Prima y pensiones

¿Qué pensionados reciben la prima de junio de 2023?

No todos los pensionados reciben la prima de mitad de año, incluso hay especificaciones para los ciudadanos.

26 de junio de 2023
Billetes de Colombia
El plazo máximo para el pago de la prima de junio va hasta el viernes 30. | Foto: Getty Images/iStockphoto

Hasta el viernes 30 de junio se hace el pago de la prima, puntualmente a aquellos trabajadores que su contrato lo establece y dependiendo de la cantidad de tiempo laborado, el cual puede llegar a ser menor de seis meses.

La prima es considerada como un pago extra, que no corresponde al salario, por lo que los expertos en salud financiera aconsejan darle un manejo consciente a este dinero. Dado el caso, hay quienes recomiendan invertir este monto.

Junto a esto, el pago de la prima corresponde a un mes de salario y este se divide en dos, es decir, se paga en dos momentos. La primera consignación corresponde a junio, mientras que la segunda se otorga en diciembre.

Aparte de las personas que son trabajadores activos, los pensionados también pueden recibir la prima, según el caso.

Pesos colombianos
Para pensar en qué hacer con la prima de servicios, lo primero es tener en cuenta que es un dinero por fuera del presupuesto que se puede usar para cualquier cosa. | Foto: Getty Images/iStockphoto

En Colombia, una persona que se encuentra pensionada recibe una mesada proporcional a los pagos que recibía cuando se encontraba laborando, es decir, los pensionados reciben el dinero durante los 12 meses del año; de hecho, teniendo en cuenta el artículo 50 de la ley 100, en diciembre puede que se dé un pago adicional, considerado como la mesada número 13.

Antes a quienes se encontraban pensionados se les hacía un abono extra para el sexto mes del año, pero luego las consideraciones cambiaron.

Entonces, con el acto legislativo 01 de 2015 hubo modificaciones en torno a los pagos, haciendo que la prima sea para los pensionados que reciben hasta tres salarios mínimos cada mes, es términos numéricos, un poco más de $ 3′400.000.

En ese orden de ideas, no todos los pensionados reciben la prima de mitad de año (mesada 14). Incluso, hay especificaciones para los ciudadanos.

Pensiones / Pensión / Pensionado
Pensiones / Pensión / Pensionado. | Foto: Getty Images

Pensionados con prima de mitad de año

La vigencia para los pensionados que reciben la prima de junio aplica para aquellos que, como se hizo mención, la mesada de la pensión no supera los tres salarios mínimos en 2023.

En la misma línea, el periodo en el que se adquirió la pensión se debe tener en cuenta. Las personas que adquirieron la pensión antes del 25 de julio del 2005, y cuya mesada no era superior a los 15 salarios mínimos mensuales, al igual que los que se pensionaron entre el 25 de julio de 2005 y el 31 de julio de 2011, y el monto no superaba los tres salarios mínimos mensuales, aún reciben la mesada 14.

Por lo tanto, aquellos que tienen la pensión a partir del 31 de julio de 2011 no entran a ser tenidos en cuenta, siempre y cuando la mesada excede más de los salarios determinados.

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Dinero colombiano, el hombre saca billetes del bolsillo de su camisa, 50.000 y 100.000 pesos colombianos. | Foto: Getty Images/iStockphoto

¿Qué pasa si paga tarde la prima?

Como se ha indicado, el plazo máximo para el pago de la prima de junio va hasta el viernes 30, pero puede pasar que, según el empleador, no se dé específicamente en esa fecha.

Ante esto, si el empleador no cumple con el deber de pagar la prima dentro del plazo establecido, se enfrenta a una multa impuesta por el Ministerio de Trabajo.

“Si pasado el 30 de junio no le han cancelado la prima, el empleado debe dirigirse a la oficina de trabajo para que este exhorte al empleador a que cumpla con el deber, si no lo hace en el tiempo establecido y omite el pago de este derecho a sus trabajadores, serán acreedores a una multa impuesta por el Ministerio de Trabajo, sanción taxativa en el artículo 65 del código laboral”, aclara la abogada Soraya González de SPFAbogados. Lo establece así el Código Sustantivo de Trabajo.

En resumen, si el empleador no realiza el pago de la prima de mitad de año antes del 30 de junio, se deben tomar medidas para exigir el cumplimiento de este derecho.