Movilidad
¿Qué se necesita para hacer el traspaso de una moto y cuánto cuesta?
Los interesados en realizar el proceso deben tener en cuenta una serie de documentos y requisitos
A la hora de vender o ceder un vehículo usado a otra persona, los interesados deben tener en cuenta que el trámite legal tiene un costo de $90.900 + retefuente (1% sobre avalúo comercial), así lo indica la Secretaría Distrital de Movilidad de Bogotá que dio a conocer el proceso a seguir para el traspaso de una motocicleta.
Lo primero que se debe tener en cuenta es que las personas interesadas en realizar el trámite debe estar inscritas en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) porque el trámite debe realizarse a través de la Ventanilla Única de Servicios y debe ser presentado el documento de identidad original y diligencia el formulario de solicitud.
Otro punto importante tiene que ver con que la motocicleta debe tener vigente el seguro obligatorio (Soat), la revisión técnico-mecánica, el paz y salvo por concepto de multas por infracciones de tránsito, tanto del comprador como del vendedor, el pago por concepto de retención en la fuente y el paz y salvo por pago de impuesto sobre vehículos automotores, que se valida en la página de la Secretaría de Hacienda.
¿Cómo va la reducción de la tarifa del Soat en Colombia?
Los conductores están a la expectativa por el descuento del 50 % en la tarifa del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (Soat) anunciado por el Gobierno nacional.
Lo más leído
De momento, el Ministerio de Transporte anticipó que el Decreto entraría en vigencia a partir del próximo 15 de diciembre. Así mismo, el borrador desglosa el amparo y la cuantía del Soat para algunas categorías de vehículos y se manifiesta que el descuento aplicaría a partir de dicha fecha, aunque en días pasados se venía hablando del 1.° de diciembre (cosa que no ocurrió).
Según precisa el borrador del Decreto, y como ya lo detalló el ministro de Transporte, Guillermo Reyes, los vehículos sobre los cuales aplicará el beneficio son:
- Motos de menos de 100 centímetros cúbicos.
- Motos de 100 centímetros cúbicos y hasta 200 cc.
- Autos de negocios, taxis y microbuses urbanos, servicio público urbano, buses, busetas y vehículos de servicio público intermunicipal.
Ahora bien, al mismo tiempo que sobre estos vehículos aplicará el descuento del 50 % en la tarifa del Soat, también se incluyen dentro de un rango diferencial por riesgo, en donde la cobertura de servicios médicos será hasta 300 salarios mínimos diarios legales vigentes (SMLDV).
“Se entenderá que los servicios de salud que superen los 300 salarios mínimos diarios legales y hasta 800 salarios mínimos legales diarios, generados por los siniestros de los vehículos de las categorías mencionadas (...) que hayan adquirido el Soat a partir del 15 de diciembre de 2022 no estarán cubiertos por el seguro ni por las EPS a través de la UPC (unidad de pago por capitación). En consecuencia, el tramo no asegurado será reconocido en los términos del literal b. del numeral 4 del artículo 199 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, modificado por el numeral 7 del artículo 244 de la Ley 100 de 1993″, dice el borrador del Decreto.
El hecho es que, tradicionalmente, el Soat ha tenido una cobertura de hasta 800 SMLDV. Sin embargo, esta se reduciría a solo 300 para aquellos vehículos sobre los cuales aplica el descuento en la tarifa de la póliza.
Se trata de un detalle que no resulta menor, pues una de las principales críticas que ha recibido este descuento es que estaría “premiando” a los conductores de vehículos que más se accidentan, puntualmente, en referencia a las motos de bajo cilindraje.
En vista de que el salario mínimo está en un millón de pesos, la cobertura del Soat sobre el derecho a servicios médicos a causa de accidente de tránsito llega a $26.666.400 (esto bajo los 800 SMLDV). No obstante, si la cobertura se reduce a 300 SMLDV, el valor amparado bajaría a $9.999.900.