Impuestos
Tome nota: los documentos que debe tener a la mano para realizar su declaración de renta en 2023
Ya está corriendo el calendario tributario y este es un trámite que no se puede dejar pasar.
La declaración de renta en Colombia es una obligación tributaria que cada año deben cumplir las personas naturales y jurídicas que cumplan con ciertos requisitos establecidos por la ley. Este proceso es de vital importancia, ya que a través de él, los contribuyentes informan sus ingresos, deducciones y otros datos relevantes para calcular el impuesto sobre la renta que deben pagar al Estado.
Cada valor que se consigne en la declaración de renta debe estar soportado, especialmente si se trata de costos, deducciones, pasivos, rentas exentas o ingresos no constitutivos de ganancia ocasional. Quien lleve contabilidad puede valerse únicamente de la contabilidad, suponiendo que se esté llevando de la mejor manera y tenga archivados los comprobantes pertinentes.
En el caso de las personas naturales deben tener una serie de documentos que soporten todos los valores que consignen en su declaración de renta, por si la Dian los solicita en un proceso de fiscalización. Estos soportes serán fundamentales para dar validez a la información que se suministra ante las autoridades tributarias y de esta forma se puedan evitar dolores de cabeza en el futuro.
En relación con los activos que se declaren, debe tenerse el documento que sirve de base para determinar el costo fiscal por el que se declara, y dependiendo de los activos se debe tener los extractos bancarios, recibos del pago del impuesto predial, recibo del pago del impuesto de vehículos y/o factura de la compra del vehículo, certificado de inversiones, facturas de compra de maquinaria, certificado de avalúos técnicos y anexo de la declaración anterior.
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Los pasivos que se declaren deben estar todos soportados, y tratándose de créditos bancarios con entidades vigiladas por el estado es suficiente el extracto o certificación bancaria. Si se trata de otros pasivos como deudas con particulares es preciso tener documentos con fecha cierta.
El único concepto que se puede declarar sin tener soportes es el de ingresos, pues la Dian no se molesta por eso, pero es necesario tener las facturas, contratos o certificados de retención a fin de poder relacionar y sumar todos los ingresos obtenidos en el periodo respectivo.
En el caso de los asalariados, el certificado de ingresos y retenciones contiene los pagos recibidos por el trabajador en el año respectivo. Si no se tienen los documentos, se puede recurrir al reporte de terceros que la Dian pone a disposición del contribuyente, como se explica en el siguiente artículo.
“Reporte de Conciliación Fiscal Anexo Formulario 210, Formato modelo No. 2517–versión 3, que deberá ser diligenciado por los contribuyentes del Impuesto Sobre la Renta y Complementarios, obligados a llevar contabilidad o quienes de manera voluntaria decidan llevar contabilidad y que declaren en el formulario No. 210, según anexos No. 2 y 4 de la Resolución 000027 del 24 de marzo de 2021″, explica la Dian al respecto.
Es fundamental que los contribuyentes recolecten y conserven adecuadamente toda la documentación respaldatoria de su declaración de renta, ya que la omisión o falta de respaldo de la información puede generar problemas con la autoridad tributaria y llevar a sanciones o multas. Además, es recomendable contar con el asesoramiento de un contador o profesional en temas tributarios para asegurarse de cumplir adecuadamente con las obligaciones fiscales y maximizar los beneficios y deducciones permitidas por la ley.
“El Reporte de Conciliación Fiscal deberá ser diligenciado y presentado a través de los servicios digitales de la DIAN, por los contribuyentes del Impuesto Sobre la Renta y Complementarios obligados a llevar contabilidad o por quienes de manera voluntaria decidan llevar contabilidad, cuyos ingresos brutos fiscales obtenidos en el período gravable objeto de conciliación sean iguales o superiores a 45.000 UVT. En los demás casos, el formato deberá ser diligenciado y puesto a disposición de la DIAN”, agregó esta autoridad tributaria.
En el calendario tributario se han establecido las fechas límites para la declaración de renta de las personas naturales en Colombia. Dependiendo de los últimos dos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT) del declarante que conste en el Registro Único Tributario (RUT), se asigna un día específico para presentar la declaración. De esta manera, aquellos contribuyentes cuyo NIT termine en 01 o 02 tienen como fecha límite el 9 de agosto, mientras que aquellos cuyos NIT terminen en 31 o 32 deben presentar su declaración antes del 31 de agosto.