bajo un régimen especial del impuesto sobre la renta, podrán acceder a un descuento del 25 % del total donado.

5. Gastos de dependientes: El Estatuto Tributario establece que un colombiano puede realizar una deducción en su declaración de renta por concepto de dependientes, es decir, si tiene a su cargo hijos menores de 18 años, menores de 23 años que estén estudiando y mayores de 23 en condición de dependencia por factores físicos o psicológicos. Sin embargo, en estos casos, la deducción no podrá exceder el 10 % de los ingresos brutos del declarante y tampoco las 32 UVT (1.216.000) mensuales.

pago de impuestos en Manizales
El Estatuto Tributario establece que un colombiano puede realizar una deducción en su declaración de renta por concepto de dependientes, es decir, si tiene a su cargo hijos menores de 18 años, menores de 23 años que estén estudiando y mayores de 23 en condición de dependencia por factores físicos o psicológicos. | Foto: Cortesía Alcaldía de Manizales

“Es importante destacar que la obligación de declarar se evalúa cada año y está sujeta al cumplimiento de los límites establecidos por la DIAN, los cuales se actualizan anualmente. Además, se recomienda presentar la declaración de impuestos incluso si el contribuyente tiene un saldo a favor, ya que esto permite retener ese saldo y no perderlo”, concluyó Andrés Vélez, CEO de Tributi.com.