OPINIÓN
La marca que te marca
La marca debe estar registrada ante la Superintendencia de Industria y Comercio, que en Colombia es la única entidad autorizada para conceder un registro marcario y su titularidad.
Como lo vengo pregonando en mis anteriores columnas, el emprendimiento, y entre ellos la franquicia, es la clave para comenzar a salir de la crisis actual. Uno de los elementos fundamentales de cualquier emprendimiento, y ni que hablarse de una franquicia, es la marca que va a distinguir a la persona o empresa de otras y que va a hacer de este emprendimiento la marca que te marca.
Pero, ¿qué es la marca y por qué es tan importante para nuestros emprendimientos?
Sintetizando: la marca es el signo que distingue a un producto o servicio de otro y está definida en la decisión 486 de la Comunidad Andina de Naciones en su artículo 134 de la siguiente forma:
“De los Requisitos para el Registro de Marcas Artículo 134.- A efectos de este régimen constituirá marca cualquier signo que sea apto para distinguir productos o servicios en el mercado. Podrán registrarse como marcas los signos susceptibles de representación gráfica. La naturaleza del producto o servicio al cual se ha de aplicar una marca en ningún caso será obstáculo para su registro. Podrán constituir marcas, entre otros, los siguientes signos: a) las palabras o combinación de palabras; b) las imágenes, figuras, símbolos, gráficos, logotipos, monogramas, retratos, etiquetas, emblemas y escudos; c) los sonidos y los olores; d) las letras y los números; e) un color delimitado por una forma, o una combinación de colores; f) la forma de los productos, sus envases o envolturas; g) cualquier combinación de los signos o medios indicados en los apartados anteriores”.
Ahora bien, amigos lectores, ya clarificado qué es una marca, su importancia radica en que es nada más ni nada menos que la expresión, signo, sonido o etiqueta que los va a distinguir en sus actividades, lo que hará que sean reconocidos por los demás, no solo por sus clientes directos, sino por sus proveedores y el público en general.
El tener su marca registrada le va a permitir con tranquilidad darse a conocer en redes sociales y hacer crecer con seguridad su negocio, ya que va a impedir que terceras personas utilicen una marca igual o similar a la suya en el mercado. Asimismo, podrá monetizar su marca usándola para usted en sus negocios o actividades, licenciándola o franquiciándola; un ejemplo de esto lo podrá encontrar en el portal www.franquiciaslatam.co, en el cual se comercializan varias franquicias cuya marca esta debidamente registrada.
Son varios los errores que cometen los emprendedores en referencia a la propiedad industrial y estos son algunos de ellos:
- Pensar que porque usan una marca, este uso les genera la propiedad de misma. ¡No! Esto no es así, la marca debe estar registrada ante la Superintendencia de Industria y Comercio, que en Colombia es la única entidad autorizada para conceder un registro marcario y su titularidad.
- Creer que porque su empresa está matriculada en la Cámara de Comercio tiene automáticamente el derecho a la marca. No. La matrícula mercantil es una inscripción que usted como comerciante debe hacer ante la respectiva Cámara, para dar legalidad a su negocio, y es totalmente diferente al registro de la marca.
- Otro de los errores en que incurren los empresarios es pensar que porque tienen un nombre de dominio o se anuncian en las redes sociales con una expresión ya tienen derecho a la misma. Esto tampoco es correcto, usted puede tener un nombre de dominio y esto no le va a generar ninguna propiedad sobre la marca; de hecho, si yo soy propietario de una marca y usted tiene un nombre de dominio igual, podría llegar a perderlo porque la marca fue registrada con anterioridad. Así mismo ocurre con las redes sociales.
- Por último, y no menos frecuentemente, sucede que una persona confía en que por tener una marca registrada en el exterior cuenta con derechos a la misma en Colombia. Esto tampoco es cierto, los registros marcarios son de carácter nacional, eso quiere decir que el registro de la misma es válido únicamente en el país que la concede, salvo algunas excepciones como el registro en la Comunidad Europea, que permite un solo registro para todos los países de la unión.
Es fundamental recordarles que la titularidad o propiedad de una marca la concede la Superintendencia de Industria y Comercio en el caso de Colombia y en cada país hay una oficina competente para otorgar el registro del misma. Las marcas se conceden por un periodo de 10 años a partir de su registro y podrán ser renovadas por periodos de 10 años más y así sucesivamente.
Otro aspecto importante a tener en cuenta cuando vaya a registrar marca es para diferenciar para qué tipo de productos o servicios la quiero y la necesito. Para ayudarnos a resolver esto, la Organización Mundial de Propiedad Industrial instauró una clasificación que es prácticamente universal y que se denomina la clasificación de Niza; en esta clasificación hay 45 clases, de las cuales las primeras 34 son para distinguir productos y las siguientes, desde la 35 a la 45, para distinguir servicios.
Para una buena comprensión del lector, vamos a hacer un pequeño ejercicio de clasificación. Tengo un restaurante de venta de hamburguesas y mis salsas son un hit, así que quiero venderlas a los clientes del restaurante para que las consuman en sus casas. Además, los pepinillos de la casa son deliciosos y voy a comenzar a comercializarlos en una cadena importante, y estoy en el portal www.franquiciaslatam.co, donde van a comercializar mis franquicias.
Observemos con detención:
- Mi restaurante debo registrarlo en la clase 43 que es la pertinente para servicio de restaurantes.
- Las salsas debo registrarlas en la clase 30.
- El pepinillo se clasifica en la clase 29.
- Y el sistema de franquicias en la 35.
Es de anotar que en Colombia y otros países se permite hacer un registro multíclases, lo que quiere decir que puedo registrar varias clases con un solo proceso.
Una de las preguntas recurrentes que nos hacen los emprendedores es cómo pueden hacer valer sus derechos, una vez tienen su marca protegida y si hay marcas similares en el mercado.
Hay varias formas de proteger sus derechos, una de ellas es iniciar una acción penal ante la Fiscalía por usurpación de marca y patente o una acción por usurpación de marca ante la división de asuntos jurisdiccionales de la Superintendencia de Industria y Comercio, o ante la misma entidad por competencia desleal.
No quiero terminar este primer artículo sobre las marcas y su importancia sin antes indicarles que uno de los elementos esenciales en la existencia de una franquicia es que la empresa franquiciante tenga sus marcas debidamente registradas en el país en el que va a iniciar operaciones. Así que, cuando vayan a comprar un franquicia, exijan que les demuestren con el respectivo certificado del registro que esta se encuentra registrada; si no está la marca registrada -o por lo menos su registro solicitado- no se les vaya a ocurrir comprar una franquicia. Si usted quiere encontrar franquicias y que cumplan el requisito de tener la marca registrada, búsquelas en el portal www.franquiciaslatam.co
Si quiere conocer más sobre la propiedad industrial y los derechos involucrados en la misma puede consultarnos en seneoryseneor@seneorlawyers.com
Esta columna es in memoriam de Fernando y Jack, dos buenos amigos lectores de estas líneas y a quienes el coronavirus les impidió continuar leyéndolas, desde el fondo de mi corazón: gracias.
Por Julio Seneor