Pensiones

Pensión obligatoria: ¿cuáles son los beneficios de cotizarla?

Tres razones para dejar de creer que cotizar la pensión es solo un trámite legal.

4 de octubre de 2022
En Colombia, el sistema pensional determina que los hombres pueden pensionarse a los 62 años y las mujeres a los 57. Foto: Pantherstock

Una investigación de Colfondos, uno de los cuatro fondos privados de pensiones y cesantías, reveló que la mayoría de colombianos ven remota la idea de llegar a recibir su mesada de la pensión cuando ya cumplan la edad y las semanas de cotización.

En Colombia, el sistema pensional determina que los hombres pueden pensionarse a los 62 años y las mujeres a los 57 y reunir 1.300 semanas de cotización en el régimen público y 1.150 en los fondos privados.

Por ello, el fondo de pensiones entregó una serie de beneficios para que quienes sienten que aún están lejos de pensionarse, vean la posibilidad de que en un futuro recibirán su mesada y disfrutar de esos ahorros cuando termine el ciclo laboral.

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Tres beneficios de cotizar la pensión obligatoria

1. Tener una cuenta de ahorro individual (CAI), ya que los aportes van a esta cuenta que está a nombre del aportante. Allí se acumulan los ahorros durante toda la etapa productiva y los rendimientos generados.

2. Administrar los ahorros. Colfondos cuenta con la opción multifondos, que con el acompañamiento experto, el afiliado puede escoger la opción más conveniente dependiendo de la edad y el perfil.

3. Fortalecer el ahorro pensional, esto se puede realizar de dos formas: realizando aportes adicionales a los establecidos por la ley para la pensión, o ahorrando a través de los portafolios de pensión voluntaria.

Situación actual del sistema pensional en Colombia

El sistema general de pensiones en el país fue creado como una herramienta de ahorro programado para garantizar que los colombianos aprovechen su vida laboral y guarden parte de lo que se ganan, con el fin de tener una vida digna cuando llegue la vejez.

En el país existen dos regímenes pensionales: el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad -RAIS- y el Régimen de Prima Media -RPM-. Al primero pertenecen cuatro fondos privados de pensiones y cesantías que son: Porvenir, Protección, Skandia y Colfondos, y al segundo hace parte Colpensiones, sistema público.

Cada una de estas modalidades de ahorro pensional tiene una mecánica diferente en cuanto a los requisitos, manejo de los aportes, dividendos y monto que al final se entrega, tanto para quienes logran pensionarse, como para aquellos que no cumplen, por ejemplo, con las semanas cotizadas.

El afiliado en Colombia tiene el derecho de escoger el régimen de preferencia para afiliarse al Sistema General de Pensiones y si desea realizar traslados de régimen, es decir, al público o privado, podrá hacerlo cada cinco años contados a partir de la selección inicial, pero hay que tener en cuenta que la persona que busca hacer el cambio o traslado, no podrá hacerlo cuando falten diez años o menos para cumplir con tiempo estipulado por la ley para recibir la pensión de vejez.

Según cifras de Asofondos, solo 2, 2 millones reciben su mesada, lo que quiere decir que seis millones de adultos mayores deberían estar gozando de su pensión en Colombia, pero ni la mitad de esta población alcanza a recibirla.

Actualmente, existe un programa administrado por el Departamento de Prosperidad Social del Gobierno Nacional para beneficiar a mujeres mayores de 54 años y hombres mayores de 59 años que no alcanzarán a recibir la pensión y que están en estado de pobreza extrema. Son 1 ‘600.000 personas que reciben $ 80.000 mensuales.