IMPUESTOS
¿Le llegó una declaración de renta sugerida por la DIAN? Esto es lo que debe saber
Este documento se realiza con los datos que empresas, bancos y demás entidades le envían a la administración tributaria.
Millones de colombianos se despertaron este martes con un correo de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) en sus bandejas de entrada, en el que les aseguraban que la entidad les hizo una declaración de renta sugerida para el trámite que deben hacer en las próximas semanas.
Este documento se realiza con base en la información exógena, que es la que reportan todas las empresas y entidades ante la administración tributaria. Por ejemplo, bancos, empleadores y demás firmas que tienen datos de los colombianos.
Y sirve como base para que los ciudadanos realicen su declaración de renta, aunque esto no implica que el formulario enviado sea el definitivo. Cada personas es responsable de revisar esta información y confirmar o ajustar, de tal modo que el trámite quede bien hecho. Así como de determinar si en efecto debe declarar o no.
SEMANA le cuenta los puntos clave para entender las declaraciones sugeridas, qué datos incluye, qué hacer si lo incluido tiene errores y cómo arreglarlos.
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1. ¿Qué es la declaración sugerida?
Es un mecanismo de facilitación y aprovechamiento de los datos reportados por terceros (exógena), que la DIAN pone a consideración de las personas naturales obligadas a declarar renta por el periodo gravable 2020.
2. ¿A quién va dirigida la declaración sugerida?
La declaración sugerida aplica para personas naturales residentes que durante el año gravable 2020 cumplieron con alguna de las condiciones para declarar renta, de acuerdo con los siguientes umbrales:
- Patrimonio bruto a 31 de diciembre del año gravable 2020 mayor a $ 160′232.000
- Ingresos totales durante el año gravable 2020 iguales o mayores a $ 49′850.000.
- Consumos por medio de tarjeta de crédito durante el año 2020 mayores a $ 49′850.000.
- Valor total de compras y consumos durante el año 2020 mayor a $ 49′850.000.
- Valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras durante el año 2020 mayor a $ 49′850.000.
3. ¿Qué casillas vienen diligenciadas en el formulario de la declaración sugerida?
Para el año gravable 2020, que se declara y paga en el 2021, se diligencian las siguientes casillas:
- Patrimonio bruto
- Deudas
- De la cédula general:
- Cédula ingresos brutos por renta de pensiones del país y del exterior.
- Cédula dividendos y participaciones.
- Ingresos por ganancias ocasionales en el país y en el exterior.
- Anticipo renta liquidado año anterior.
- Saldo a favor del año gravable anterior.
- Retenciones año gravable a declarar.
Es importante que tenga presente que la información de la declaración sugerida es de orientación general para facilitar el cumplimiento de tus obligaciones tributarias.
Esta corresponde a la exógena tributaria reportada por terceros para el año gravable 2020, la cual tiene corte al 16 de junio de 2021.
4. ¿Cómo puedo saber si tengo una declaración sugerida?
Para este caso tiene dos opciones: ingresar al micrositio de Renta naturales año gravable 2020 en ¿Tienes declaración sugerida de renta?
Allí se despliega en el menú la opción: ¿Cómo consultar si tienes una Declaración de Renta Sugerida?, haga clic para consultar con su NIT o número de cédula si tiene una declaración disponible.
La otra forma es ingresando directamente a www.dian.gov.co, ir al Portal Transaccional, entrar a su cuenta como usuario registrado, digitar sus datos y contraseña. Cuando esté en su cuenta verá el recuadro ‘Diligenciar y presentar Formulario 210 Declaración de Renta y complementario personas naturales’ o declaración sugerida para quienes aplica. Ingrese en esta opción y podrá ver si tiene una declaración sugerida.
5. ¿Puedo editar la información diligenciada en el formulario sugerido?
Sí puede editar toda la información contenida en el formulario, tenga en cuenta que solo usted conoce la realidad jurídica, económica y financiera que deberá declarar, así que puede corregir, adicionar o eliminar cualquier dato en el formulario.
6. ¿Qué puedo hacer si la información exógena tiene errores?
Teniendo en cuenta que la información exógena es reportada por terceros sobre sus operaciones con clientes, proveedores y otros, la DIAN no puede hacer correcciones sobre esta información.
En caso de encontrar datos que no correspondan a su realidad jurídica, económica y financiera, debe contactarse directamente con quien reportó sus datos para que realice la corrección.
7. ¿Qué debo hacer si estoy de acuerdo con la información reportada en la declaración sugerida?
Una vez verificada la información o editada cuando sea el caso, debe terminar de diligenciar los demás campos de la declaración en caso de que posea otras rentas que no se vean reflejadas en los valores sugeridos.
Igualmente, debe ingresar la información de los campos para los cuales no hay valor sugerido o este aparece en cero, de acuerdo con su realidad jurídica, económica y financiera. Luego de esto, deberá seguir el proceso habitual para presentar su declaración y realizar el respectivo pago, si hay lugar a ello.
8. ¿Qué debo hacer si no quiero aceptar la declaración sugerida y prefiero diligenciar mi declaración desde ceros?
Si la información contenida en la declaración sugerida no refleja la realidad jurídica, económica y financiera de su situación tributaria o prefiere hacer su declaración desde ceros, podrá remitirse a la herramienta Programa Ayuda Renta, para elaborar su declaración con la información que disponga.