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Valorización

Revise si esta decisión lo salva de pagar el cobro por valorización

La administración distrital dio respuesta a una carta enviada por Fenalco Bogotá donde solicitaba aclarar si los ciudadanos que presenten recursos de reconsideración ante el IDU deben pagar o no este aporte.

14 de marzo de 2019

De acuerdo con el Instituto de Desarrollo Urbano (IDU), la Contribución de Valorización es un mecanismo de financiación de obras de interés público. No es un impuesto, es una contribución que tiene destinación específica para la construcción de un conjunto de obras determinado y la cual pagan los propietarios y/o poseedores de bienes inmuebles que son beneficiados por la ejecución de dichas obras, ya que da como resultado que los bienes inmuebles adquieran un mayor valor y el propietario y/o poseedor obtengan una mejor calidad de vida.

El asunto genera resistencia entre la población de Bogotá que se ve afectada por este cobro, toda vez que el inicio de año es una época dura para el bolsillo. Hay que pagar la educación de los hijos, las cuentas de la casa, los créditos ya sean de vivienda, consumo o vehículo, además de tener en el bolsillo una provisión para lo que se venga.

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La valorización es una contribución que tendrá plazo todo el año para pagarla en 2019 con el 10% de descuento. Esta se cobrará a 382.000 predios que pertenecen a estratos 4,5 y 6. Los propietarios de predios de estratos 1, 2 y 3 no tendrán que pagar la valorización. Tampoco predios gubernamentales, iglesias, parqueaderos y depósitos residenciales, predios de la Cruz Roja, entre otros de carácter público. La única excepción será para propietarios o multipropietarios de estrato 3, con predios avaluados en más de $500 millones.

El tema ha causado muchas inquietudes, especialmente al gremio de los comerciantes que representa Fenalco Bogotá, donde varios presentaron recursos de reconsideración y que hasta el momento están pendientes de ser decididos.

Por lo anterior, la voz de los comerciantes aclaró este jueves que los “los ciudadanos que presenten recursos de reconsideración ante el idu por valorización, no deberán pagar la contribución así tengan que realizar trámites inmobiliarios hasta que la entidad resuelva su petición”, indicó la entidad.

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El 1 de marzo el director de Fenalco Bogotá, Juan Esteban Orrego, envió una carta al Alcalde Mayor solicitando que los ciudadanos puedan realizar trámites inmobiliarios sin pagar valorización hasta que los Recursos de Reconsideración, en caso de que los hayan presentado, sean decididos.

“Esta gestión la realizamos porque muchos comerciantes manifestaron ante el Gremio que a pesar de no  estar de acuerdo con el valor asignado para la Contribución de Valorización debieron pagarla pues debían realizar algún trámite con su predio como por ejemplo venderlo, y las normas obligan a estar a paz y salvo en toda carga tributaria. Pero los Recursos de Reconsideración, tienen efecto suspensivo; es decir, que mientras no haya sido resuelto por el IDU, se suspende la exigibilidad del pago de Contribución. Así que necesitábamos tener la certeza por parte del Distrito que esto se cumpliera para tranquilidad de los ciudadanos”, aseguró el líder gremial.

En carta de respuesta a Fenalco Bogotá firmada por Carlos Francisco Ramírez, Subdirector Técnico Jurídico y de Ejecuciones Fiscales de la Alcaldía Mayor de Bogotá, manifiesta que “(…) se ordenará el registro del gravamen administrativo en el folio de matrícula inmobiliaria solo hasta el momento en que el recurso haya sido resuelto y adquiera la firmeza requerida para proceder”.

Lo cual significa que pueden efectuar trámites inmobiliarios sin tener que pagar la valorización, esto en el caso que haya presentado recurso de reconsideración.

El recurso de reconsideración, es una acción ante la vía gubernativa, que en este caso se presenta ante el Instituto de Desarrollo Urbano y que como su nombre lo indica solicita la reconsideración del valor asignado a pagar. Es necesario entender que este recurso debe ser presentado dentro de los 2 meses siguientes a la fecha de notificación, es decir, del día que fue entregado el recibo de pago de la Valorización. De lo contrario pierde validez.

Juan Esteban Orrego aseguró que agradece la respuesta por parte de la Administración Distrital, “pues da un parte de tranquilidad a las personas que interpusieron Recurso de Reconsideración y deben realizar la venta de su predio o cualquier otro trámite. Ahora esperamos que la demanda presentada por el Gremio sea revisada y la Medida Cautelar tomada lo más pronto posible”.

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