IMPUESTOS

Certificado de ingresos y retenciones 2021: estos son los cambios del documento

La Dian fijó un nuevo modelo del Formulario 220, correspondiente al certificado de ingresos y retenciones de pagos laborales para el 2020. Este deberá quedar listo a más tardar el 31 de marzo de 2021.

21 de enero de 2021
Estos son los nuevos cambios en el formulario 220 de la DIAN.

Mediante la Resolución 0117 de 2020, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) modificó el modelo para el Formulario 220 que se debe diligenciar y entregar máximo hasta el 31 de marzo de 2021. Este corresponde al certificado de ingresos y retenciones para el año 2020.

Estos son los cambios en el formulario:

1. Elimina la información relacionada con el número de agencias, sucursales, filiales o subsidiarias de la empresa retenedora que se diligenciaba en la casilla 36. En su lugar, en la casilla 36, se relacionarán los pagos por salarios o emolumentos eclesiásticos (estos se diligenciaban antes en la casilla 37).

2. Ahora en la casilla 37 se relacionarán los pagos realizados con bonos electrónicos o de papel de servicio, cheques, tarjetas, vales, etc.

3. La casilla 51 les corresponderá a las cotizaciones voluntarias al régimen obligatorio de ahorro individual con solidaridad a cargo del trabajador.

4. En la casilla 52 irán los aportes voluntarios al impuesto solidario por COVID-19.

5. Mientras que en la casilla 56 se indican las retenciones por aportes obligatorios al impuesto solidario por COVID-19, los cuales son considerados como un abono al impuesto de renta, conforme a los señalado en la Sentencia C-293 de 2020 de la Corte Constitucional.

6. En la casilla 53 se relacionan los aportes voluntarios a los Fondos de Pensiones Voluntarias.

7. La casilla 54 corresponde a los aportes realizados a las cuentas AFC.

Asimismo, es importante recordar que en los términos del artículo 30 de la Ley 2010 de 2019 (Ley para el crecimiento económico o Reforma Tributaria), se mantiene en el rango de Ley la modificación introducida por el artículo 6 del Decreto 2250 de 2018.

Según esta, para efecto de la declaración de la renta y el certificado de retención en la fuente, el auxilio de cesantías y los intereses sobre las cesantías se entienden realizados al momento del pago del empleador al trabajador o en su consignación al fondo de cesantías (este último en el caso de las cesantías, pues los intereses se pagan directo al trabajador); por esta razón ambos pagos deben certificarse.

Aquí le compartimos una tabla resumen con los cambios introducidos al certificado de ingresos y retenciones para el año 2020, ¡tenga esta información a la mano!

Tabla resumen - Formulario 220