Impuestos
Pilas que se acaba el tiempo para acceder a este beneficio con el impuesto predial en Bogotá
La Secretaría de Hacienda reiteró el llamado a los ciudadanos para que no pierdan la oportunidad.
Se acaba el tiempo para que los contribuyentes se acojan al pago por cuotas del impuesto predial en el año 2023. Según la Secretaría de Hacienda, aquellos ciudadanos que deseen aprovechar esta modalidad de pago deben presentar una declaración antes del 26 de mayo a través de la Oficina Virtual de la entidad.
Para realizar la declaración, los contribuyentes deben ingresar a la plataforma y seleccionar la opción “Generar declaración” en la pestaña “Declaraciones” de la barra superior. Luego, deben elegir “Predial” y posteriormente “Año gravable 2023″.
Es importante tener en cuenta los plazos establecidos para el pago por cuotas en caso de acogerse a este beneficio. La declaración inicial debe presentarse antes del 26 de mayo de 2023, mientras que las fechas de pago de las cuotas son las siguientes: primera cuota, el 9 de junio; segunda cuota, el 4 de agosto; tercera cuota, el 6 de octubre y cuarta cuota, el 1 de diciembre.
Es fundamental destacar que el pago del impuesto predial por cuotas se realiza a través del cupón de pago que se obtiene desde la Oficina Virtual, específicamente en la opción “Consultas/Obligaciones pendientes/Cupones/Imprimir cupones”.
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En cuanto al impuesto de vehículos, no existe la posibilidad de realizar el pago en cuotas. Los contribuyentes deberán efectuar un pago único y total antes del 2 de junio, que es la fecha límite para obtener un descuento del 10% por pronto pago, o antes del 28 de julio, que es la fecha límite de pago sin descuentos.
Es importante tener en cuenta que el pago por cuotas del impuesto predial no aplica para el descuento del 10 % por pronto pago ni para el cobro de intereses. Los contribuyentes que se acojan a esta modalidad de pago deberán cancelar la tarifa plena establecida.
En caso de que los contribuyentes hayan optado por el pago por cuotas y posteriormente decidan acceder al descuento del 10 %, deberán acudir personalmente a la Secretaría de Hacienda para llevar a cabo el proceso de reversión.
Con el vencimiento próximo de los plazos para acogerse al pago por cuotas del impuesto predial, se hace necesario que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones tributarias de manera oportuna. La Secretaría de Hacienda reiteró la importancia de realizar los trámites correspondientes a través de la Oficina Virtual y de consultar los cupones para facilitar el proceso de pago por cuotas.
Para más información y aclaraciones sobre el pago de impuestos, se recomienda a los contribuyentes contactar directamente con la Secretaría de Hacienda, donde podrán recibir asesoramiento personalizado y resolver cualquier inquietud que puedan tener.
Así se puede obtener el 50 % de descuento en intereses de deudas de impuestos
La Secretaría Distrital de Hacienda adoptó las medidas tributarias transitorias que le permiten disminuir en 50 %, de manera temporal, la tasa de interés moratoria para los contribuyentes que tienen deudas de impuestos con Bogotá.
Esta medida incluye todas las obligaciones vencidas antes del 13 de diciembre de 2022, de cualquiera de los impuestos distritales: Predial, Vehículos, ICA, ReteICA, Sobretasa a la gasolina, Delineación urbana y los demás que recauda la ciudad.
Los contribuyentes que quieran acceder a este beneficio tributario podrán ingresar con su clave y contraseña a la Oficina Virtual de Hacienda, en https://nuevaoficinavirtual.shd.gov.co/bogota/es/login, entrar a Consultas / Obligaciones Pendientes y generar el recibo de pago del impuesto seleccionado.
Para el pago de ICA y ReteICA, se debe ingresar a este enlace: https://oficinavirtual.shd.gov.co/OficinaVirtual/login.html.
Paso a paso para obtener el 50 % de descuento en los intereses
1. Entrar desde www.haciendabogota.gov.co a la Oficina Virtual con el usuario (correo electrónico) y contraseña. Si no se está registrado, se tendrá que hacer.
2. Una vez se inicie la sesión en la Oficina Virtual, el interesado puede acceder por “Contribuyente”.
3. En la parte superior de la pantalla, se debe ir a la opción “Consultas” y seleccionar “Obligaciones pendientes”.
4. Elegir el impuesto, según sea el caso.
5. Hacer clic en el botón “Generar ROP” (recibo oficial de pago). Hay que tener en cuenta que se generará un recibo por cada año gravable, impuesto y objeto.
6. Aparecerá una nueva pantalla con el valor actualizado. Por tal motivo se debe dar clic en el botón “Generar ROP” para que el sistema aplique el descuento del 50% sobre los intereses (calculados hasta el día que se genera el recibo) por el total de la deuda. El recibo tendrá una fecha máxima de pago. Si no se realiza en ese tiempo, se deberá generar un nuevo ROP.
7. Si se desea pagar en línea, se toma la opción “Regresar”, selecciona el impuesto y luego hacer clic en el botón “Pagar”, frente al año correspondiente.