Loterías
La Caribeña Día y Noche: resultados de los sorteos del sábado 23 de marzo
Conozca los resultados de la lotería de este sábado.
La Caribeña, una de las loterías más populares de Colombia, ofrece dos oportunidades al día para ganar. Solo se necesita elegir entre dos o cuatro números y decidir la cantidad que se desea apostar.
La Caribeña se juega de lunes a domingo, incluyendo los días festivos, mediante dos sorteos diarios que se realizan en las siguientes horas:
- Caribeña Día: se juega a las 2:30 p. m.
- Caribeña Noche: el sorteo se realiza a las 10:30 p. m. de lunes a sábado, los domingos y festivos el sorteo es a las 8:00 p. m.
Resultado La Caribeña Día sábado 23 de marzo
Este sábado 23 de marzo se realizó el sorteo 6105 de La Caribeña Día. El número ganador fue el 4734.
- Tres últimas cifras: 734.
- Tres primeras cifras: 473.
- Cuatro cifras: 4734.
Resultado La Caribeña Noche sábado 23 de marzo
El sortero número 6106 de La Caribeña Noche arrojó el número 6761.
Tendencias
- Tres últimas cifras: 761.
- Tres primeras cifras: 676.
- Cuatro cifras: 6761.
¿Dónde se puede jugar el chance la Caribeña?
El chance Caribeña se puede jugar en puntos de venta autorizados de SuperGiros S.A., los cuales están ubicados en todo el país. De igual manera, es posible jugar en línea a través de la página web de SuperGiros S.A. o de operadores de juegos de azar que estén autorizados.
Si gana la lotería, ¿cuánto dinero se descuenta en impuestos?
De acuerdo con el estatuto Tributario de Colombia, en su artículo 317, el dinero obtenido a través de un juego de azar es considerado como una ganancia ocasional, por lo tanto, se debe pagar un impuesto a la Nación al recibirlo.
Según lo establecido en la reforma tributaria en vigencia desde el año 2022, el ganador de la lotería tendrá que pagar un impuesto de un 20 % del valor obtenido en el juego de azar (rifas, apuestas y similares), más el descuento derivado del impuesto financiero (4 x 1.000) sobre el valor obtenido.
En ese sentido, el impuesto del 20 % que se aplica al valor total de un premio en el Baloto, lotería, rifa o chance es considerado como la ‘retención en la fuente’ y de acuerdo con lo establecido en el artículo 367 del Estatuto Tributario, el pago de ese tributo se hará a través de la empresa que opera el juego de lotería.
No obstante, hay que precisar que dicho cobro solo aplica cuando el valor del premio es superior a 48 unidades de valor tributario (UVT), la cual fue fijada para el 2024 en un valor de $47.065 la unidad.
De manera que si una persona recibe un premio menor a $ 2.259.120 (monto equivalente a 48 UVT en 2024), no tendrá que pagar el impuesto al 20 %.