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¿Sabía que una empresa puede despedir a un trabajador si no se compromete con su recuperación física después de un accidente laboral?
Belisario Velásquez & Asociados S.A.S. promovió el concepto de mesas laborales para formular estrategias médico-jurídicas que les faciliten a las empresas actuar y abordar las incapacidades médicas de los trabajadores. De la mano de un grupo interdisciplinario se generan condiciones para el reintegro, la reubicación o la reconversión.
Las enfermedades laborales y los accidentes de trabajo son más comunes de lo que se piensa. Según Fasecolda y el Consejo Colombiano de Seguridad, en 2021 se presentaron más de 513.000 accidentes de trabajo y 42.000 enfermedades laborales que le costaron al sistema 2 billones de pesos. Ante esta realidad, para aprovechar eficientemente la capacidad residual del trabajador que ha sufrido alguna contingencia y perdido parte de su funcionalidad laboral, se ha desarrollado el Manual de Procedimientos del Programa de Rehabilitación y Reincorporación Laboral (PRRL), cuya última revisión fue la incorporada en la Resolución 3050 de 2022.
En términos generales, la Resolución establece los compromisos para garantizar el desarrollo ocupacional de los trabajadores que han sufrido alguna lesión. En ese sentido, los trabajadores tienen la obligación de comprometerse con su recuperación, aplicando instrucciones, recomendaciones y restricciones en el ámbito laboral y extra laboral. Por su parte, los empleadores deben gestionar el PRRL y atender las recomendaciones y/o restricciones que se emitan para el trabajador y brindar asistencia técnica, capacitación y reentrenamiento.
Desatender el PRRL puede traducirse en un trabajador menos productivo, con complicaciones en la salud y continuas incapacidades médicas. Lo cual, a largo plazo, implica un elevado costo para el empleador porque no existe un rendimiento adecuado, debe seguir cotizando al Sistema de Seguridad Social Integral y debe sufragar costos de nuevos trabajadores que apoyarían las funciones de quien sufrió la contingencia.
El PRRL requiere una participación activa del trabajador, de lo que se desprende la obligación legal y contractual de no gestionar actividades que le impidan su recuperación y de reaprender y/o readaptarse a su labor. A partir de esto, los empleadores pueden requerirle al trabajador la observancia de sus deberes y, ante un incumplimiento del PRRL, llevar a cabo procesos disciplinarios, garantizando el derecho a la defensa de los trabajadores, y aplicar sanciones como llamados de atención, suspensión del trabajo y hasta la terminación del contrato laboral por justa causa.
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Finalmente, para soportar el acompañamiento que las empresas deben realizar respecto al PRRL, desde Belisario promovemos el concepto de Mesas Laborales, cuyo objetivo es formular estrategias médico-jurídicas para actuar y abordar las incapacidades médicas de los trabajadores. Con estos espacios se generan condiciones para el reintegro, la reubicación o la reconversión del trabajador según corresponda, para aprovechar su capacidad residual y disminuir los costos asociados a los ausentismos.
*Contenido elaborado con el apoyo de Belisario Velásquez & Asociados.