Economía
Esto es lo que deberá pagar de más si no cancela a tiempo el impuesto predial y vehicular en Bogotá
La fecha para pagar el impuesto predial ya caducó. Si no lo pagó, estas podrían ser algunas de las consecuencias. Al vehicular le quedan todavía unos días de plazo.
Hasta este viernes 14 de julio, la Secretaría de Hacienda de Bogotá había dado plazo para pagar el impuesto predial del año 2023. Este tributo, que se aplica para los dueños de un predio en Colombia, sea un apartamento, casa o local, se cobra dependiendo de diferentes características.
Esta fecha estaba vigente únicamente para las personas que no se acogieron al pago por cuotas, pues quienes sí lo hicieron, ya asumieron el pago de la primera cuota el pasado 9 de junio.
Sin embargo, les quedan otros tres pagos, distribuidos el 4 de agosto, 6 de octubre y 1 de diciembre. Quienes no tomaron la decisión de pagarlo a cuotas, deberán afrontar ahora una multa si no lo cancelaron.
Respecto al impuesto vehicular, a los propietarios de automotores aún les quedan unos días para cancelarlo. Pese a ello, es mejor no dejar que el tiempo les gane.
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Multa por no pagar el impuesto predial y vehicular en Bogotá
La Secretaría de Hacienda de Bogotá precisó que la persona que no pague el impuesto predial luego de su fecha límite, deberá pagar una sanción económica dependiendo de su estrato:
- Estrato 1 y 2, (4 UVT): $170.000.
- Estrato 3 y 4, (5 UVT): $212.000.
- Estrato 5 y 6, (7 UVT): $297.000.
Debe tener mucho cuidado, pues esa entidad puede embargar el vehículo u otro activo que tenga, si la deuda por impuestos excede un valor determinado, que normalmente es elevado.
Respecto al no pago del impuesto vehicular, que tiene plazo para pagarse hasta el 28 de julio de 2023 y que para esa fecha ya no tendrá el descuento del 10 %, la norma establece una multa también de ocho salarios mínimos, que son unos 309.336.
También precisa que los deudores que no paguen durante varios meses verán crecer su deuda, pues se aplicará el 1,5 % más. Esta norma también rige para el predial.
Recuerde que el pago de este tipo de impuestos se puede realizar a través de la oficina virtual de la Secretaría de Hacienda de Bogotá y de manera digital.
Declaración de renta 2023: ¿cómo hacerla y cuándo inician los vencimientos?
Los impuestos desempeñan un papel fundamental en la economía de Colombia. Son una fuente crucial de financiamiento para el gobierno y permiten cubrir los gastos públicos en áreas como educación, salud, infraestructura y seguridad, entre otras.
Además, contribuyen a reducir las desigualdades sociales, al redistribuir los recursos de manera más equitativa y son un instrumento para regular la actividad económica y promover el desarrollo sostenible del país. Estos son un instrumento muy importante para regular la actividad económica y promover el desarrollo sostenible.
La declaración de renta es un trámite fundamental para los contribuyentes que exceden los límites de ingresos establecidos por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian). Con el inicio del año 2023, es importante comprender los topes salariales determinados para la declaración de impuestos en este nuevo periodo fiscal.
La Dian, como entidad encargada de regular los impuestos sobre la renta en Colombia, establece los límites de ingresos que determinan la obligación de presentar la declaración. Estos límites incluyen el patrimonio bruto, los ingresos brutos, los consumos realizados con tarjeta de crédito y el valor total de compras y consumos acumulados.
El Decreto 1778, emitido en diciembre de 2022, establece los plazos y requisitos para las obligaciones tributarias sustanciales y formales de los contribuyentes. En este sentido, los límites para la presentación de la declaración de impuestos en el año 2023 están definidos en el Decreto 1951 de 2017.
Según esta normativa, no están obligados a presentar la declaración de impuestos aquellos empleados cuyos ingresos no estén sujetos al impuesto a las ventas del régimen común y que obtengan al menos el 80 % de sus ingresos de un salario remunerado por una relación laboral o legal y reglamentaria.
Asimismo, las personas naturales y las sucesiones líquidas que no sean responsables del impuesto a las ventas del régimen común están exentas de presentar la declaración de impuestos.