Declaración de Renta
Mitos y realidades de la declaración de renta digital
Cumplir con este trámite es una obligación exigida por el Gobierno nacional.
Cada vez más se reduce el plazo para que los colombianos presenten su declaración de renta este 2022. De acuerdo con el calendario tributario de la Dian, las personas naturales que están obligadas a declarar tienen entre el 9 de agosto y el 19 de octubre para hacerlo, según los dos últimos números de su cédula.
Es importante tener presente que cada persona tiene una fecha límite, de acuerdo con los dos últimos números de su cédula de ciudadanía. Por lo tanto, lo primero es conocer hasta qué día tiene plazo para cumplir con esta obligación tributaria. Si bien hay algunas personas naturales que cumplen los requisitos para presentar una declaración de impuesto sobre la renta, no necesariamente significa que deban pagar algún valor al momento de presentarla.
Para muchos contribuyentes, esta obligación tributaria se convierte en un momento caótico debido a lo dispendioso que puede parecer este procedimiento. Sin embargo, gracias al auge tecnológico y de las plataformas digitales, ahora es posible hacer la declaración de renta desde cualquier lugar de manera oportuna y adecuada. Para ello, tan solo es necesario disponer de un dispositivo y acceso a internet.
En entrevista con SEMANA, Andrés Vélez, cofundador y CEO de Tributi, aseguró que actualmente todavía existen muchos mitos sobre alternativas seguras, como la declaración de renta digital, la cual puede ser mucho más ágil que la presencial y en muchas ocasiones solo exige tener las cuentas claras. Este experto habló de varias de esas creencias erróneas que aún se tienen.
1. Es necesario tener un contador que firme y realice el proceso: esto es un mito; la realidad es que gracias a las diferentes tecnologías y cursos colgados en internet, los contribuyentes pueden efectuar autónomamente este proceso. Sin embargo, y siguiendo los lineamientos estipulados en el numeral 6 del artículo 596, quienes cuenten con un patrimonio superior a 3.630.800.000 pesos por 2021, sí deberán manejar una contabilidad estricta.
2. Hay que saber contabilidad: falso. Hoy en día existen muchas plataformas digitales en las que no es necesario que las personas tengan conocimientos previos o básicos de contabilidad, pues esta herramienta permite la realización del proceso contable en simples pasos y hace todos los cálculos de forma correcta. Solo es necesario que el usuario suba sus certificados y soportes a la aplicación para que la app los lea y calcule automáticamente.
3. Declarar renta es igual a pagar el impuesto: no. Este es uno de los mayores miedos que tienen todos los contribuyentes “primíparos”, sin embargo, muchas personas que declaran renta no tienen que pagar ningún impuesto al presentarla, o incluso pueden llegar a obtener un saldo a favor si ya habían pagado un impuesto mayor al calculado a través de mecanismos como la retención en la fuente.
4. Qué pasa si no tengo el efectivo para pagar mi declaración: la Dian permite presentar la declaración y pagar el impuesto posteriormente sin sanción por extemporaneidad. Sin embargo, esto genera unos altos intereses que se deben cancelar. Existen otras alternativas de pago, que pueden ser más económicas a través de entidades financieras que han abierto líneas de crédito para el pago de impuestos o pagando con una tarjeta de crédito.
5. Hay descuentos por tener medicina prepagada o pólizas de salud: verdadero. Esto es posible siempre y cuando se brinden los soportes necesarios para que el Estado esté al tanto de estos planes adicionales de salud. Otras condiciones que dan paso a beneficios tributarios y permiten hacer deducciones en la declaración de renta son: donaciones efectuadas a organizaciones sin ánimo de lucro reconocidas por la Dian; los aportes a la seguridad social de personas empleadas o independientes; los créditos con el Icetex, aportes a pensiones voluntarias o cuentas AFC, entre otros.
6. Se debe tener RUT para declarar renta: verdadero. Esto no es un mito, es una obligación. Las personas que deban realizar su declaración de renta deberán tener Registro Único Tributario (RUT) y, en dado caso de que ya lo hayan solicitado previamente, este debe estar actualizado tanto con los datos personales como la fuente principal de ingresos en curso.
No hay que pasar por alto que reportar la declaración después de la fecha límite acarreará una sanción por extemporaneidad, la cual equivale al 5 % del impuesto a cargo y aumenta con cada mes o fracción de mes que pase entre la fecha límite de pago y la fecha en la cual se presente la declaración de renta.
De acuerdo con lo estipulado por la Dian, la sanción mínima que se pagará este año por las obligaciones incumplidas o mal cumplidas es de 380.000 pesos. Esto quiere decir que solo por declarar un día tarde, ya se tendría que asumir este valor, incluso si la declaración de renta arroja un valor a pagar de cero.