Tributos

Mitos de la gestión de los impuestos

La Dian administra y controla el debido cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduanera y cambiarias facilitando su gestión. ¿Cuál es el ciclo de este proceso y qué cosas no son verdad?

18 de octubre de 2013
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Ya sabemos que el Estado requiere de los recursos para desarrollar su función y que por Estado entendemos el conjunto de instituciones gubernamentales que participan en alguna fase del ciclo de vida del impuesto. Recordemos cuáles son esas fases:

Creación del impuesto (poder tributario): Es la facultad normativa de crear o establecer tributos que tienen los órganos legislativos, Congreso Nacional, Asamblea Departamental o Concejo Municipal en concordancia con la Constitución.

Recaudo del impuesto (potestad tributaria): Es la facultad de ejercer actos dirigidos a la aplicación de las normas tributarias. A nivel nacional, la DIAN es la entidad encargada y en los Departamentos y municipios las Secretarías de Hacienda.

Orientación del gasto: La distribución del presupuesto de inversiones y gastos dependen de los principios constitucionales, de la Ley de Presupuesto General de la Nación y del Plan Nacional de desarrollo. Como se puede ver es facultad del órgano legislativo asignar el presupuesto a las instituciones.

Ejecución del gasto público: Lo adelantan con el presupuesto asignado todas las instituciones gubernamentales. La finalidad pública es la consecución del bien común.

Control al gasto público: Como ya se dijo en otro momento, el control lo ejercen los organismos correspondientes. Igualmente, mediante el control social ejercido por la participación ciudadana.

Si precisamos este ciclo de vida del impuesto, se puede apreciar que la responsabilidad de la Dian y de sus funcionarios es limitada; buscan ayudar al Estado y a la sociedad, facilitando el recaudo de los impuestos, verificando que todos paguen lo que les corresponde y ofreciendo servicios de la mayor calidad y eficiencia.

Es por esto que se hace necesario cuestionar algunos mitos que están en la población y no dejan ver claramente el ciclo de vida del impuesto:


La Dian no crea los Impuestos, se limita a aplicar las normas en la materia.

La Dian no tiene la administración de los impuestos territoriales, solamente los de carácter nacional.

Los funcionarios no reciben ni recaudan directamente el impuesto; es tarea de las entidades bancarias autorizadas.

La Dian no distribuye ni asigna el presupuesto para las otras entidades gubernamentales; el proyecto de ley de presupuesto general de la nación anual está a cargo del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

La Dian controla y vigila el recaudo de los impuestos y el presupuesto asignado para supropio funcionamiento, pero no controla los presupuestos de las otras entidades.