Pensión de Sobrevivientes

¿Cuánto tiempo se tiene para reclamar la pensión de sobreviviente?

El mecanismo cobija a algunos familiares del jubilado que fallece, así se reclama.

Redacción Semana
27 de septiembre de 2023
Así puede preparar su bolsillo para gozar responsablemente de la tan anhelada jubilación
Este es el proceso para solicitar la pensión por sobrevivientes. | Foto: Getty Images

La pensión de sobrevivientes, en Colombia, es un beneficio que se otorga a los familiares dependientes de un afiliado al sistema de seguridad social cuando este fallece. El mecanismo tiene varias condiciones para aplicarse, y es un derecho que tienen las personas, amparado por la ley.

En un resumen general, puede decirse que hay dos tipos de pensión por sobrevivientes, la primera es cuando el fallecido ya había alcanzado su jubilación, y los familiares reclaman su derecho, a esto se le conoce como sustitución pensional. La otra es cuando el titular muere sin alcanzar a cobrar la jubilación, pero, si alcanzó a completar todos los requisitos para acceder a ese pago, a eso sí se le denomina explícitamente pensión de sobrevivientes.

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¿Quiénes pueden reclamar la pensión por sobrevivientes? | Foto: Getty Images

De acuerdo con el Ministerio de Justicia, para presentar la solicitud de pensión de sobrevivientes, solamente lo pueden pedir:

  • Cónyuge o compañero permanente.
  • Hijos menores de edad o si se encuentran estudiando, hasta los 25 años.
  • Padres, siempre que tuvieran dependencia económica con el afiliado o pensionado.

Dentro de ese grupo, se incluyen los hermanos con alguna discapacidad, estos pueden reclamar la pensión, siempre y cuando no exista ninguna otra persona que dependiera económicamente del titular.

La prelación de los beneficiarios privilegia, en orden, a: cónyuges e hijos (si ambos la solicitan, se reparten entre ellos); padres, si demuestran dependencia económica; hijos o hermanos inválidos, demostrando la misma condición monetaria.

En general, se exigen: formulario único de solicitudes prestacionales, registro civil de defunción, registro civil de nacimiento (en el caso de los hijos), fotocopia del documento de identidad, registro civil de matrimonio (cónyuges), declaración juramentada de convivencia del interesado(a) o de terceros, entre otros, que varían dependiendo el parentesco.

Luego de radicar los documentos en las oficinas del fondo de pensiones privado o en las oficinas de Colpensiones, de acuerdo a cada caso, estos serán evaluados y analizados por la entidad, la cual decidirá si usted cumple con los requisitos para ser beneficiario de la pensión de sobreviviente. De ser así, le indicarán el monto de la pensión y las características de esta”, explica el Ministerio de Justicia.

La edad de jubilación en Colombia es de 62 años para hombres y de 57 años para mujeres, que hayan cumplido las 1.300 semanas cotizadas (aproximadamente 26 años).
No olvide las condiciones de la pensión por sobrevivientes. | Foto: Getty Images

Tenga en cuenta las condiciones y requisitos

Si bien la normativa es amplia, por la posibilidad que tienen varios tipos de familiares, es importante señalar que la ley no determina un plazo, ni mínimo ni máximo, para reclamar la pensión por sobrevivientes, quiere decir, no prescribe.

Esto no quiere decir, que no haya algunas regulaciones, donde por ejemplo se detalla que la pensión puede ser temporal o vitalicia. Estas están contempladas en la Ley 100.

En el fondo público, el Ministerio de Justicia detalla: “ante Colpensiones, usted puede presentar un recurso de reposición y/o apelación dentro de los 10 días hábiles siguientes al rechazo de la solicitud, explicando por qué considera que la decisión fue errónea”.

La solicitud se puede hacer en el extranjero. | Foto: Guillermo Torres

Este beneficio aplica para residentes colombianos en el exterior. El proceso se adelanta de manera similar, pero, la solicitud se presenta ante el Consulado de Colombia, o la autoridad competente del país donde viva.

“En caso que en el país donde se suscriba el documento no haya Consulado de Colombia y este haga parte del Convenio de la Haya, los documentos deben acompañar el certificado de apostille. Los documentos deben presentarse en idioma castellano o su traducción oficial”, agrega la UGPP (Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales).

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