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¿Esperanza Gómez se retira de la industria para adultos? Esto fue lo que dijo
La actriz publicó un video en el que contó la verdad sobre los rumores que circulan en las redes sociales.
La actriz de cine para adultos Esperanza Gómez es una de las más cotizadas de la industria con cientos de películas que se pueden ver no solo a nivel nacional sino también internacional.
Además, hace poco anunció que incursionó con fuerza en la plataforma OnlyFans, además de ser propietaria de una empresa de lencería sexy y otros negocios que alterna entre Colombia y Estados Unidos, donde está radicada hace varios años.
Sin embargo, en redes sociales, la actriz de 42 años decidió salir a desmentir los rumores que aseguran que ella habría decidido retirarse de la industria.
Desmintiendo información falsa donde afirman que supuestamente me retiré de la industria de entretenimiento para adultos... Estoy muy vigente si quieren ver muchas cosas ricas vayan a https://t.co/vdv0FihveJ y no crean en mentiras que dicen... pic.twitter.com/nGB0m6c9OD
— Esperanza Gomez (@EsperanzaGomez) July 21, 2022
“Debido a muchos rumores que me han estado llegando acerca de si es cierto o no que yo me retiré de la industria del entretenimiento para adultos, pues paso a confirmar que esta noticia es completamente falsa”, dijo Gómez a sus seguidores.
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“No sé de dónde salió el rumor, porque son mis usuarios los que están como locos preguntándome en las diferentes plataformas en las que trabajo. Así que nada, el día que ustedes escuchen salir esas palabras de mi boca va a ser cierto”, concluyó.
Hace pocos días la actriz aseguró que presentó una tutela porque se cansó de que le cierren su cuenta de Instagram.
Debido a los videos y fotografías que publica constantemente Esperanza Gómez, varias de sus cuentas han sido cerradas definitivamente. Esta situación –argumenta– la ha afectado puesto que utiliza con frecuencia las redes sociales para fomentar su trabajo y los productos de las empresas de las que es imagen o que promociona.
“Esta es mi nueva cuenta y la voy a empezar desde cero. Muchas gracias a los que me quieran acompañar en este nuevo reto”, dice la descripción de la biografía de una de las más recientes cuentas y en la que ya cuenta con 432.000 seguidores. En el año 2018 el representante de la actriz pornográfica había manifestado que en pocos meses se le habían cerrado tres cuentas por el contenido que publicaba.
En la tutela presentada en contra de Instagram Colombia y Facebook Colombia S. A., se pide tomar medidas para proteger el derecho al trabajo. El caso llegó al despacho de la magistrada Natalia Ángel de la Corte Constitucional, que pidió ya los primeros conceptos para tomar una decisión de fondo.
Entre estos se destacan las redes sociales demandadas, organizaciones que velan por los derechos laborales, fundaciones que han promovido a las redes sociales como fuentes de empleo. Igualmente, se le notificará a la Procuraduría General para que emita un concepto.
El pasado 27 de mayo el Juzgado 17 de Conocimiento de Cali dejó en firme la decisión que tomó el juez 34 penal municipal de la capital del Valle del Cauca que rechazó las pretensiones de acción judicial presentada por Gómez. Sin embargo, como en todos estos casos, le envió el expediente a la Corte Constitucional para que, si lo consideraba necesario, lo revisara.
No es la primera vez que se presenta una discusión de este tipo. En mayo de 2021, la Sala Novena de Revisión de la Corte Constitucional reconoció –en un fallo sin precedentes– los derechos propios de una relación laboral en el oficio de modelo webcam. En la acción judicial se manifestaba que había sido “desvinculada sin garantía laboral alguna cuando tenía ocho meses de embarazo porque para propietario del estudio webcam su relación no era laboral, sino comercial”.
En la decisión el alto tribunal advirtió que “hasta el momento el Congreso solo se ha ocupado en intervenir dicha actividad a la hora de ver esta industria como una fuente de recaudo tributario, pues la única norma que hace referencia a esta actividad es la Ley 2010 de 2019, en la que se contempla que tienen calidad de agentes retenedores los exportadores de servicios de entretenimiento para adultos a través del sistema webcam”.