Trabajo
Indemnización por despido: esto es lo que deben pagarle y los casos en los que aplica
El pago por indemnización varía del tiempo que se lleve en la empresa y el tipo de contrato que se haya suscrito.
En el trabajo formal hay diferentes causas que pueden llevar al despido de un empleado o colaborador. Algunas de estas corresponden a una justa causa o en otros se hace sin justa causa. Ante este panorama, uno de los interrogantes más comunes es, ¿cuándo se debe pagar indemnización? O ¿en qué casos aplica?
De acuerdo con lo expresado en el artículo 64 del código sustantivo del trabajo, la indemnización comprende el pago de un lucro cesante y un daño emergente. En caso de terminación unilateral del contrato de trabajo sin justa causa comprobada, por parte del empleador, o si este da lugar a la terminación unilateral por parte del trabajador por alguna de las justas causas contempladas en la ley, el primero deberá al segundo una indemnización.
¿A qué se tiene derecho en una indemnización sin justa causa?
En el caso de los contratos a término fijo, se debe pagar el valor de los salarios correspondientes al tiempo que faltase para cumplir el plazo estipulado del contrato; o el del lapso determinado por la duración de la obra o la labor contratada, caso en el cual la indemnización no será inferior a quince (15) días.
Mientras que en los contratos a término indefinido la indemnización se pagará así: para trabajadores que devenguen un salario inferior a diez (10) salarios mínimos mensuales legales:
- Treinta (30) días de salario cuando el trabajador tuviere un tiempo de servicio no mayor de un (1) año.
- Si el trabajador tuviere más de un (1) año de servicio continuo, se le pagarán veinte (20) días adicionales de salario sobre los treinta (30) básicos del numeral 1, por cada uno de los años de servicio subsiguientes al primero y proporcionalmente por fracción.
Para trabajadores que devenguen un salario igual o superior a diez (10), salarios mínimos legales mensuales.
- Veinte (20) días de salario cuando el trabajador tuviere un tiempo de servicio no mayor de un (1) año.
- Si el trabajador tuviere más de un (1) año de servicio continuo, se le pagarán quince (15) días adicionales de salario sobre los veinte (20) días básicos del numeral 1 anterior, por cada uno de los años de servicio subsiguientes al primero y proporcionalmente por fracción.
En el caso donde el empleado decide renunciar, conocida como renuncia justificada, también sería obligación dar indemnización; según la ley esto aplica cuando hay un engaño a las condiciones laborales, si el empleado fue víctima de malos tratos, se puso en riesgo su salud, fue víctima de prejuicios, influenciado a cometer actos ilícitos, entre otros.
Para el pago de la indemnización, en este caso el valor dependerá del tipo de contrato que tenga el empleado y el tiempo que lleve laborando en la empresa.
Reforma laboral busca un alto a los despidos
La reforma laboral del presidente Gustavo Petro se hundió en el Congreso de la República en la legislatura pasada. En su primera presentación las críticas y reclamos no se hicieron esperar, algunas de estas se dieron porque aseguraban que afectaba los empleos existentes.
Ahora, en la segunda oportunidad, el gobierno ha asegurado que lo que se busca desestimular son los despidos de trabajadores y así garantizar la sostenibilidad de los puestos que ya están.
Indemnización para trabajadores con más de 10 años
Los ajustes que se le hicieron al nuevo documento radicado el pasado jueves 24 de agosto muestran una mayor protección al trabajador con más de 10 años de permanencia en una empresa. Así, al trabajador despedido, con un contrato fijo, tendrán que pagarle 45 días, impajaritablemente.
Si el contrato es indefinido, las reglas son las siguientes:
- Pago de 35 días de salario si lleva menos de un año vinculado.
- Después de un año de servicio, hasta 5 años, la indemnización será de 15 días adicionales por cada año a partir del segundo, pues por el primero recibirá los 35 días básicos establecidos en todo despido.
- Servicio posterior al primero, que también tendrá que ser de 35 días.
- Si el trabajador permanece 10 años o más años, la indemnización será de 60 días adicionales por cada año, después del primero que es de 35 días de salario.