Finanzas
Así sería el pago de días dominicales y festivos en la nueva reforma laboral 2023
Si se llega a aceptar lo establecido por el borrador del texto, habría algunas modificaciones sobre la remuneración laboral para los fines de semana.
El Gobierno dio a conocer que dentro de su plan de mandato se encuentra la estipulación de una serie de reformas, las cuales de ser implementadas generan cambios en algunos ámbitos importantes para todo el país. Semanas atrás, se radicó la reforma a la salud ante el Congreso de la República y, ahora, se prevé que el próximo 16 de marzo sea, posiblemente, el día en el que se radique la reforma laboral.
El trabajo o labor es un de los principales intereses de cada uno de los colombianos, pues la generación de ingresos y, a su vez, de empleos son necesarios para mantener una calidad de vida estable. Sin embargo, teniendo en cuenta datos compartidos por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane), en diciembre de 2022, la tasa de desempleo en el total de las 13 ciudades y áreas metropolitanas del país se ubicó en 10,8 %, esto determina que la búsqueda de trabajo sigue latente.
Ante la posible llegada de la reforma laboral al Congreso, surgen interrogantes en relación con las modificaciones que se podrían estar dando en las condiciones de trabajo para los colombianos. Son diferentes las variables que entran en cuestión, pero una de las más consultadas es lo que pasaría con el trabajo de los fines de semana, conocidos como dominicales y festivos.
De acuerdo con el borrador de la citada reforma, de ser implementada, los dominicales y festivos tendrían algunas transformaciones, entre ellas se encuentra el pago de esos días.
“El trabajo en domingo o días de fiesta se remunera con un recargo del cien por ciento (100 %) sobre el salario ordinario en proporción a las horas laboradas, sin perjuicio del salario ordinario a que tengan derecho el trabajador por haber laborado la semana completa”, se lee en el texto.
Si se compara con lo establecido hoy en día en Colombia, el pago que actualmente se da por el trabajo de domingos y festivos es remunerado con un 75 % con base en el salario ordinario y las horas laboradas.
Lo anterior significa que cuando se labora en esos días específicos, que normalmente son de descanso o compensatorios para muchos, sobre el pago del 100 % como un día normal se le añade el recargo del 75 % y en total se hace una remuneración del 175 %. En ese sentido, el pago de días dominicales y festivos en la nueva reforma laboral 2023 sería del 200 %, ya que el documento contempla que al recargo del 75 % se le incremente un 25 % más.
Hay que recordar que el artículo 179 del Código Sustancial del Trabajo, consigna: “Se entiende que el trabajo dominical es ocasional cuando el trabajador labora hasta dos domingos durante el mes calendario. Se entiende que el trabajo dominical es habitual cuando el trabajador labore tres o más domingos durante el mes calendario”.
La normatividad, que busca lograr la justicia en las relaciones que surgen entre empleadores y trabajadores, especifica que “el trabajador podrá convenir con el empleador su día de descanso obligatorio el día sábado o domingo, que será reconocido en todos sus aspectos como descanso dominical obligatorio institucionalizado”.
Si es un domingo ocasional, con el salario mínimo de este año 2023, el cual es de $1.160.000, la norma indica que una jornada normal de ocho horas, de lunes a sábado, se paga a 38.666 pesos, y si el empleado trabaja un domingo o festivo se paga ese mismo valor más un recargo de 75 %.
Lo anterior quiere decir que la hora se paga a 8.457 pesos y el día completo, de ocho horas, a 67.656 pesos. En ese sentido, con el ajuste se le reconoce al empleado el valor del día domingo por $38.666 y su recargo dominical es de $28.990.
Así las cosas, habría que esperarse en cuánto queda el pago total con la nueva reforma laboral, ya que no se descarta que el documento pueda ser modificado.