Cesantías
Intereses de cesantías, un dinero extra que los trabajadores deben recibir en enero; acá le explicamos al detalle
Este es un mecanismo de protección de ahorro para los trabajadores.
Si bien los meses más esperados generalmente por los trabajadores en Colombia son junio y diciembre, por el pago de las primas de servicios; aunque no parezca, enero también es una fecha importante, ya que durante estas fechas se recibe un dinero extra, más allá de los salarios, que se convierte en una ayuda para superar los retos con los que normalmente comienza el Año Nuevo. Se trata de los intereses de las cesantías.
Esta es una obligación que tienen las empresas con sus colaboradores, la cual se calcula sobre las cesantías que se ahorran cada año con el fin de proteger a los empleados en caso de quedarse sin trabajo. Este pago se liquida de manera anual, a corte de 31 de diciembre, y en caso de que no se haya cumplido un año, el empleador deberá promediar los días trabajados para realizar el aporte a los fondos de cesantías.
Ahora bien, pese a que los empleados no pueden cobrar sus cesantías libremente cada año, las empresas sí están en la obligación de cancelar un interés sobre las utilidades acumuladas por este concepto durante el año, que se conocen como los intereses de las cesantías, y es uno de los primeros pagos, además del salario mensual, que normalmente se recibe cada comienzo de año.
Estos corresponden, según el artículo 99 de la Ley 50 de 1990, al 12 % anual sobre los saldos que tenga a su favor por concepto de cesantías al 31 de diciembre de cada año o en las fechas de retiro definitivo del trabajador o de liquidación parcial de cesantías, y deben pagarse antes del 31 de enero de cada año. Es decir que los intereses de cesantías del 2022 deben ser cancelados antes de esta fecha del 2023.
¿Cómo calcular los intereses de las cesantías?
Calcular los intereses de las cesantías se puede realizar de diferentes maneras. Una de las más comunes es tomar tres variables: la remuneración mensual, días trabajados y días laborados total del año.
Con estos tres datos se utiliza la siguiente fórmula: Remuneración mensual * días trabajados / 360 días laborales. Si un empleado tiene un salario mensual de $1.200.000 y trabajó durante los 12 meses, es decir 360 días, el valor de las cesantías serían de 1.2 millones de pesos.
Tras hallar este valor se tiene que utilizar otra fórmula un poco más compleja: Cesantías totales*días trabajados*0.12 / 360 días laborales. Reemplazando los valores, quedaría de la siguiente manera: 1.216.666 pesos*360*0.12/ 360 días laborales = 144.000 pesos.
En este sentido, este trabajador, a más tardar el 31 de enero, tendría que recibir su salario y a esto sumarle $144.000.
¿Cuándo se pueden retirar las cesantías?
Terminación del contrato: para solicitar las cesantías por esta causal, solamente debe tener la terminación del contrato, aunque por lo general este proceso lo reporta el empleador a la respectiva entidad donde hacía el ahorro. “Cuando la terminación del contrato de trabajo ocurra por cualquiera de las causas previstas en el Código Sustantivo del Trabajo, distintas a la de la muerte del trabajador, para el retiro de las sumas abonadas a su cuenta en un Fondo de Cesantías, bastará la solicitud del afiliado, acompañada de prueba al menos sumaria sobre la terminación del contrato”, dice el Ministerio del Trabajo.
Prestación de servicio militar: en caso de llamamiento ordinario o convocatoria de reservas para prestar el servicio militar, “el trabajador podrá retirar el auxilio de cesantía causado hasta la fecha de la suspensión del contrato, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 255 del Código Sustantivo del Trabajo”, según el Ministerio del Trabajo.
Inversión en educación: las cesantías son un ahorro con el que podrá financiar de manera parcial los estudios de educación superior, tanto del empleado como del cónyuge y los hijos. Asimismo, está avalado para pagar créditos del Icetex y, para su retiro, debe tener a la mano copia del recibo de pago de la institución educativa en donde se refleje el nombre del beneficiario y el valor a pagar.
Invertir en acciones: las personas naturales podrán retirar sus cesantías acumuladas con el objeto de adquirir e invertir en acciones de propiedad del Estado, en los términos y condiciones establecidas en la Ley 226 de 1995. “El Fondo de Cesantías o el Fondo Nacional del Ahorro, según sea el caso, deberá liquidar y entregar los recursos de cesantías en las condiciones establecidas en el programa de enajenación respectivo”, afirma el Ministerio del Trabajo.
Comprar o mejorar la vivienda: Los trabajadores podrán exigir el pago parcial de su auxilio de cesantía para la adquisición, construcción, mejoras o liberación de bienes raíces destinados a su vivienda, siempre y cuando “dicho pago se efectúe por un valor no mayor del requerido para tales efectos”.
Pago de impuestos: otra oportunidad de utilizar las cesantías es para pagar los gravámenes hipotecarios o pago de impuestos prediales del terreno o bien inmueble que sea de propiedad del trabajador o el cónyuge.