LABORAL
Trabajo en casa: todo lo que debe saber de la nueva ley en Colombia
¿Se pueden asignar tareas por WhatsApp? ¿Le pueden disminuir el salario por no estar en la oficina? ¿Se puede aumentar la jornada laboral? Conozca la respuesta a estas y otras preguntas.
La firma este miércoles de la ley de trabajo en casa, por parte del presidente Iván Duque, deja al país con reglas claras para una situación que se viene presentando desde que comenzó la pandemia y es que millones de personas tuvieron que trasladar el trabajo a sus casas.
El ministro del Trabajo, Ángel Custodio Cabrera, indicó que “hace un año no existía ninguna normatividad que dijera cómo proteger los temas laborales y los puestos de empleo ante circunstancias excepcionales. Por esto, propusimos crear la figura de trabajo en casa, para que de aquí en adelante tengamos las herramientas para salvaguardar el empleo”.
De esta forma, trabajadores y empleadores podrán acudir a la modalidad de trabajo en casa por una vigencia de hasta tres meses, prorrogables por otro periodo igual, o hasta que desaparezcan las circunstancias que ocasionaron la excepción. En el caso de la covid-19, hasta tanto no se culmine la emergencia sanitaria que trajo la pandemia.
El funcionario también destacó que la relación laboral continuará bajo los términos pactados al inicio del contrato. Así, el empleado contará con los mismos derechos y garantías, como jornada laboral, horas extras, trabajo nocturno, dominicales y festivos, descansos dentro de la jornada, derechos de asociación, negociación sindical y prestaciones económicas y asistenciales, entre otras.
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Para conocer mejor de qué se trata esta ley, cómo aplicará y hasta dónde llegará, el Mintrabajo presenta las claves de esta ley.
Relaciones laborales
En principio, es clave mencionar que trabajo en casa es una modalidad de trabajo ocasional y no es lo mismo que teletrabajo. Sobre todo porque lo único que se modifica es el lugar de las funciones y la temporalidad.
De igual forma, tenga en cuenta los siguientes aspectos de la nueva normativa en Colombia:
- La relación trabajador – empleador se mantiene vigente.
- Garantías laborales, sindicales y de seguridad social se mantienen vigentes.
- El trabajador seguirá realizando las mismas actividades que desarrollaba en su función habitual.
- Las tareas deben ser ejecutadas de tal manera que el trabajador pueda descansar y compartir tiempo con su familia.
- No habrá disminución unilateral de salario.
- El empleador debe establecer instrumentos, frecuencia y modelo de evaluación de resultados.
Jornadas laborales y vida personal
En cuanto a las jornadas, empleadores y trabajadores se deben ceñir al horario definido en el contrato. Además, los primeros deben promover las pausas activas de higiene y protección de la salud, mientras que los segundos deben realizar su carga habitual de trabajo y no tener sobrecargas.
¿Qué implica esto? Que los jefes no podrán asignar cargas laborales diferentes a la de la jornada y deben respetar el horario pactado, es decir, evitar solicitar tareas durante fines de semana y días de descanso. En cuanto a correos electrónicos y mensajes vía WhatsApp, estos serán atendidos de manera prioritaria por el trabajador durante la jornada.
De otro lado, quienes devenguen hasta dos salarios mínimos ($ 1′817.052) y se les reconozca auxilio de transporte, seguirán recibirán este pago como auxilio de conectividad, durante el tiempo que realicen trabajo en casa.
Deberes empleadores y ARL
Como se ve, los empleadores y generadores de puestos de trabajo son los que más deberes tendrán con esta nueva ley. Entre otras, deberán cumplir con los siguientes puntos:
- Incluir el trabajo en casa dentro de su metodología para identificación, evaluación, valoración y control de los peligros y riesgos de la empresa.
- Notificar a la ARL la ejecución temporal de actividades del trabajador desde su casa, indicando las condiciones de tiempo y lugar.
- Realizar retroalimentación constante con sus trabajadores sobre las dificultades que tengan para el desarrollo de su labor y buscar posibles soluciones.
- Realizar seguimiento sobre el estado de salud de trabajadores y entregar las recomendaciones para prevenir el contagio de covid-19.
- Informar a sus trabajadores los mecanismos de comunicación (correos y líneas directas), en las que podrán reportar novedades derivadas del desempeño de sus labores.
- Cumplir con las normas del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, para garantizar un trabajo seguro y saludable.
Finalmente, en el caso de las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL), deberán incluir el trabajo en casa en sus actividades de promoción y prevención. Pero también deberán suministrar soporte al empleador sobre cómo realizar pausas activas, las cuales se deben incluir dentro de la jornada laboral de forma virtual.