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Este impuesto es permanente, es decir que no se requiere que una ley lo cree cada tres o cuatro años como ocurría en el pasado. | Foto: Cortesía Investopi

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Impuesto al patrimonio: qué debe tener en cuenta para no morir en el intento

Hasta el 23 de mayo hay plazo para la declaración de la primera cuota de este gravamen en el país.

9 de mayo de 2023

En Colombia, hasta el 23 de mayo, se presentará la declaración del nuevo impuesto al patrimonio, que nació luego de la aprobación de la Reforma Tributaria que se realizó en el país.

De acuerdo con Lucas Solano, vicepresidente de planeación patrimonial en Credicorp Capital, este nuevo impuesto, a pesar de llamarse igual al que se tuvo en ocasiones anteriores, guarda importantes diferencias frente a estos; y que, al momento de declarar y pagar la primera de dos cuotas, hay dudas importantes.

pago de impuestos en Manizales
En ciertos rangos patrimoniales, este impuesto es más económico que el anterior impuesto de 2021. | Foto: Cortesía Alcaldía de Manizales

Según el experto, lo primero es que este impuesto al patrimonio al igual que los anteriores gravan la posesión de patrimonio líquido (patrimonio bruto menos las deudas) al primero de enero (en este caso del 2023) y a diferencia de los anteriores, este impuesto es permanente, es decir que no se requiere que una ley lo cree cada tres o cuatro años como ocurría en el pasado.

Agregó que en este nuevo impuesto se genera la obligación de presentar la declaración a partir de $3.053 millones para 2023, mientras que en 2021 nacía la obligación a partir de $5.000 millones.

Personas naturales

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Es importante hacer un análisis exhaustivo de este impuesto para presentar la declaración y pagar la primera cuota. | Foto: Getty Images

Sobre las deducciones aplicables al impuesto, continua la posibilidad de “restar” la vivienda de habitación, pero disminuye el número de UVT de 13.500 pasa a 12.000.

Las acciones

Explicó que en el tema de las acciones, “la discusión fue especialmente intensa en torno a la forma en que estás se debían calcular. En años anteriores simplemente se tomaba el costo fiscal de adquisición, en el nuevo impuesto varía: si son acciones bursátiles (aquellas que cotizan en la Bolsa de Valores de Colombia) se debe tomar el valor promedio de cotización del año o del período por el cual se tuvo”.

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La segunda cuota se deberá pagar en septiembre de este año. | Foto: Getty Images

Mientras que, “en el caso de que no sean bursátiles (por ejemplo las acciones de una sociedad por acciones simplificada S. A. S.), se debe tomar el menor (no el mayor) valor entre el costo fiscal ajustado con base en el artículo 73 del Estatuto Tributario desde 2006 y el valor intrínseco de estas.

Por otra parte, agregó que la forma en que quedó establecida la tarifa permite llegar a dos posibles conclusiones. Que no todas las personas que presenten la declaración de patrimonio necesariamente pagarían el impuesto.

De otro lado, según el experto, en ciertos rangos patrimoniales, este impuesto es más económico que el anterior impuesto de 2021 y dijo que es importante hacer un análisis exhaustivo de este impuesto para presentar la declaración y pagar la primera cuota, y la segunda cuota se deberá pagar en septiembre de este año, entre otros.