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| Foto: Archivo SEMANA

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Inasistencia alimentaria: ¿Sin cárcel?

El debate sobre la despenalización de este delito está abierto y en el Congreso presentaron un ‘plan B’ para que exista algún tipo de sanción a los padres irresponsables. Se habla de crear una nueva central de riesgos.

17 de mayo de 2017

La posibilidad de despenalizar la inasistencia alimentaria tiene con los pelos de punta a muchos colombianos. Este es un delito que toca las fibras más sensibles de la sociedad pues busca que miles de padres se responsabilicen por el mantenimiento económicos de sus hijos. 

Sin embargo, el gran número de procesos que actualmente adelanta la justicia por cuenta de esta conducta ha llevado a los expertos a plantear que quizás el derecho penal no es la mejor forma de abordar ese problema. Entre otras cosas, porque privar de la libertad a un papá que no paga el dinero de la cuota de su hijo puede castigarlo, pero no se traduce tampoco en que el niño, con un papá preso, sí reciba lo necesario para vivir. En este momento, el delito cuando es cometido contra menores de edad tiene una pena de 32 a 72 meses.

Este punto será uno de los debates más álgidos que enfrentará la propuesta presentada por el fiscal general y el Ministerio de Justicia que busca la descongestión del sistema penitenciario en el país. La despenalización de la inasistencia alimentaria, que tiene el aval del prestigioso Consejo de Política Criminal, sería uno de los puntos estructurales de esa reforma. 

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Los juristas que componen ese Consejo argumentan que ese tipo de responsabilidad económica no merece una sanción penal porque si el implicado va a la cárcel no podrá cumplir con los pagos. El fiscal Martínez además asegura que este tipo de procesos penales tienen una gran incidencia en la disolución de muchas familias.

El tema, sin embargo, suscita divisiones en el Congreso y por eso se está planteando crear un plan B. La senadora Maritza Martínez del Partido de La U radicó un proyecto de ley que básicamente buscará implementar sanciones administrativas para que haya un castigo contra quienes evadan sus responsabilidades como padres, sin cárcel pero con reporte a una nueva central de riesgo.

“Ante la propuesta de despenalizar la inasistencia alimentaria, estoy convencida de que no podemos dejar a la deriva a esos niños e incluso ancianos que no están recibiendo los alimentos por parte de quienes tienen la responsabilidad de hacerlo. El proyecto de ley busca tomar medidas, que no reemplazarán el castigo penal,  pero sí generar sanciones y acciones que se conviertan en un incentivo para que los padres y madres que sean deudores morosos de alimentos de sus hijos paguen y se pongan al día”, dice la senadora.

Dentro de los argumentos del proyecto de ley radicado, se reveló la cifra de 100.000 denuncias anuales por inasistencia alimentaria lo que para la legisladora de La U es razón suficiente para buscar algún tipo de castigo que les duela realmente a quienes no quieran asumir las responsabilidades con sus hijos.

“Es la creación de una central de riesgo similar a datacrédito en donde serán reportados los padres irresponsables y no podrán acceder a créditos, cargos públicos, firmar escrituras ni comprar vehículos hasta que se pongan al día con su deuda. Es absolutamente absurdo que un padre que esté incumpliendo con sus deberes compre un carro o que viva en condiciones de lujo y esté haciendo pasar a sus hijos necesidades. Esto puede ser más eficiente que el hecho de llevarlos a la cárcel”.

La iniciativa cuenta con el respaldo de todas las bancadas de la Unidad Nacional y en dos semanas empezará su trámite para estar listo lo más pronto posible.

¿Cómo podría ser reportada una persona por inasistencia alimentaria?

El registro único de deudores alimentarios morosos (REDAM) sería una nueva central de riesgo que estaría bajo la vigilancia del Ministerio de Justicia y según el articulado propuesto después de verificar que una persona ha incumplido con el pago de tres cuotas de alimentos, el ciudadano afectado podrá acudir ante el juez que tiene o tuvo el proceso con la finalidad de solicitarle el reporte para que en tres días máximo el deudor esté en la ‘lista negra’ y tenga un bloqueo en varios servicios financieros. 

Por supuesto para que este mecanismo sea aplicable debe existir una sentencia judicial o un acta de conciliación al pago de alimentos porque no serán validos los acuerdos verbales entre las parejas.

La polémica propuesta del Gobierno

El pasado 11 de mayo el Ministerio de Justicia y la Fiscalía General de la Nación sorprendieron con el anuncio de que se estaba estudiando la posibilidad de despenalizar la inasistencia alimentaria después de una reunión con el Consejo de Política Criminal por considerar que si el deudor está en la cárcel no podrá asumir los pagos asignados. “Es tan absurdo el tratamiento que hoy tiene la ley, donde se le exige al moroso que se vaya para la cárcel y el Estado se asegura que nunca va a poder cumplir con las obligaciones alimentarias”, dijo Néstor Humberto Martínez.

Aunque después de la polémica que se generó en el país por esa propuesta que está siendo estudiada y que sería llevada al Congreso en proyecto de ley que aterrizaría en un mes, el ministro Enrique Gil Botero ha intentado calmar los ánimos asegurando que tan solo se trata de una propuesta y que no es un hecho.