PENSIÓN
Colpensiones: ¿cómo se pueden recuperar semanas pérdidas de cotización?
Si se detecta un error en los pagos de los aportes, ya sea porque estos no aparecen reflejados en el historial laboral, se debe acudir a la entidad para que se revise dicha situación.
Cuando un trabajador se encuentra realizando sus aportes a pensión y detecta en su historial laboral que le hacen falta algunos periodos cotizados, esto se convierte en motivo de preocupación; debido a que de no corregirse dicha novedad, se estaría poniendo en riesgo el cumplimiento de uno de los requisitos exigidos por las leyes colombianas para pensionarse.
La falta de semanas cotizadas puede estar relacionada con varias razones, entre estas que el trabajador haya cesado durante un periodo de tiempo y esto llevó a que no pudiera continuar con sus aportes como venía realizándolo regularmente. Sin embargo, si esta inconsistencia se deriva de algún error por parte de Colpensiones, es necesario que el cotizante se ponga en contacto con la entidad para que haga la corrección respectiva, en la menor brevedad posible.
Al respecto, la entidad indicó que para presentar una solicitud de esta naturaleza, se deben surtir algunos pasos, para que se pueda dar trámite y brindar una respuesta oportuna frente a dicha novedad y proceder a realizar las correcciones pertinentes.
En primer lugar, el afiliado debe ingresar a la página web de Colpensiones y descargar el formulario de solicitud Liquidación Ajustes Historia Laboral o reclamarlo en cualquier Punto de Atención de la entidad a nivel nacional.
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Seguido, deberá presentar el documento de identificación original en cualquier oficina o sede del país y solicitar la asesoría por parte de los funcionarios para la radicación de documentos. Luego de realizar este proceso, con el anexo de los documentos respectivos; se deberá presentar aclaraciones o correcciones en caso de que sean necesario por parte de la entidad.
Si en el anterior paso se identifica que la falta de semanas cotizadas no corresponde a un error del sistema de Colpensiones, sino del trabajador o de la empresa que no efectuó los aportes objeto de reclamación; el cotizante recibirá la liquidación acompañada de la cuenta de cobro, para poder efectuar el pago con posterioridad y que este se cargue en el historial laboral.
De acuerdo con el blog Gerencie.com si las semanas faltantes en los aportes a pensión es consecuencia del empleador, el trabajador debe demandar para que un Juez de la República ordene su realización, con el respectivo cálculo actuarial.
“Es importante tener claro si la falta de cotización está acompañada de una falta de afiliación, o si el trabajador fue afiliado, pero el empleador no pagó las cotizaciones correspondientes. En el segundo caso, existe responsabilidad compartida entre Colpensiones y el empleador, por lo tanto, es probable demandar también a Colpensiones por no haber realizado la gestión de recaudo, que hoy está a cargo de a UGPP”, señala.
Así mismo, indica que si no se logra hacer la corrección de las semanas faltantes, debido a que no se pudo acreditar o demostrar que las cotizaciones reclamadas se hicieron, la solución es seguir cotizando hasta tanto complete las semanas mínimas requeridas para pensionarse, que en el caso de Colpensiones son 1.300 semanas que equivalen a 26 años aproximadamente.
“Las semanas faltantes pueden ser pagadas por el empleador que no las pagó, debiendo pagar intereses moratorios o el cálculo actuarial en caso en que no hubo afiliación, pero el afiliado como tal no puede pagar esas semanas”, aclara.
Si realizado todos los pasos estipulados para la recuperación de las semanas pérdidas, pero no se logra tener una respuesta favorable, pese a que el trabajador demuestre que si se realizaron los aportes respectivos, la vía que queda es contratar a un abogado experto este tipo de situaciones, para que pueda brindarle asesoría e indicarle lo que procede para que se salvaguarden sus derechos como trabajador.
“Este le indicará todo lo que tiene que hacer y así le evitará futuros inconvenientes que puedan surgir, recuerde siempre que un abogado cuenta con los conocimientos en estos temas y lo puede guiar para que todo le salga más favorable”, resalta el blog Tus Abogados y Contadores.