Economía

Estas son las personas que no estarán obligadas a pagar la declaración de renta en 2024

La declaración de renta contribuye a una distribución equitativa de la carga tributaria.

Redacción Economía
15 de marzo de 2024
La declaración de renta es un cargo que las personas naturales deben pagar al Estado.
La declaración de renta contribuye a una distribución equitativa de la carga tributaria. | Foto: Getty Images

La declaración de renta es un documento en el que se consignan los ingresos, los egresos y las inversiones. Este se presenta ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) y es utilizado por el Estado para calcular si el contribuyente deberá pagar impuestos y a cuánto ascenderían sus obligaciones.

En términos prácticos, con base en la declaración renta, el Estado determina si cobra mayores o menores impuestos al contribuyente en cuestión.

En ese sentido, declarar renta es esencial para el funcionamiento y desarrollo económico del país, garantizando una adecuada administración de los recursos y promoviendo la justicia fiscal.

DIAN Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Declarar renta es esencial para el funcionamiento y desarrollo económico del país, garantizando una adecuada administración de los recursos y promoviendo la justicia fiscal. | Foto: CESAR FLECHAS

Así las cosas, las personas que no estarán obligadas a pagar la declaración de renta en 2024 son:

Asalariados

Los asalariados que no sean responsables del IVA y cuyos ingresos brutos provengan por lo menos en un 80% de pagos originados en una relación laboral o legal y reglamentaria, siempre y cuando se cumplan la totalidad de los siguientes requisitos adicionales en relación con el año gravable:

  • Que el patrimonio bruto en el último día del año gravable 2020 no exceda 4.500 UVT ($160.232.000).
  • Que los ingresos brutos sean inferiores a mil 1.400 UVT ($49.850.000).
  • Que los consumos mediante tarjeta de crédito no excedan 1.400 UVT ($49.850.000).
  • Que el valor total de compras y consumos no supere las 1.400 UVT ($49.850.000).
  • Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras no exceda las 1.400 UVT ($49.850.000).
Personas naturales y sucesiones ilíquidas

Tampoco están obligadas a declarar las personas naturales y sucesiones ilíquidas que no sean responsables del IVA, residentes en el país y siempre y cuando, en relación con el año 2020, cumplan la totalidad de los siguientes requisitos:

  • Que el patrimonio bruto en el último día del año gravable no exceda las 4.500 UVT ($160.232.000).
  • Que los ingresos brutos del respectivo ejercicio gravable no sean iguales o superiores a 1.400 UVT ($49.850.000).
  • Que los consumos mediante tarjeta de crédito no superen las 1.400 UVT ($49.850.000).
  • Que el valor total de compras y consumos no supere las 1.400 UVT ($49.850.000).
  • Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras no excedan las 1.400 UVT ($49.850.000).
Personas naturales o jurídicas extranjeras

Personas naturales o jurídicas que pertenezcan al Régimen Simple de Tributación

Ley 1943 del 28 de diciembre de 2018, Libro Octavo, Impuesto Unificado bajo el Régimen Simple de Tributación (RST) para la formalización y la generación de empleo.

No todos los declarantes tienen que pagar el impuesto de renta.
Ley 1943 del 28 de diciembre de 2018, Libro Octavo, Impuesto Unificado bajo el Régimen Simple de Tributación (RST) para la formalización y la generación de empleo. | Foto: Getty Images