Finanzas Personales
¿En qué se usa la plata del 4 por mil que le cobran los bancos?
23 años han pasado desde la creación de este impuesto que inició como el 2 x 1.000.
Más de 20 años han pasado desde que se instauró aquel impuesto transitorio en 1998, durante el gobierno del expresidente Andrés Pastrana, mediante el Decreto 2331, expedido al amparo de la emergencia económica invocada por el Gobierno, para enfrentar la crisis financiera doméstica de esa época, preservar la estabilidad y la solvencia del sistema y proteger a sus usuarios.
Inicialmente se conoció como el 2 x 1.000 y se dijo que su permanencia no sobrepasaría los 12 meses, para luego extenderse y convertirse dos años después en un impuesto permanente que pasó al 3 x 1.000 y como lo conocemos hoy en día: “Por cada mil pesos que usted retire de una entidad financiera, cuatro se destinarán al pago de este rubro”.
De acuerdo con Asobancaria, el tributo es recaudado a través de las entidades financieras, pero su destinatario final es el Gobierno nacional. Los movimientos financieros que están sujetos a este impuesto son:
1. Transacciones financieras en las que se disponga de recursos en: cuentas corrientes y de ahorro, cuentas de depósito en el Banco de la República, saldos positivos en la tarjeta de crédito.
2. Débitos a fondos comunes ordinarios o fondos de valores.
3. La expedición de cheques de gerencia.
4. Desembolsos de créditos.
5. Traslado de fondos a cualquier título o cesión de recursos a cualquier título.
6. La disposición de recursos a través de los denominados contratos o convenios de recaudo o similares que suscriban las entidades financieras con sus clientes y que no se manejen por cuenta corriente, de ahorros o de depósito.
7. Los movimientos contables en los que se configure el pago de obligaciones o el traslado de bienes, recursos o de derechos a cualquier título.
8. Los desembolsos de créditos abonados y cancelados el mismo día.
¿En qué se usa el dinero recaudado con este impuesto?
Asobancaria explica que los fallos de la Corte Constitucional –sentencias C-122 y C-136 de 1999– decidieron que el dinero que se recaudara con este mecanismo se destinaría a la banca pública, a las cooperativas financieras y a los alivios para los deudores del sistema Upac (Unidad de Poder Adquisitivo Constante, que en ese entonces, era usado para calcular los créditos de vivienda).
“La destinación de los recursos provistos por este gravamen es de 10 % para la capitalización de la banca pública, 30 % para la de la banca cooperativa y 60 % para los alivios a los deudores hipotecarios (...) la capitalización de la banca privada fue asumida con recursos propios de sus accionistas (20 %) y con créditos de Fogafín, a tasas de mercado (80 %) y respaldados por el patrimonio de los accionistas, en caso de incumplimiento”, explica Asobancaria.
¿Por qué el 4 x 1.000 duró más del año previsto?
La Asociación Bancaria y de Entidades Financieras de Colombia también explicó que “una vez superada la crisis financiera, en 1999 bajo otra emergencia económica, (terremoto en la zona cafetera del país) el tributo se prolongó por otro año y se modificó el destino de los recaudos”.
Estos debieron entonces ayudar a financiar los gastos de la reconstrucción de las poblaciones más perjudicadas por la catástrofe natural. En el 2000, el gravamen fue convertido en un impuesto permanente y su tarifa inicial como contribución fue del 2 x 1.000 para los retiros realizados de las cuentas corrientes y de ahorro, los depósitos en el Banco de la República (BR) y la emisión de cheques de gerencia.
Pasados unos meses, la tasa se incrementó a 3 x 1.000 en 2000 (Ley 633) y en 2003 se elevó a 4 x 1.000, de manera transitoria hasta 2007 (Ley 863), sin embargo, en 2006 la tarifa del 4 x 1.000 se fijó como permanente (Ley 1111).